Colusión del papel tissue: Corte Suprema condena a CMPC y SCA Chile a indemnizar a Papelera Cerrillos
Colusión del papel tissue: Corte Suprema condena a CMPC y SCA Chile a indemnizar a Papelera Cerrillos Colusión del papel tissue: II “Considerando que el ilícito anticompetitivo fue cometido por ambas demandadas (.. ) necesariamente deben responder de los perjuicios que de ello derivan, de manera solidaria”, dijo el máximo tribunal. POR 1.
TRONCOSO OSTÓRNOL ______ [ L La Corte Suprema acogió una reclamación presentada presentada por la sociedad Papelera Cerrillos y condenó a CMPC Tissue y SCA Chile (actual Essity Chile) al pago de una indemnización en una de las aristas del caso colusión en el mercado del papel hoRRe. Papelera Cerrillos demandó una indemnización por concepto concepto de daño emergente y luccocesante(cuantificadoen $4.009 millones) que habría sufrido como consecuencia de la colusión que involucró a CMPC y SCA. En 2020, la Corte Suprema multó a ambas con un total de US$15 millones cada una, tras haberse asignado cuotas de participación de mercado y haber fijado precios de venta de estos productos.
E Ese mismo año, Cercillos representadaporunequipo de abogados lideraclo por Germán Ovallepresentó su demanda de indemnización, alegando que la colusión habría causado su quiebra en 2008, No obstante, hace casi un año (el 6 de diciembre de 2023), el TDLC rechazó en todas sus partes la acción judicialy condenó en costas a la demandante por haber resultado totahnentevencida.
El tribunal argumentó que el hecho de que Papelera Cerrillos haya sufrido pérdidas pérdidas durante la vigencia del acuerdo colusorio, a pesar del aumento en susventas, tiene una explicación multicausal, ajena a las conductas por colusión que fueron sancionadas. sancionadas. Tras esto, a principios de este año, la compañía recurrió a la Suprema para intentar revertir el fallo del TDLC.
“Tenecactorescoludidosno permitió el correcto desen volvimientodelamarcay, por lo tanto, existe una notoria causalidad entre los atentados atentados a la libre competencia, y el desenlace económico de uno de los pocos actores de mercado que participaban en el mercado relevante”, dijo la firma en su reclamación, lera Cerrillos”. El jurista destacó que la firma pidió su quiebra en el año 2008 y, al relatar en su escrito judicial la historia o causas del mal estado de sus negocios, señaló que estaba inmersoenunaguerradepre cios de CMPC con PISAyaun acaparamiento de espacios en la cadena de supermercados D&S, entre otras. CERRILLOS. deuda directa en el desenlace de insolvencia”, precisó.
Luego, señaló que “si bien la cantidad pedida en la demanda demanda por concepto de lucro cesante, por 75.662 UF, carece de los medios de prueba suficientes que le sirven de justificación, no es menos cierto que todo lo razonado hasta ahora permite desprender desprender que, por múltiples factores, dentro de los cuales se insertan la guerra de precios precios yel acuerdo colusorio, la actora se ha visto impedida de desarrollar normalmente su modelo de negocio”. El abogado de Papelera Cerritlos, Germán Ovalle, dijo a Diario Financiero: “El fallo nos satisface en el fondo.
Se impuso la idea de que actualmente nuestra legislación contempla la facultad de perseguir la indemnización indemnización de perjuicios por conductas colusorias, incluso entre competidores, en tanto los efectos de la colusión queviene precedida de guerra de precios, aunque en leona podrían ser saludables saludables respecto de otros, en muchos casos ycomo ocurrió en este, perjudicó la posición marginal de un poro más del sI que poseía en el mercado nuestra representada Papejuicios quede ello derivan, de manera solidaria”, Al valor de la UF actual, la indemnización fijada alcanza los $ 191 millones.
En su fallo, la Suprema señaló señaló que la guerra de precios y el posterior acuerdo de las dos empresas con mayores participaciones de mercado, generaron un escenario de alta inestabilidad que dejó a Papelera Carrillos a merced de cambios repentinos en los valores de los productos, además de la activación y desactivación intempestiva de promociones, medidas destinadas a mantener el dominio del mercado y, con ello, procurar que los demás competidores no aumentaran su presencia en éste, “Efectivamente el mal estado de los negocios de la actora que sevecificó desde el año 1999, tuvo como una de sus causas al ilícito colusorio pero ella no fue la única, por cuanto concurrieron otros factores que tuvieron inri lectiva norte e mal estado de h ii5r 11$ la actora tuvo cono una de suT Taus sal he lo co uso pero ePa no tus a u a se se ia o en la senlerc a El fallo Este lunes, la Corte Suprema Suprema dictó sentencia: “Se acoge la reclamación promovida por Papelera Cerrillos SA. en contra de CMPC Tissue SA. y SCA Chile SA. (actual EssityChileS.
Ajy, en consecuencia, consecuencia, se condena a las demandadas al pago solidario de 4.815 UF por concepto de daño emergente y 182,8 UF por concepto de lucro cesante, conforme al valor que tenga dicha unidad a la época del pago”. El máximo tribunal recalcó que “considerando que el ilícito anricompetitivo fue cometido por ambas demandadas demandadas (,.. ) necesariamente deben responder de los per Rol del exjuez Muñoz El fallo fue pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema. En éste se plasmó que la instancia fue integrada integrada por los ministros Sergio Muñoz, Adelita Ravanales, María Cristina Gajardo, ylos suplentesjuanManuelMuñoz y Eliana Quezada. “No firman el Ministro Sr. Muñozyla Ministra Suplente Sra. Quezada, no obstante haber concurrido ambos a la vista del recursoy acuerdo del fallo, por haber cesado en sus funciones el primero, y haber concluido en sus suplencia la segunda”, dice la resolución. Y es que a mediados de octubre, el Senado aprobó la acusación constitucional contra Sergio Muñoz y lo destituyó del cargo que desempeñé desempeñé por casi dos décadas en el máximo tribunal..