Resolución exenta número 177, de 2026.- Fija aranceles a cobrar durante el año 2026 por determinación de huella genética y/o análisis comparativo de ADN
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.426 Jueves 16 de Abril de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2792219 MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría de Seguridad Pública/ División de Control y Planificación Institucional de las Policías Carabineros de Chile Dirección General DETERMINACIÓN DE HUELLA GENÉTICA Y/O ANÁLISIS COMPARATIVO DE ADN: FIJA ARANCELES A COBRAR DURANTE EL AÑO 2026 (Resolución) Núm. 177 exenta. - Santiago, 27 de marzo de 2026.
Visto: a) Los artículos 1º, inciso tercero y 15, de la ley Nº 19.970 que “Crea el Sistema Nacional de Registros de ADN”; b) Los artículos 3º y 48, de la ley Nº 19.880, que “Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”; c) El artículo 45, del Reglamento de la ley Nº 19.970, antes referida, aprobado por decreto Nº 634, de fecha 10.09.2008, del Ministerio de Justicia; d) La resolución exenta Nº 4.674, de fecha 28.05.2010, del Servicio Médico Legal, que acredita al Laboratorio de Biología Molecular del Departamento Criminalística de Carabineros de Chile, actualmente denominado Laboratorio de Genética Forense; e) La resolución exenta Nº 6.630, de fecha 03.12.2015, del Servicio Médico Legal, que acredita al Laboratorio de Genética Forense de la Sección de Criminalística Antofagasta, del Departamento Criminalística de Carabineros de Chile; y f) La resolución Nº 36, de fecha 19.12.2024, de la Contraloría General de la República, publicada en el Diario Oficial de 23.12.2024, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, modificada y complementada por su similar Nº 8, de 24.03.2025, inserta en el Diario Oficial de 12.04.2025. Considerando: 1.
La necesidad de fijar los valores que deberá reembolsar el Ministerio Público, el querellante, la Defensoría Penal Pública o el defensor privado, según corresponda, por los servicios prestados por la Institución para la determinación de la huella genética y/o análisis comparativo de ADN, en los Laboratorios de Genética Forense de Santiago y Antofagasta. 2. El cobro para la determinación de la huella genética considera diversos ítems que varían dependiendo del tipo y calidad de las muestras, tipo de técnica y equipamiento utilizado.
Con la finalidad de facilitar la generación de los cobros, se informa la totalidad del detalle de los análisis, incorporando, además de manera genérica, los tipos de kit de cuantificación y amplificación utilizados en los laboratorios, efectuando diferenciación según el laboratorio en el cual se realiza la determinación de la huella genética. 3. El análisis para la obtención de una huella genética incluye las siguientes etapas susceptibles de cobro: incubación de la muestra, extracción del ADN; cuantificación del ADN; amplificación del ADN y análisis del ADN amplificado. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.426 Jueves 16 de Abril de 2026 Página 2 de 3 4.
Los extractos de ADN de todas las muestras son amplificados inicialmente mediante un kit comercial para muestras forenses que amplifica un grupo de genes autosómicos (que incluye los marcadores Codis). Posteriormente, las muestras que presentan alta complejidad (escasa cantidad o presentan ADN parcialmente degradado) deben ser amplificadas por segunda vez, mediante un kit autosómico o complementarios, en ambos laboratorios. 5. Los valores son determinados a partir de los insumos y reactivos utilizados para cada análisis, sin incluir mano de obra, cuyo detalle se indica en la presente resolución. 6. Toda muestra de la cual se requiere análisis comparativo de ADN debe ser examinada previamente para obtener su huella genética, según lo señalado en los numerales precedentes.
No obstante, las muestras relacionadas con delitos sexuales, por presentar eventualmente mezclas de tipos celulares que incluyen espermatozoides, generalmente se analizan mediante técnica que implica una lisis diferenciada, generándose tres muestras desde una inicial, por lo tanto, finalizando con tres resultados, correspondiente a las fracciones epitelial, espermática y total. 7.
El análisis comparativo de ADN, como tal, no tiene costo, debido a que no involucra uso de reactivos y/o insumos cuantificables, solo requiere el análisis e interpretación de los peritos que trabajan en los Laboratorios de Genética Forense de esta Institución. 8.
La generación de archivos digitales para el ingreso a la base de datos Codis y la remisión de estos y los remanentes de los extractos de ADN (si corresponde) al Registro Nacional de ADN, no tiene costo. 9.
En cuanto a los valores para la determinación de la Huella Genética, cabe señalar que todas las muestras (independiente de su calidad y/o soporte) son analizadas primeramente mediante un kit de amplificación comercial que amplifica genes autosómicos. Adicionalmente, en virtud de los resultados, algunas muestras se amplifican una segunda vez, mediante un kit comercial de amplificación complementario para genes autosómicos.
En el caso de las muestras relacionadas con delitos sexuales y las que presenten mezclas de huellas genéticas, donde uno o más de los contribuyentes sea de sexo masculino, podría efectuarse una segunda determinación mediante un kit comercial de amplificación del cromosoma “Y”. Lo anterior supone que también debe ser analizada la muestra testigo. 10.
Sólo se indican los valores individuales de las etapas de análisis, no consignándose un valor total por muestra peritada, debido a que el análisis de una muestra puede implicar la combinatoria de distintas etapas y/o metodologías de análisis, lo cual es determinado al momento de finalizarlos en el laboratorio. 11.
El valor indicado en la columna nominada “Otros”, fue calculado considerando los costos de reemplazo de partes y piezas que deben cambiarse en los equipos implicados en la obtención de una Huella Genética (mantención anual de los equipos), además de los elementos de bioseguridad desechables (guantes, mascarillas, cofia y cubre calzado), siendo calculados en promedio por análisis. 12.
Dentro de los valores indicados, se aplica un “Factor de corrección”, correspondiente a una proporción del valor estimado a partir de los costos cuantificables de manera individual por muestra (insumos, material plástico desechable, reactivos químicos específicos “Kit comercial de amplificación”, etc. ), siendo de 0.20.
Este factor se aplica para corregir los costos que no son consignados en el Informe Pericial y que se generan principalmente por repetición de una o más etapas del análisis hasta la obtención de un resultado por muestra y controles positivos y negativos de cada etapa.
Estas repeticiones se generan principalmente por presencia de inhibidores de la amplificación (que se evidencia después de la cuantificación e implica comenzar el análisis desde el principio), baja concentración de ADN amplificado (que se evidencia después de la cuantificación e implica reconcentrar la muestra o comenzar el análisis desde el principio), obtención de resultados parciales (que implica comenzar desde el principio), entre otros. 13. Es dable indicar que estas causales no son excluyentes las unas de las otras, pudiendo ocurrir una o más veces durante el análisis. 14. Los costos para el laboratorio de Genética Forense de Santiago se basan en una estimación de 5.000 análisis para el año 2026.15. Los costos para el laboratorio de Genética Forense de Antofagasta se basan en una estimación de 1.000 análisis para el año 2026. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.426 Jueves 16 de Abril de 2026 Página 3 de 3 16. Adicionalmente, se considera lo siguiente: La tarjeta de colección de muestras testigo “FTA” está fabricada con un papel especial, que permite realizar la determinación de la huella genética sin necesidad de extracción y cuantificación.
Se consideran los costos adicionales de la toma de muestra testigo en tarjeta “FTA”, en el rubro “extracción”. La totalidad de las muestras son amplificadas inicialmente mediante un kit comercial de amplificación para genes autosómicos. 17.
Las muestras que presentan mezclas de huellas genéticas con contribución masculina y contribución femenina claras y distinguibles pueden ser sometidas a una segunda amplificación mediante el uso de un kit comercial para cromosoma “Y” o un kit comercial para cromosoma “X”. Se resuelve: 1.
Fíjanse para el año 2026, a contar de la fecha de publicación del presente instrumento en el Diario Oficial, los aranceles a cobrar por determinación de huella genética que se detallan a continuación, diferenciados por laboratorio en que se efectúan los análisis: - LABORATORIO DE GENÉTICA FORENSE DE SANTIAGO: Amplificación Extracción Análisis ETAPA ANÁLISIS/ TIPO DE Kit genes y/o toma de Cuantificación ADN Otros Kit genes Kit MUESTRA sexuales muestra amplificado autosómicos Complementario $ 15.820 Sangre - FTA $ 11.000 $ - $ 44.583 $ 50.051 $ 56.720 $ 16.041 Extracción directa (sangre, cel. epiteliales, $ 15.820 $ 16.340 $ 15.367 $ 44.583 $ 50.051 $ 56.720 $ 16.041 saliva, tejidos blandos, etc. ) $ 50.051 $ 15.820 Extracción diferencial (semen y sangre) $ 26.904 $ 15.367 $ 44.583 $ 56.720 $ 16.041 Extracción muestras complejas (huesos, $ 15.820 $ 16.599 $ 15.367 $ 44.583 $ 50.051 $ 56.720 $ 16.041 colillas, chicles, etc. ) Nota: Todos los valores corresponden al análisis de una muestra y se encuentran expresados en pesos chilenos sin IVA. - LABORATORIO DE GENÉTICA FORENSE DE ANTOFAGASTA: Amplificación Extracción Análisis ETAPA ANÁLISIS/ TIPO DE Kit y/o toma de Cuantificación ADN Otros Kit genes Kit MUESTRA genes muestra amplificado autosómicos Complementario sexuales $ 50.118 $ 12.857 Sangre Hisopado bucal FTA $ 10.770 $ - $ 44.650 $ 66.987 $ 16.107 Extracción directa (sangre, cel. epiteliales, $ 50.118 $ 12.857 $ 16.407 $ 15.434 $ 44.650 $ 66.987 $ 16.107 saliva, tejidos blandos, etc. ) $ 50.118 $ 12.857 Extracción diferencial (semen y sangre) $ 17.919 $ 15.434 $ 44.650 $ 66.987 $ 16.107 Extracción muestras complejas (huesos, $ 50.118 $ 12.857 $ 16.666 $ 15.434 $ 44.650 $ 66.987 $ 16.107 colillas, chicles, etc. ) Nota: Todos los valores corresponden al análisis de una muestra y se encuentran expresados en pesos chilenos sin IVA. 2. Dispónese que los importes recibidos por este concepto constituirán ingresos propios, debiendo en consecuencia ser remitidos a la Dirección de Logística para su ingreso en la Cuenta del Fondo Rotativo de Abastecimiento. Publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial de Carabineros de Chile. - Marcelo L. Araya Zapata, General Director, Carabineros de Chile. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2792219 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl