NODO FINANCIERO SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.168 Sábado 7 de Junio de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2656839 EXTRACTO MYRIAM ELIZABETH AMIGO ARANCIBIA, Notario Público, Titular de la 21 Notaría de Santiago con oficio en calle Huérfanos 578, comuna de Santiago, certifico: Por escritura de fecha 22-05-2025, Repertorio N38352025, ante mí, don JUAN MAURICIO CAMPOS IBÁÑEZ, domiciliado en calle Bello Horizonte número mil cincuenta, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y la sociedad BOSMAR SpA, persona jurídica de derecho privado, representada por don MARCELO ANDRÉS BORDONI DUARTE, ambos domiciliados en calle María Elena número trescientos cuarenta, comuna de San Bernardo, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones Razón Social: “NODO FINANCIERO SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La realización de negocios de factoring de toda clase. b) Efectuar cobranzas y préstamos, así como el otorgamiento de créditos y toda clase de inversiones de carácter mobiliario o inmobiliario. c) Compra y venta de acciones, bonos, letras de cambio, opciones, futuros, facturas, pagarés, derechos en sociedades, debentures, reconocimientos de deuda o cualquier otro valor mobiliario. d) Otorgar el financiamiento con garantías constituidas sobre los documentos enumerados en la letra anterior. e) Compra y venta a cualquier título de inversiones muebles o inmuebles, ya sean corporales o incorporales. f) Dar y tomar en arrendamiento todo tipo de muebles o inmuebles, y efectuar operaciones de leasing ya sea financiero, inmobiliario, operacional, leaseback o de cualquier otra clase, tanto a nivel nacional como internacional. g) La participación en el capital y gestión de otras empresas, como socio capitalista o gestor en sociedades en comandita, de personas o anónimas, y en general en otros emprendimientos relacionados directa o indirectamente con el objeto social, mediante la aplicación de recursos propios o de terceros, de inversionistas nacionales o extranjeros. h) Comprar o adquirir otras sociedades o sus activos y/o concurrir a la formación de comunidades y sociedades de cualquier tipo e incorporarse a sociedades ya existentes, sean civiles o comerciales, nacionales o extranjeras. i) Adquirir, construir, explotar y enajenar toda clase de bienes inmuebles.
Incluyendo la subdivisión, loteamiento y urbanización de los mismos, así como la construcción, remodelación y ampliación de toda clase de viviendas, edificios o locales comerciales. j) Ejercer representaciones nacionales o extranjeras, corretajes comerciales, promociones de inversiones y asesorías técnicas financieras. k) Compra, venta, importación, exportación y comercialización de todo tipo de mercaderías y bienes muebles en general. l) Administrar inversiones y percibir sus rentas. m) Prestar asesorías y servicios de todo tipo, en especial en materia financiera, Intermediación financiera, servicios financieros, asesoría en la estructuración de financiamientos de todo tipo, evaluación de proyectos e inversiones. n) Asesoría en la compra y venta de empresas. ñ) Actividades de programación informática, consultoría informática y actividades conexas, de gestión informática, otras actividades de tecnología de informática y de servicio informático, procesamiento de datos, hospedaje y actividades conexas, portales web. o) Desarrollos de soluciones basadas en tecnología, desarrollo de plataformas, desarrollos de sistemas de información y datos. p) Ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas, y que tengan relación directa o indirecta con el objeto social. q) En general, la sociedad podrá realizar cualquier actividad o negocio relacionado con el objeto social antes descrito y que los socios acuerden realizar. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin embargo la administración podrá establecer sucursales, agencias o establecimientos en otros lugares del país o del extranjero. Plazo: La duración de la sociedad será indefinida.
Capital: El capital de la sociedad es de dos millones de pesos, dividido en dos mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, el que se suscribe y paga en este acto conforme cláusula primero transitoria.
Administración: Quedan, desde ya, designadas en calidad de administradoras de la sociedad NODO FINANCIERO SpA, don JUAN MAURICIO CAMPOS IBÁÑEZ y don MARCELO ANDRÉS BORDONI DUARTE, para que actuando ya sea en forma conjunta o separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, administren y representen a la sociedad con las facultades establecidas en el artículo octavo de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2656839 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.168 Sábado 7 de Junio de 2025 Página 2 de 2 este estatuto, con excepción de las facultades especiales a que se refiere dicho artículo, las que sólo podrán ejercerse en forma conjunta por los administradores designados precedentemente.
En caso de fallecimiento o incapacidad absoluta de alguno de los administradores designados, la administración y el uso de la razón social quedará radicada, desde la fecha del fallecimiento o la incapacidad absoluta, en el otro administrador, con todas las facultades establecidas en el artículo octavo de estos estatutos, sin restricción o limitación alguna. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2656839 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl