Extractos: EXTRACTO Por Decreto MOP. (Exento) Nº463, de 25 de junio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e) y 105° del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP. Nº206 d
Extractos: EXTRACTO Por Decreto MOP. (Exento) Nº463, de 25 de junio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3 letra a), 10 letra c), 14 letra e) y 105 del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP.
Nº206 de 1960, se expropio el lote de terreno NE1, para la obra: "CONSTRUCCIÓN SERVICIO SANITARIO RURAL CHACRAS DE COCHRANE" SECTOR CAPTACIÓN, que figura a nombre de ROJAS HERNÁNDEZ JUVENAL HUMBERTO, rol de avalúo 55024, Comuna de COCHRANE, REGIÓN DE AYSEN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO, superficie 1.155 m2.
La Comisión de Peritos integrada por MIGUEL JUAN FERNÁNDEZ CADIZ, NORMAN ESTANISLAO CALDERON PONTIGGIA y ANDRES ANIBAL RISSO CAAMAÑO, mediante informe de tasación de 28 de diciembre de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.452.000, para el lote N'E1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP. EXTRACTO Por Decreto MOP. (Exento) Nº463, de 25 de junio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el artículo 3 letra a), 10 letra c), 14 letra e) y 105 del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP.
Nº206 de 1960, se expropio el lote de terreno NE1, para la obra: "CONSTRUCCIÓN SERVICIO SANITARIO RURAL CHACRAS DE COCHRANE" SECTOR CAPTACIÓN, que figura a nombre de ROJAS HERNÁNDEZ JUVENAL HUMBERTO, rol de avalúo 55024, Comuna de COCHRANE, REGIÓN DE AYSEN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO, superficie 1.155 m2.
La Comisión de Peritos integrada por MIGUEL JUAN FERNÁNDEZ CADIZ, NORMAN ESTANISLAO CALDERON PONTIGGIA y ANDRES ANIBAL RISSO CAAMAÑO, mediante informe de tasación de 28 de diciembre de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $5.452.000, para el lote N'E1. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 7º del Decreto Ley Nº 2186, de 1978. Fiscalía MOP. EXTRACTO Por Decreto MOP. (Exento) Nº464, de 25 de junio de 2025, y en base a la facultad otorgada por el articulo 3º letra a). 10 letra c). 14 letra e) y 105 del DFL. MOP. Nº850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº15.840 y del DFL. MOP.
Nº206 de 1960, se expropió el lote de terreno NºE3, para la obra: "CONSTRUCCIÓN SERVICIO SANITARIO RURAL CHACRAS DE COCHRANE" SECTOR ESTANQUE N'2. que figura a nombre de OVANDO BURGOS ARMANDO ALEJANDRINO, rol de avaluo 201-224, Comuna de COCHRANE, REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO, superficie 2.655 m2.
La Comisión de Peritos integrada por MIGUEL JUAN FERNÁNDEZ CADIZ, NORMAN ESTANISLAO CALDERON PONTIGGIA y ANDRES ANIBAL RISSO CAAMAÑO, mediante informe de tasación de 20 de diciembre de 2023, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $11.361.000, para el lote N'E3. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectua en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Ley Nº2186, de 1978. Fiscalía MOP..