Editorial: Trasplantes y donación de órganos
Editorial: Trasplantes y donación de órganos EditorialLa donación de órganos y tejidos es un acto voluntario y gratuito, porel cual una persona o su familia deciden cederlos para que sean extraídos eimplantados en otra. Puede ser realizada por personas vivas que lo aportan a algún familiar, siempre que no altere el funcionamiento vital de su cuerpo, o por pacientes fallecidos, previa autorización de su entorno. Hace unos díasse informó que el Hospital Las Higueras realizó su cuarto procuramiento multiorgánico de este año 2024, que permitió disponerde un riñón ehígado para pacientesquelo requerían con urgencia, ubicados en distintos puntos del país. Días antes se había concretado la tercera intervención, en la cual se procuró un hígado. En amboscasos los donantes fueron varones cuyas familias respetaTon su derecho de ser procuradores. De acuerdo con el Ministerio de Salud, actualmente en Chile hay 2.225 personas que esperan un órgano, de las cuales 1.875 requieren un trasplanterenal y245 necesitanel hígado. Sinembargo, tanto lascifras de donaciones como las de trasplantes en Chile son todavía insuficientes. Nuestro país tiene una baja tasa, que bordea los 10,4 donantes por millón de habitantes, mientrasqueen nacio-"nes europeas se superan los 30 donantes por millón de habitantes. En Chile, según la ley, todas las personas mayores de 18 años de edadson donantes, a menos que en vida acudan a una notaría y declarenla voluntad de noserlo. No obstante, la palabra final la tienen los familiares.
En el caso delos fallecidosen nuestro país, solo el 2% es un potencial donante de Órganos, ya que para que una persona sea considerada donante, la ley establece que debe haber fallecido por criterio neurológico, es decir, haber tenido una muerte encefálica. Enestasituación, los órganos y tejidosque pueden sertrasplantados son corazón, pulmones, hígado, páncreas, riñones, intestino, córnea, huesos y piel. En cambio, en el caso de un donante vivo, de el receptor del órgano siembeseruna persona mayor de 18 años ypres algún familiar directo, su cónyuge o conviviente. Los aportes están muy lejos de cubrir la demanda de pacientes que se encuentran en lista de espera en el país, muchas de las cuales requieren de un trasplante para poder seguir viviendo. Si bien son muchas las personas que en vida expresan su decisión de queal fallecerdonarán sus órganos, los familiaresrara vez respetan esa determinación, y la negativa ha ido en aumento. La ley mantiene co'mo familiares que pueden oponersea la donación, al cónyugeoconviviente civil, hijos mayores de 18 años, padres, representante legal, hermanos y nietos mayores de edad. Decada paciente fallecido, se obtienen varios órganos, porlo que esa decisión solidaria puede ayudar a salvar a unas cuatro o cinco personas. El protocolo seguido en Chile para la donación se conoce co"mo procuramiento, que se realiza una vez que la persona muere, mediante exámenes ejecutados por expertos, quienes determinan si hay compatibilidadcon pacientesenlista de espera. Tras el análisis, se entrevista a las familias para conocersiexiste voluntad para llevara cabo la donación. No obstante, éstos pueden negarse aunque el paciente haya tomado la deci-sión en vida, lo que se podría revertir en la medida que se entienda la necesidad de salvar vidas por esta vía.
Es cierto que la muerte significa un padecimiento para las familias delos donantes y quienes esperan los órganos en momentos de suma complejidad, pero los procedimientos quirúrgicos para los trasplantes se han perfeccionado y la experiencia adquirida constituye, en todo el mundo y en nuestro país, una alternativa válida para enfrentar enfermedades que de otra forma no tendrían curación posible dado el deterioro del órgano y las condiciones del enfermo. La donación puede traer resignación e incluso de conformidad, cuando las familias ven que los órganos desu ser querido están contribuyendo a la prolongación dela vida de otra persona. Según la ley, todas las personas mayores de 18 años de edad son donantes, a menos que en vida acudan a una notaría y declaren la voluntad de no serlo. Pero la palabra final la tienen los familiares.. Editorial