Autor: ARIEL DIÉGUEZ
Habla abogado que pilló a jueza española copiando al ple de la letra normas chilenas
Habla abogado que pilló a jueza española copiando al ple de la letra normas chilenas Una sentencia transcribe pasajes de un artículo publicado el 2004 en una revista de la Universidad del Desarrollo Habla abogado que pilló a jueza española Habla abogado que pilló a jueza española copiando al pie de la copiando al pie de la NA NN » E % 2 ES eS. ÉS AA AA A y ARCHIVO ARCHIVO E La Audiencia Provincial anuló la sentencia y ordenó repetir el procedimiento. ""Meteduras de pata las hemos visto todos, pero algo como esto jamás", dice el abogado defensor.
ArieL DIÉGUEZ ientras más leía la sentencia M que condenaba a su cliente por violencia contra la mujer, redactada por la jueza sustituta del Juzgado Penal N1 de Ibiza, el abogado español Víctor Ballbé Sanféliz más creía que había un escandaloso error. "Se hablaba de una Carta Fundamental, que no es la expresión más habitual en España para referirse a la Constitución, y su Artículo 19 no coincidía con el del Artículo 19 de la Constitución española", recuerda.
La sentencia explica que durante dos años el "encausado" ejerció "una clara y arbitraria situación de dominación sobre su pareja, con abusivo ejercicio de su autoridad, mostrándose celoso, posesivo y controlador". Incluso detalla que le controlaba el teléfono, la insultaba y la golpeaba. Los antecedentes eran incontrarrestables.
Pero los fundamentos jurídicos que la jueza consideró para rechazar la nulidad del proceso que había pedido el abogado y en el que condenaba al hombre a siete años y seis meses de prisión, no parecían tan sólidos. "Se hablaba también de un Código Procesal Penal, cuando tampoco tenemos propiamente esa ley en España. Tenemos de un lado la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que es la que regula en su mayor parte, pero no exclusivamente, las normas del proceso penal español, y el Código Penal. Se hablaba también de una Corte de Apelaciones y de una Corte Suprema, términos que tampoco hay en España", detalla Ballbé Sanféliz.
En la página 21, de las 29 que tiene la setencia, el abogado encontró la siguiente "referencia geográfica", que le guiente "referencia geográfica", que le confirmó lo inimaginable: "Nos parece interesante recordar que la Corte Suprema, en fallo confirmatorio de uno de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, de fecha 7 de febrero de 2001, Rol 469-01, declaró que la falta de emplazamiento u otro vicio de nulidad procesal deben ser alegados en el proceso mismo, no siendo medio idóneo para ello el recurso de protección, que ni es vía cautelar de actuaciones legales". En la sentencia, este párrafo no tiene comillas ni nada que indique que es una cita. Da la impresión de que la jueza lo hubiera redactado.
Incluso hay menciones más directas, como "los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes". "En el momento que vi lo de Puerto Montt, que por cultura general me sonaba que era Chile, ya me encajaron todas las piezas y fui definitivamente consciente de la barbaridad que había ocurrido", cuenta el defensor. La jueza había usado jurisprudencia chilena para justificar un fallo que debía regirse por las leyes españolas. El abogado dice que no sabe de dónde sacó ella todas las alusiones a Chile.
La universidad Una búsqueda en Google permite descubrir que el párrafo que alude a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt aparece publicado palabra por palabra en el artículo "La nulidad en el Código Procesal Penal.
El incidente de nulidad procesal", del abogado y profesor Julio Salas Vivaldi, publicado en el número 10 de la revista "Actualidad Jurídica", de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo, en julio del 2004. Otros párrafos de la sentencia también están sacados de este artículo.
Salas Vivaldi, quien fuera director de Salas Vivaldi, quien fuera director de CEDIDA la Escuela de Derecho de la Universidad de Concepción y profesor emérito de la de Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de esa misma casa de estudios, escribió varios libros de Derecho y murió el 2022. "Es un caso en materia de violencia sobre la mujer con una larga letanía de errores judiciales.
El más exótico o llamativo de ellos es que la jueza decidiera rechazar una de las cuestiones procesales que beneficiaban a mi cliente conforme a jurisprudencia de Chile", asegura el abogado, que apeló a la Audiencia Provincial de Baleares, algo así como una Corte de Apelaciones.
El abogado considera que el fallo de este tribunal superior es un "rapapolvo", es decir una áspera reprimenda. "Pocas veces hemos visto en un procedimiento tantas infracciones legales y vulneraciones del derecho de defensa y de la tutela", dice ese fallo de la Audiencia Provincial. "La juzgadora tras transcribir 20 folios de una publicación sobre la nulidad en un país excación sobre la nulidad en un país exletra normas chilenas letra normas chilenas letra normas chilenas El abogado defensor Víctor Ballbé Santéliz descubrió los errores. tranjero, creemos que Chile, concluye que ningún derecho se ha vulnerado al acusado", agrega.
Para este tribunal, esta transcripción es sólo uno de los errores de la jueza y ordena además retrotraer el proceso hasta el punto en que se le tomó declaración al "encausado". Esto significa que el proceso debe repetirse.
El abogado cree que una posibilidad es que "la jueza en cuestión gozaba de una cultura jurídica tan limitada que en su ignorancia creía que la jurisprudencia de un país extranjero puede ser aplicada en España". Agrega que eso no se puede hacer, porque son sistemas jurídicos distintos, y además la ley española lo impide. "Es indefendible jurídicamente", asegura. "Los abogados comentamos lo que nos encontramos y lo que nos dejamos de encontrar. He tenido conversaciones con aquellos que ya tienen el pelo blanco y me han dicho que meteduras de pata las hemos visto todos, pero algo como esto jamás", cuenta..