Constitución Asociación de Generación Renovable A.G.
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.994 Sábado 9 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2567534 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño / División de Asociatividad y Cooperativas / Asociaciones Gremiales ASOCIACIÓN DE GENERACIÓN RENOVABLE A.G. (Extracto) Luis Ignacio Manquehual Mery, Abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que, por acta constitutiva otorgada ante mí, con fecha 21 de octubre de 2024, se constituyó la asociación gremial denominada “Asociación de Generación Renovable A.G. ” Su domicilio es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Su Objeto es: Promover el desarrollo de la industria de las energías renovables en Chile, velando el desarrollo de la actividad común de sus Asociados. Todo el trabajo de la Asociación se sujetará especialmente al cumplimiento de sus estatutos, las leyes y normas que regulan la libre competencia y a las buenas prácticas.
Para lograr estos fines, la Asociación desarrollará sus actividades guiándose por los principios de neutralidad tecnológica y eficiencia técnico-económica dentro de las energías provenientes de recursos renovables no fósiles y sostenibles, y dedicará sus esfuerzos principalmente a: a) representar y defender los intereses comunes de los asociados ante las autoridades competentes, organismos privados y en todos aquellos foros en los cuales se considere pertinente hacerlo, todo ello dentro del marco legal y regulatorio vigente; b) contribuir al desarrollo y sostenibilidad de la generación de energía a partir de fuentes renovables y del almacenamiento de energía; c) contribuir en acelerar la electrificación de los consumos energéticos y promover la sustitución de los combustibles fósiles por combustibles renovables; d) contribuir al desarrollo de un marco regulatorio que permita la coexistencia sostenible de los distintos tipos de desarrollos y proyectos de energías renovables y almacenamiento; e) procurar para que la legislación y la regulación técnica y administrativa permitan maximizar el aprovechamiento sostenible de los recursos energéticos renovables y que permita su continuo desarrollo; f) representar y defender los intereses de la Asociación frente a todo tipo de entidades, personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras; g) participar en la discusión y elaboración de políticas públicas, presentando los aportes técnicos que la Asociación haya previamente concensuado ante los distintos órganos del Estado, en particular, el Congreso Nacional, el Poder Judicial, los Ministerios, Superintendencias y demás servicios públicos, disponiendo para ello de la capacidad profesional de sus asociados; h) promover el desarrollo de la producción de energías renovables, el almacenamiento y la electrificación de los consumos en todo el país, incluyendo también las zonas extremas, áreas marginales, territorios aislados y de menor desarrollo; i) promover el estudio de los aspectos éticos, jurídicos, económicos, técnicos, ambientales, sociales y administrativos relativos a las energías renovables y a los sistemas de almacenamiento, así como de los problemas que les afecten, incluyendo la proposición y ejecución de posibles soluciones; j) efectuar ante las autoridades u organismos privados todo tipo de presentaciones, solicitudes, reclamos y requerimientos tendientes a conseguir las mejores condiciones para las actividades de la Asociación o de sus asociados; k) promover leyes, regulaciones y normativas que permitan mejoras las condiciones de operación y desarrollo de proyectos de energías renovables y el almacenamiento de energía; l) organizar y participar nacional e internacionalmente en campañas publicitarias, ferias, seminarios, congresos; editar videos, publicaciones; realizar estudios y prospecciones del mercado, que permitan promover y desarrollar la generación de energía a partir de fuentes renovables y del almacenamiento de energía; m) colaborar con las autoridades del sector público, entidades académicas y con organizaciones de la sociedad civil en la elaboración de estudios, propuestas y/o proyectos que sean de interés para el país y de la Asociación; n) en general, cualquier otra actividad que el Directorio determine que sea de interés Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567534 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.994 Sábado 9 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 para la Asociación en relación con los fines que se propone. El Directorio de la asociación quedó constituido por: Presidente: Jaime Andrés Toledo Ruiz; Vicepresidente: Manuel Ignacio Tagle Ciudad; Secretario: Alfredo Zañartu Stambuk, y Tesorero: Guillermo Dunlop Llorens. Asistieron a la constitución de la asociación un total de cuatro personas jurídicas. Quedó inscrita en el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo bajo el número 5442. Santiago, 5 de noviembre de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567534 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl