Resolución exenta número 5, de 2025.- Incorpora vías para la circulación de vehículos de locomoción colectiva urbana en la ciudad de Linares
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.216 Lunes 4 de Agosto de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2679939 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región del Maule INCORPORA VÍAS PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA URBANA EN LA CIUDAD DE LINARES (Resolución) Núm. 5 exenta. - Talca, 21 de julio de 2025.
Visto: El artículo 3º de la ley Nº 18.696 ; la resolución Nº 36, de 31 de mayo de 1991, complementada por la resolución Nº 10, de 31 de enero de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el oficio Nº 8127/2025 DTPR, de 20 de marzo de 2025; el oficio Nº 8129/2025 DTPR, de 20 de marzo de 2025, y el oficio Nº 14.007 /2025 DTPR, de 15 de mayo de 2025, todos de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule; Ord.
Nº 17, de 22 de abril de 2025, de la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Linares; Informe Nº 04-F-2025, del 6 de junio de 2025, de la Prefectura de Talca Nº14, Unidad Investigadora de Accidentes de Tránsito, IAT, y Carreteras, de Carabineros de Chile; resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la Republica; y demás normativa aplicable. Considerando: 1. Que, existen servicios de locomoción colectiva urbana interesados en hacer uso de las vías individualizadas en la parte resolutiva de este instrumento. 2. Que, el artículo 11 del DS Nº 212/92, citado en el visto, establece que "Los trazados de los servicios de locomoción colectiva deberán considerar sólo vías autorizadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones". 3.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución Nº 36, de 1991, complementada por la resolución Nº 10, de 1992, ambas citadas en visto, se solicitó y tuvo la vista al tiempo de resolver el pronunciamiento de la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Linares, y de la Prefectura de Talca Nº 14, Unidad IAT, y Carreteras de Carabineros de Chile. 4.
Que, esta Secretaría Regional ha considerado conveniente, conforme a los antecedentes citados en el visto, incorporar vías por las que circulen los vehículos que prestan servicios de locomoción colectiva, las cuales se individualizarán en el resuelvo primero. Resuelvo: 1. Incorpórense en la ciudad de Linares, las siguientes vías por las cuales podrán circular vehículos que prestan servicios de locomoción colectiva urbana de pasajeros. N CALLE DESDE HASTA 1 Monseñor Humberto Meza Lenga Prof. Efrén Soto Bórquez 2 Prof. Efrén Soto Bórquez Monseñor Humberto Meza Las Camelias 3 Las Camelias Prof. Efrén Soto Bórquez Lenga Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2679939 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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León Bustos Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Pedro Fernando Orozco López, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2679939 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl