MUNICIPIO DE TALCA NO AVANZA EN PROTECCIÓN DE HUMEDALES PESE A ORDENANZA DE LA CORTE SUPREMA
MUNICIPIO DE TALCA NO AVANZA EN PROTECCIÓN DE HUMEDALES PESE A ORDENANZA DE LA CORTE SUPREMA POR LEONARDO PAREDES ZAPATA FOTOS CARLOS ALARCON DUARTE TALCA.
La Corte Suprema ratificó el fallo en contra de la Municipalidad de Talca por no cuidar ni resguardar los Humedales Urbanos del Cajón del Río Claro y Estero Piduco declarados en noviembre del año 2024 y que abarcan más de 348 hectáreas que debiesen ser protegidas.
Estos espacios, además de actuar como reguladores del nivel del agua en las crecidas e inundaciones, son el hogar de una gran diversidad de especies como el Pato Jergón, la Tagua Chica, la Rana Chilena, la Lagartija Esbelta, entre muchos otros.
Por parte del máximo tribunal señalaron que el municipio incurrió en una omisión de la medida al no dictar la ordenanza de los humedales urbanos exigida por el Artículo 2º de la Ley Nº 21.202, evitando en consecuencia el desarrollo de las atribuciones de fiscalización y control ambiental. Sumado a esto, también señaló la institución que el municipio de Talca vulneró el derecho constitucional a vivir en un medioambiente libre de contaminación.
El antecedente en el que se basa la Corte Suprema para ratificar la sentencia es la autorización entregada por el municipio para llevar a cabo el Campeonato Nacional de Motocross 2025 en las inmediaciones del humedal sin reconocer la declaración oficial emitida en noviembre de 2024. Fue el representante de la Agrupación El Bajo Comunidad, Diego Machacán Navarrete, quien denunció los daños causados durante el desarrollo del evento que se celebró los días 29 y 30 de marzo del año pasado.
Si bien la actividad se desarrolló en los sectores aledaños del humedal, la naturaleza de la actividad deportiva encabezada por la Federación de Motociclismo no tuvo en cuenta en aplicar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Esta disciplina trae consigo la presencia masiva de personas, movimiento de sedimentos, el paso de vehículos motorizados y la contaminación lumínica y acústica del entorno.
En este contexto, la Corte Suprema no fijó un plazo para el municipio de promulgar la EL CHILENITO V 3232 ordenanza de protección de humedales urbanos tras señalar que este corresponde a un deber permanente y continuo.
Sin embargo, a la municipalidad de Talca se le atribuyó la omisión de sus deberes legales de proteger sus humedales urbanos al no tener una ordenanza general que establezca criterios para la protección, conservación y preservación de estos espacios.. · El conflicto se origina por actividades que se han llevado a cabo en zonas aledañas a los espacios declarados como humedal urbano sin aplicar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. SENTENCIA EXIGE RESGUARDO Y CONSERVACIÓN DE HUMEDALES URBANOS Hasta el Parque Río Claro llegan más de 300 mil personas anuales a pasear y es uno de los pulmones verdes de la capital regional. En el humedal del Parque Río Claro viven numerosas variedades de aves y conviven con una rica flora. Los humedales urbanos de Talca fueron declarados en noviembre del año 2024. Hasta la fecha el municipio no ha promulgado una ordenanza que establezca criterios para proteger la zona.