El portazo de cinco universidades privadas al Mineduc tras caso Marcela Cubillos: declinaron informar sus sueldos
El portazo de cinco universidades privadas al Mineduc tras caso Marcela Cubillos: declinaron informar sus sueldos Cubillos: declinaron informar sus sueldos Cumplido el plazo entregado por la Subsecretaría de Educación Superior por la información que fue acordada pedir en la última de Ley de Presupuestos, las casas de estudio respondieron de distinta forma a la solicitud. Y no todas lo hicieron. última de Ley de Presupuestos, las casas de estudio respondieron de distinta forma a la solicitud. Y no todas lo hicieron.
Roberto Gálvez Roberto Gálvez El 30 de julio, la Subsecretaría de Educación Superior del Ministerio de Educación envió diversos ordinarios firmados por el subsecretario Víctor Orellana a instituciones privadas de educación superior del país, ya sea universidades, institutos profesionales o centros de formación técnica.
En ellos les pedía a los rectores de las casas de estudio enviar en un plazo de una semana (originalmente era hasta el 5 de agosto, pero luego se extendió hasta el 12) el detalle de las remuneraciones de los funcionarios de sus establecimientos, según quedó establecido en la última Ley de Presupuestos tras el caso de Marcela Cubillos, de quien en 2024 se conoció que percibía 17 millones de pesos como docente de la U.
San Sebastián, lo que abrió paso a dudas sobre si podría haber casos similares de instituciones que reciben dineros del Estado y los usan, entre otras cosas, para pagar esos abultados salarios. "Junto con saludar, me dirijo a usted a propósito de solicitar información requerida en las glosas N' 21 y N' 22, del Programa 03 de la Subsecretaría de Educación Superior, referidas en la Ley N' 21.722 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2025", señalaba el ordinario. Dichas glosas de la subsecretaría son las que regulan las transferencias del Estado a instituciones de educación superior -estatales o privadas con fines como gratuidad, becas, fondos institucionales, investigación o pasantías.
En la glosa N' 21 se estableció que "las instituciones de educación superior que se financien en todo o en parte con cargo a estos recursos del presente programa, deberán remitir semestralmente la nómina anonimizada del personal académico y directivo contratado bajo la modalidad de planta, contrata u honorarios que, por concepto de salario, dietas, bonos, asignaciones y viáticos mensuales, percibiera ingresos superiores a ocho millones de pesos mensuales". En la glosa N" 22, en tanto, se explicitó que "semestralmente el Ministerio de Educación deberá informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados el detalle de las remuneraciones putados el detalle de las remuneraciones A fines de julio el Mineduc solicitó informar las remuneraciones de sus plantillas. de cada uno de los integrantes de las instituciones de educación superior, sean estas públicas o privadas, que ejerzan labores docentes y/o de investigación". Pero aunque haya quedado establecido por ley, el envío del ordinario causó polémica y molestia entre rectores de algunas universidades privadas, sumando un capítulo más de tensión entre este tipo de instituciones que dirigen y la cartera educativa.
Algunos tildaron de "absurda" la solicitud porque ya hay entidades dedicadas a fiscalizar, o que a otro tipo de instituciones que reciben recursos del Estado no se les pide lo mismo, o se mostraron preocupados por "el afán regulatorio del ministerio". Y, de hecho, no todas las universidades contestaron y, si lo hicieron, fue con diversa profundidad. Hay instituciones que analizaron que considerando la glosa 21 son las instituciones que reciben recursos del Estado por cualquier razón las obligadas a dar respuesta y las que no reciben, no. Pero que al analizar la glosa 22, todas las casas de estudio del país estarían obligadas. El debate fue amplio entre los equipos jurídicos de las instituciones para ver qué y si enviar información, incluso analizando la compatibilidad con la ley de protección de datos personales.
Con todo, según la información de la Subsecretaría de Educación Superior, hasta el 18 de agosto se recibieron las respuestas de 32 instituciones, incluyendo a las 12 universidades privadas del Consejo de Rectores y otras 20 universidades privadas que no son parte de esa instancia. Eso sí, añaden que las respuestas presentan variaciones "importantes" en cuanto al nivel de entrega de información. Mientras los datos solicitados mediante la glosa N' 21 fueron entregados por 30 instituciones, la glosa N" 22 fue informada por 17 instituciones, incluyendo a cinco que realizaron una entrega parcial. Además, hubo dos instituciones que si bien respondieron al oficio enviado, no entregaron información de ninguna glosa. Una de ellas, según reconocen voces de las propias instituciones, es la Universidad Católica de Valparaíso, donde hasta el cierre de esta nota no se refirieron al tema, y la otra es la Universidad Mayor.
Esta última argumentó que en la glosa 21 se obliga el envío de información del personal siempre y cuando esté contratado bajo la modalidad de planta, contrata u honorarios, y sus haberes sean superiores a $8.000.000. Y que en su caso no le es aplicable las modalidades planta y contrata y no tiene directivos u académicos con ingresos superiores a ese monto. Asimismo, de la glosa 22 retrucaron que el deber es del Mineduc de informar a las comisiones del Congreso y no a las instituciones de educación superior. Y que en la normativa no se evidencian suprafacultades implícitas para el Mineduc para requerir a las instituciones de educación superior datos personales como los señalados en el ordinario. De hecho, también le pidieron a la cartera especificarles cuál es la norma que les faculta para requerir el listado detallado de las remuneraciones. Otras tres casas de estudio, en tanto, ni siquiera contestaron al ordinario, y según conocedores del tema estas son las universidades Bolivariana, de Aconcagua y La República.
Mientras, una universidad que sí envió información fue la Finis Terrae, desde donde señalan que contestaron de acuerdo alos plazos establecidos. "Respondimos la pregunta considerada en la glosa 21, indicando el número de personas en la universidad que ganan un monto igual o superior a los $8 millones mensuales", aseguran.
Eso sí, respecto de la glosa 22, "consideramos que la exigencia establecida en la ley de presupuestos es respecto de la subsecretaría y no de las instituciones de educación superior". ¿Algún tipo de sanción o nuevo requerimiento ante esta entrega dispareja de información? Entendidos en la subsecretaría explican que no, que su trabajo es sistematizar y consignarle al Congreso lo que llegó, porque según las glosas, los destinatarios finales de la información son dos comisiones -Especial Mixta de Presupuestos y de Educación de la Cámara a las que se les debe informar semestralmente. Para el envío de este ordinario las instituciones estatales no estaban consideradas, toda vez que ya tienen portales de transparencia activa con dicha información al ser entidades públicas. O.