ABI Ahumada Becker Soluciones Limitada
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.074 Jueves 13 de Febrero de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2610207 EXTRACTO ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público de la 36 Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de enero de 2025, ante mí, repertorio N 1.350-2025, don GONZALO PATRICIO AHUMADA CARVAJAL, domiciliado en calle Panguipulli N 304, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y don CRISTIÁN ENRIQUE BECKER FABRES, domiciliado para estos efectos en Camino El Algarrobo N 205, parcela dieciséis, comuna de Colina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “ABI AHUMADA BECKER SOLUCIONES LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente, la expresión abreviada nombre de fantasía de “ABI SOLUCIONES LTDA.
” o “ABI AHUMADA BECKER SOLUCIONES LTDA.”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: Uno) Estudio, planificación, diseño, ejecución, construcción y mantenimiento de toda clase de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones, mantenimiento y reparaciones. Dos) La realización de estudios, consultorías, trabajos e intervención en proyectos de ingeniería, construcción, urbanismo y arquitectura. Así como el desarrollo de parcelaciones, subdivisión, loteo, fusión, urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea con fines habitacionales, locales comerciales o industriales y cualquier otro. Tres) En general todo tipo de estudio, planificación, diseño, ejecución de proyectos de ingeniería, inmobiliarios, construcción y mantenimiento, por cuenta propia o ajena, de toda clase de edificaciones. Cuatro) El arrendamiento, comercialización, importación y exportación de toda clase de productos, equipos, maquinarias y herramientas relacionados o no al giro social, por cuenta ajena o propia.
Cinco) La ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada o en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas Capital: El capital de la sociedad es la suma de $500.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) Don GONZALO PATRICIO AHUMADA CARVAJAL, aporta la suma de $250.000, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, los cuales se enteran en este acto; y, B) Don CRISTIÁN ENRIQUE BECKER FABRES, aporta la cantidad de $250.000, equivalentes al 50% del capital y derechos sociales, los cuales se enteran en este acto.
Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a conjuntamente a don GONZALO PATRICIO AHUMADA CARVAJAL y a don CRISTIÁN ENRIQUE BECKER FABRES, con las más amplias facultades de administración y disposición, sin restricción alguna, según lo señalan sus estatutos. Duración: La sociedad rige desde esta fecha y durará 5 años, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. La responsabilidad de los socios está limitada hasta el monto de sus aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 6 de febrero de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2610207 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl