CDE solicita retener los $8 millones ganados por Polizzi en “Diosas”
CDE solicita retener los $8 millones ganados por Polizzi en “Diosas” CDE solicita retener los $8 millones ganados por Polizzi en "Diosas" Entidad realizó la solicitud al tribunal para restituir fondos. Abogados se refieren a las implicancias de la acción solicitada por el órgano público.
Pablo Martínez Tizka cronicaWestrellaconce. cl del Estado (CDE) solicitó al Juzgado de Garantía de Concepción la retención de 8 millones de pesos a Camila Polizzi, quien obtuvo esa suma de dinero por dos shows que realizó en un club nocturno de Santiago, gracias a un permiso especial otorgado por el tribunal.. El ente estatal pidió que seretengan las sumas de dinero que se encuentran o encuentren en poder de la empresa a la cualestá asociada Polizzi paraefecto delos shows, por concepto de cualquier tipo deretiro de ganancias, pago o retribución a las que tenga derecho o se devenguen a la imputada en la arista Fundación En Tí, del caso Convenios.
Esta no es primera vez que el CDE realiza una acción como ésta, ya que a fines del año 2024 llevó a cabo la solicitud para retener dineros de las ganancias generadas por la excandidata a alcaldesa de Concepción en una plataforma de contenido para adultos, lo que en su oportunidad fue autoriza: do por el tribunal.
Al respecto, el gobernador regional, Sergio Giacaman, dijo que "el CDE está actuando por el bien de los chilenos, recuperando recursos que se han malgastado por convenios cuestionados no solo por Contraloría, sino también por la justicia". E 1 Consejo de Defensa Rodrigo Guerra, académico dela Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes y abogado penalista, señaló sobre la solicilista, señaló sobre la soliciUNONOICIAS AN CAMILA POLIZZI GANÓ 8 MILLONES DE PESOS POR DOS SHOWS REALIZADOS EN "CLUB DIOSAS". shows son los que ofreció en local nocturno de Santiago, la imputada en Caso Convenios. tud del CDE que "es importante señalar que, durante la etapa de investigación, el Ministerio Público o la víctima pueden solicitar al juez de garantía, mediante escrito fundado, la aplicación de una o más medidas cautelares reales previstas en el Código de Procedimiento Civil. Estas medidas incluyen la retención de bienes determinados y la prohibición de celebrar actos o contratos respecto de ellos.
Dichas solicitudes se tramitarán y regirán conforme a las disposiciones de dicho cuerpo legal". Aesto, sumó que "cabe destacar que el Consejo de Defensa del Estado, en calidad de interviniente, también puede actuar en concordancia con el Midías de arresto domi: liario total tuvo Polizzi antes deira Santiago con autorización judicial. con autorización judicial. nisterio Público en la solicitud de este tipo de medidas cautelares reales, en especial en aquellos casos en que se vea comprometido el interés fiscal o se investiguen delitos que afecten el patrimonio público.
Su intervención refuerza la necesidad de adoptar medidas eficaces para asegurar el eventual comiso y la reparación del daño causado al Estado". "Por lo tanto, resulta fundamental, en relación con este punto, argumentar que los fondos obtenidos por la imputada permiten asegurar la subsistencia de sus hijos y, al mismo tiempo, garantizar el eventual comiso por un valor equivalente alos instrumentos o efectos del delito", cerró.
Diego Muñoz, docente dela Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo (UDD), sede Concepción, remarcó que "hay una diferencia con la petición anterior que hizo el CDE de retener ingresos, ya queen aquella ocasión se pidió congelar los bienes en las cuentas corrientes, lo que estaba vinculado a que los dineros podrían provenir respecto de los hechos que serían constitutivos de delitos que se están investi'gando como fraude al Fiscoo lavado de activos. En este caso es diferente porque ahora estamos hablando de dinero obtenido lícitamente". Por ende, señaló que "lo principal será fundamentar cuál es la necesidad de mantener ese dinero congelado. Podría argumentarse por una parte que es necesario para efecto de dar cumplimiento a una posible indemnización en alguna condena o demanda de acción civil, lo que está por verse". por verse"..