Inmobiliaria y Comercial Mercedes SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.160 Jueves 29 de Mayo de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2653120 EXTRACTO MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, con domicilio en Avenida El Golf 99, oficina 101B, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 22 de mayo de 2025, repertorio número 4.056-2025, otorgada ante mí, Inmobiliaria e Inversiones Goalca SpA, domiciliada en calle El Esfuerzo 886, El Belloto, comuna de Quilpué, de paso en ésta, constituyó una sociedad por acciones, cuyo nombre o razón social es “Inmobiliaria y Comercial Mercedes SpA”. Objeto: Será el estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de ingeniería y construcción por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos y/o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios, la compra venta, enajenación y arrendamientos de bienes raíces o muebles, en especial aquellos que dicen relación con la compra y venta y explotación de áridos y el arrendamiento de maquinarias y equipos; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; asimismo el desarrollo hotelero, turístico y de apart hotel, y todo lo que se relacione en la actualidad o en el futuro con estas actividades y cualquier otra actividad que los accionistas acuerden. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Talca, sin perjuicio de las agencias, oficinas, sucursales o establecimientos que instale en otros puntos del país o el extranjero.
Capital social: El capital de la sociedad será la suma de $382.080.000. -, dividido en trescientas ochenta y dos millones ochenta mil acciones preferidas, nominativas, sin valor nominal, de igual valor, divididas en dos series de acciones: ciento noventa y un millones cuarenta mil acciones de la Serie A; y ciento noventa y un millones cuarenta mil acciones de la Serie B, que se suscriben y pagan de la siguiente forma: A) Inmobiliaria e Inversiones Goalca SpA, a través de su representante, suscribe en el acto de la escritura extractada ciento noventa y un millones cuarenta mil acciones de la Serie A, equivalentes a la suma de ciento noventa y un millones cuarenta mil pesos, que se pagarán en el plazo de un año a contar de la fecha del instrumento extractado; y B) ciento noventa y un millones cuarenta mil acciones de la Serie B, equivalentes a la suma de ciento noventa y un millones cuarenta mil pesos, que deberán ser suscritas y pagadas en el plazo de un año a contar de la fecha del instrumento extractado.
Administración: Será ejercida por don Luis Alberto Romero Bravo, cédula nacional de identidad número 8.155.171 -5, quien actuando de forma individual representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley y el artículo décimo quinto de los estatutos sociales le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas.
En el evento de que el mencionado administrador fallezca, se incapacite por causas legales sobrevinientes, sea declarado en insolvencia, sea declarado interdicto por demencia o disipación, lo sustituirán en su rol de administrador de la sociedad los señores don José Tomás Romero Arrau, cédula nacional de identidad número 19.475.225-3, y don Alberto Andrés Romero Arrau, cédula nacional de identidad número 18.021.232-9, quienes actuando de forma conjunta representarán judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y para el cumplimiento del objeto social estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el artículo décimo quinto de los estatutos sociales le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de la Junta de Accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada y no son materia de extracto. Santiago, 27 de mayo de 2025. Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2653120 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl