Resolución exenta número 2.702, de 2024.- Declara libre de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W) el área reglamentada que indica, Región de Valparaíso, Mercado de China. 27,2 km Brote San Esteban
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.030 Sábado 21 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2586208 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W) EL ÁREA REGLAMENTADA QUE INDICA, REGIÓN DE VALPARAÍSO, MERCADO DE CHINA. 27,2 KM BROTE SAN ESTEBAN (Resolución) Núm. 2.702 exenta. - Quillota, 15 de diciembre de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 18.755, de 1989, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución exenta Nº 3.513, de 1995, del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus posteriores modificaciones; la resolución exenta Nº 4.743, de 2020, del Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de emergencia; la resolución Nº 7 de la Contraloría General de la República, que establece la exención del trámite de toma de razón;la resolución exenta Nº 646, de 2024, de la Dirección Regional de Valparaíso, que establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W), y las facultades que invisto como Directora Regional del Servicio Agrícola y GanaderoRegión de Valparaíso, en virtud de la resolución exenta RA Nº 240/777/2023 del Director Nacional del Servicio. Considerando: 1.
Que, mediante la resolución exenta Nº 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como "Mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata Wied). 2.
Que, con fecha 29 de febrero de 2024, se detectó la presencia de un ejemplar, hembra no inseminada (adulto) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, lo que dio origen a la vigilancia respectiva. 3. Que, asimismo, con fecha 27 de marzo de 2024, se detectó un ejemplar, hembra no inseminada (adulto) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, que da origen a un brote. 4.
Que, en atención a lo anterior, la Dirección Regional del Servicio Agrícola y GanaderoRegión de Valparaíso, mediante la resolución exenta Nº 646, de 2024, estableció regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ), en el radio de 27,2 km para el mercado de China, que abarcó parcialmente a las comunas de San Esteban, Los Andes, Calle Larga, Llay Llay, Panquehue, Putaendo, y totalmente las comunas de Santa María, San Felipe y Rinconada, en la Región de Valparaíso, y parcialmente a las comunas de Colina y Til Til, en la Región Metropolitana. 5.
Que, el Servicio Agrícola y GanaderoRegión de Valparaíso, en estricta observancia del acto administrativo señalado anteriormente, ha dado cumplimiento a las medidas fitosanitarias Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2586208 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, conforme al modelo de días grados imperante, el día 14 de diciembre de 2024, se han cumplido los tres ciclos biológicos teóricos del insecto, desde su última detección, período requerido para declarar la erradicación de la plaga y suspender las regulaciones cuarentenarias en el área reglamentada de las comunas individualizadas en el considerando tercero del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Declárase libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ) el área reglamentada que comprende el radio de 27,2 km, para el mercado de China, que abarcó parcialmente a las comunas de San Esteban, Los Andes, Calle Larga, Llay Llay, Panquehue, Putaendo, y totalmente las comunas de Santa María, San Felipe y Rinconada, en la Región de Valparaíso, y parcialmente a las comunas de Colina y Til Til, en la Región Metropolitana, suspendiéndose las medidas fitosanitarias de control y erradicación establecidas para tales efectos. 2.
Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 646, de2024, de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y GanaderoRegión de Valparaíso, conforme lo dispuesto en el artículo 61º de la ley Nº 19.880, en mérito de los fundamentos de hecho y de derecho indicados en la parte considerativa de la presente resolución. 3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en los periódicos de mayor circulación de la Región, conforme lo dispone el artículo 48º de la ley Nº19.880, de 2003, LBPA. Anótese y comuníquese. - Astrid Tatiana Tala Díaz, Directora Regional, Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2586208 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl