Decreto exento número 147, de 2025.- Identifica cobertura anual 2025 de nuevos usuarios del Subsistema de Protección y Promoción Social Seguridades y Oportunidades
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.347 Martes 13 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2749816 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA Subsecretaría de Servicios Sociales IDENTIFICA COBERTURA ANUAL 2025 DE NUEVOS USUARIOS DEL SUBSISTEMA DE PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL "SEGURIDADES Y OPORTUNIDADES" Santiago, 14 de noviembre de 2025. - Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 147 exento.
Visto: Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de Ley N 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley N 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos legales que indica; en la ley N 21.722, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025; en la ley N 20.595, que crea el Ingreso Ético Familiar que establece Bonos y Transferencias Condicionadas para familias de pobreza extrema y crea Subsidio al Empleo de la Mujer; en el decreto supremo N 34, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba Reglamento de la ley N 20.595, sobre Subsistema de Protección y Promoción Social "Seguridades y Oportunidades"; en el decreto supremo N 29, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba el Reglamento del artículo 4 de la Ley N20.595 sobre Otros Usuarios del Subsistema de Protección y Promoción Social "Seguridades y Oportunidades"; en el memorandum electrónico SSS N6955/2025 (E85472/2025) de la jefa de División de Promoción y Protección Social de la Subsecretaría de Servicios Sociales; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de Republica, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y Considerando: 1º Que, la ley Nº 20.595, "que crea el Subsistema Seguridades y Oportunidades, establece Bonos y Transferencias condicionadas para las familias de pobreza extrema y crea Subsidio al empleo de la Mujer", dispone que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, debe implementar el "Subsistema Seguridades y Oportunidades", en adelante e indistintamente "Seguridades y Oportunidades" o "el Subsistema", el cual tiene por objetivo brindar seguridades y oportunidades a las personas y familias en condiciones de vulnerabilidad y de extrema pobreza, que participen en él, de modo de promover el acceso a mejores condiciones de vida. 2º Que, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 23 de la citada ley Nº 20.595 y en el artículo 9 del decreto supremo Nº 34, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, Subsecretaría de Servicios Sociales, que aprueba Reglamento de la ley Nº 20.595, sobre Subsistema de Protección y Promoción Social "Seguridades y Oportunidades", corresponderá al Ministerio de Desarrollo Social y Familia identificar la cobertura anual de nuevos usuarios del Subsistema "Seguridades y Oportunidades" mediante decreto expedido por "Orden del Presidente de la República" y suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, según la disponibilidad de recursos consultados en la Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente. En este sentido, el inciso Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2749816 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.347 Martes 13 de Enero de 2026 Página 2 de 2 segundo del artículo 3º de la precitada Ley dispone en lo pertinente que, la cobertura anual de nuevos usuarios del Subsistema no podrá exceder de 70.000 personas o familias, conforme al decreto a que se refiere el artículo 23 de dicho cuerpo legal. 3º Que, en este contexto, la Jefa de la División de Promoción y Protección Social, dependiente de la Subsecretaría de Servicios Sociales, solicitó a través de Memorándum Electrónico SSS Nº6955/2025 (Exp. 85472/2025), del 27 de octubre de 2025, la elaboración del presente acto administrativo que identifica la cobertura anual correspondiente al año 2025 para nuevos usuarios del Subsistema "Seguridades y Oportunidades", de los Programas de Acompañamiento Familiar Integral, de Apoyo Integral al Adulto Mayor y de Apoyo a Personas en Situación de Calle, atendida la disponibilidad de recursos establecida en la ley Nº 21.722 de Presupuestos del Sector Público vigente para el año 2025; por tanto, Decreto: 1º Identifíquese como cobertura anual 2025 de nuevos usuarios del Subsistema de Promoción y Protección Social Seguridades y Oportunidades, la que se indica a continuación: Programa Nº beneficiarios Tipo de beneficiarios Familia 45.220 Familias Vínculos 13.500 Personas mayores Calle 2.220 Personas en situación de calle Total 60.940 2º Remítase copia digital del presente decreto al Gabinete, a la División de Promoción y Protección Social y a la División de Administración y Finanzas todos de la Subsecretaría de Servicios Sociales, a la Fiscalía del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y al Sr.
Ministro de Hacienda, a la Dirección de Presupuestos y a la Oficina de Partes. 3º Incorpórese por la Oficina de Partes copia digital del presente decreto en el sistema de gestión documental del Ministerio de Desarrollo Social y Familia denominado "Socialdoc". Anótese, comuníquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Javiera Toro Cáceres, Ministra de Desarrollo Social y Familia. - Nicolás Grau Veloso, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento. - Romy Alamo Pichara, Subsecretaria de Servicios Sociales (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2749816 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl