Scanner a las investigaciones de la Chong: Los peros de los jueces
Scanner a las investigaciones de la Chong: Los peros de los jueces Por Pablo Basadre G. L revés que sufrió la fiscal Ximena Chong en el caso Pío Nono, se suma a una lista de malos resultados del Ministerio Público en este último año en casos de alta connotación pública.
La absolución del exgeneral Juan Miguel Fuente-Alba, investigación dirigida por el fiscal Centro Norte José Morales, coincide con otras derrotas para Chong, donde los principales reparos de los jueces en sus fallos apuntan a un tema que preocupa en la Fiscalía Nacional: la calidad de la investigación y las pruebas presentadas en estrado. En el caso de Chong también le ha significado ser criticada por indagar con un supuesto "sesgo político", mientras que otros abogados consultados lo califican como un "voluntarismo exacerbado" de los fiscales.
Uno de ellos, el abogado Octavio Sufán, asevera que frente a "rotundos fracasos, no hay ninguna responsabilidad como la que tendría cualquier funcionario". En la fiscalía argumentan que dichos fracasos son del Ministerio Público y no endosables solo a la figura de Chong, quien ha tenido éxitos importantes en casos complicados y que las amenazas que ha recibido su familia han sido otros escollos que ha debido sortear privadamente. llos que ha debido sortear privadamente. llos que ha debido sortear privadamente. llos que ha debido sortear privadamente. llos que ha debido sortear privadamente. llos que ha debido sortear privadamente.
El 18 de junio, el Segundo Juzgado de Santiago absolvió al excarabinero Claudio Crespo, acusado de disparar su escopeta antidisturbios en la cara del joven Ettien Gutiérrez, en una manifestación por el "Día del Joven Combatiente" el 29 de marzo de 2018. Se le imputó apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves, detención ilegal y obstrucción a la inve: ción, pues según la acusación de falscó los hechos en el parte policial. Tras seis años desde la imputación y 53 días de juicio, en su veredicto (está a la espera de la sentencia) el tribunal concluyó que la prueba de la fiscalía fue insuficiente.
El juicio tuvo situaciones particulares: el caso lo investigó internamente Carabineros en 2018 (se absolvio a Crespo), y la Fiscalía Centro Norte, a través del fiscal José Morales, no perseveró por falta de antecedentes (lo que le valió críticas a Morales cuando postuló a al Nacional). La reapertura del caso llegó tras una petición del Instituto de Derechos Humanos y quedó en manos de la fiscal Chong en 2020. en 2020. en 2020. en 2020. en 2020. en 2020. en 2020. En el fallo, el tribunal revisó el actuar del Ministerio Público. Un aspecto relevante era si Crespo se había bajado o no del carro policial para disparar: las versiones fueron contradictorias.
Para los magistrados, los testimonios entregados en Tribunal absolvió al excabo Zamora por Caso Pío Nono Scanner a las investigaciones de la Chong: Los peros de (SITAS Observadores judiciales la han tratado de "activista judicial" y que investiga con "sesgo". En el último año han sido los jueces quienes ELA mayores reproches. Tras el fallo, la fiscal Ximena Ñ Chong se fue a su oficina. No emitió declaraciones sobre su revés judicial. judicial. judicial. Sus éxitos La fiscal Chong es reconocida en el Ministerio Público por estudiosa y metódica.
Su cargo de fiscal jefa de Alta Complejidad en la Centro Norte le ha significado que desde que comenzó a indagar casos del estallido social y el rol de Carabineros (formalizará al director general Ricardo Yáñez) ha recibido amenazas de muerte, han acosado a su familia (se condenó a uno de los que lo amenazaban) y parlamentarios la consideran "activista judicial". Conocida por la investigación al exsenador Jaime Orpis, en enero de 2022 logró una condena de 5 años y un día de presidio por seis delitos de fraude al fisco y 600 días por dos delitos de cohecho, en la arista de Corpesca. En abril de 2021, Chong formalizó al excarabinero Tomás Rodríguez, luego que en octubre de 2019 le disparara en el rostro a la actriz María Paz Grandjean.
En el mismo mes, pero en 2024, la justicia condenó al exuniformado por "apremios ilegítimos". estrado por Crespo y sus compañeros de patrulla resultaron más consistentes que los testigos de Chong... y eso que incluso los magistrados detectaron que los acusadores "trataron de hacer calzar" las versiones para reforzar la tesis del Ministerio Público. El fallo indica que "ni siquiera en la acusación" se especificó si la puerta del copiloto del vehículo JO31 estaba abierta o cerrada, o en qué posición estaba Crespo cuando disparó la escopeta antidisturbios.
Para el tribunal, surgió la duda razonable, respecto de la razón por la cual ello no se especificó en la acusación. "La perito Jimena González concluyó que de haberse efectuado el disparo por la tronera del J con la puerta del copiloto cerrada era imposible que Gutiérrez hubiese recibido el impacto debido al ángulo de disparo", escribieron los jueces.
Agregaron que "en razón de lo anterior, forzosamente trataron de hacer calzar su versión con dos dinámicas restantes no señaladas en la acusación". Y remataron: se buscó "adecuar la versión de la víctima y del testigo civil, para que calzara la dinámica del disparo pretendida zara la dinámica del disparo pretendida zara la dinámica del disparo pretendida zara la dinámica del disparo pretendida zara la dinámica del disparo pretendida por los acusadores". El tribunal advirtió también que las versiones de Ettiene Gutiérrez, Nicolás López y delos inspectores de la Brigada de DD.HH. de la PDI y la perito balística Jimena González, no pudieron acreditar "la propuesta fáctica del Ministerio Público". Y alertó que los investigadores de la PDI "se dedicaron a tratar de acreditar la versión de Gutiérrez apoyada por la del testigo Nicolás López, abocándose a probar dicha dinámica con presindencia de la versión del acusado Claudio Crespo". Otros peros del tribunal al trabajo de la fiscalía en un caso en el que -advirtieron los magistrados se invirtió "una gran cantidad de recursos públicos": que la persecutora realizó preguntas "extremadamente abocadas a detalles ínfimos"; la cantidad de tiempo transcurrido (más de seis años), lo que afectó la precisión de los testigos; y que fue la defensa la que produjo pruebas útiles para el tribunal, que debiera haber incorporado el MP. nal, que debiera haber incorporado el MP. nal, que debiera haber incorporado el MP. La arista OAS, que surgió del caso del financiamiento irregular de la política. Scanner a las investigaciones de la Chong: Los peros de los jueces (Penta-SQM) fue encabezada por la fiscal Chong y se inició tras las presidenciales de 2013.
A Marco Enríquez Ominami (MEO) se le imputó fraude a subvenciones, pues según el Ministerio Público rindió al Servicio Electoral gastos irregulares: trabajos publicitarios de la empresa Conosur Research de Cristián Warner, que en teoría eran triangulaciones para pagarle al publicista brasilero José Cavalcanti de Mendoca, y se cuestionó el uso de un avión facilitado por la empresa OAS en su campaña.
Warner fue condenado por delito tributario, pero Chong sufrió un revés cuando buscó condenar a MEO: fue absuelto en un fallo de más de 400 páginas, 10 semanas de juicio y ocho años de investigación, pues "el despliegue de la fase probatoria evidenció ciertas falencias" para acreditar la acusación, como señaló el fallo. ¿Rendición maliciosa de gastos? "Los elementos de convicción aportados no resultaron suficientes para tener por sentado esto en los términos que exige una decisión de condena", concluyeron los jueces.
Agregaron que para el tribunal fue "imposible" obviar las imprecisiones y la falta de elementos de corroboración y pruebas del caso, "pues aquello es impracticable en este sistema acusatorio en que el acusado se presume inocente en tanto no se demuestre a través de prueba precisa y concordante que el hecho propuesto por el persecutor ha ocurrido". ¿Quién fiscaliza a los fiscales? MEO recurrió a un defensor público para el juicio. Y el tema lo tomó quien ejereció como defensor regional Octavio Sufán, hoy ya privatizado.
Y desde esa experiencia enfatiza que por ejemplo en el caso de MEO, "más allá del reproche público, no he visto ningún indicio de análisis ni de autocrítica respecto de los fiscales, que de las dos causas por financiamiento ilegal de la política, en ambas ha resultado finalmente inocente". El exdefensor público cree que para los fiscales, que tienen el monopolio de la persecución penal, es más fácil "echarles la culpa a los jueces.
Cuando tienen un mal caso, los fiscales, en vez de tomar la decisión autónoma y asumir de frente que no tienen un buen caso, prefieren llevarlo a juicio con todo el costo que eso significa para el sistema penal, para la persona, con todos los gastos económicos que eso significa, para después, finalmente, ante una absolución, decir, 'bueno, el tribunal fue el queresolvió" y finalmente los ojos, las miradas y las críticas apuntan al Poder Judicial". -¿Existe sesgo político a su juicio? -Hay uno que es evidente, el primero de todos, y es que Marco Enrique Ominami es el único candidato presidencial o el Jueces absuelven a Zamora: "Versiones tan contradictorias que ni fiscalía pudo sostener acusación" Alas 09:50 horas llegó el excabo Sebastián Zamora a las inmediaciones del Centro de Justicia junto a sus abogados Alejandro Peña y Vinko Fodich. Como de costumbre en estas cinco semanas de juicio pasó a un local cercano a tomar un café. Los abogados han comentado que se trata de una cábala cumplida religiosamente. Lo espera una sala llena del Cuarto Tribunal Oral de Santiago. Al padre de Zamora, que lo ha acompañado todos los días del juicio, se sumó la diputada Chiara Barchiesi y Agustín Romero del partido Republicano. También llegó el excarabinero Claudio Crespo, quien se enfrentará a la fiscal Ximena Chong en el juicio por el caso del diseñador Gustavo Gatica en agosto.
La lectura del veredicto llega luego de que el Ministerio Público y la defensa entregaran sus pruebas al tribunal y una serie de testigos, que en el caso del MP, no afirmaron nunca los 1 Elexcabo Zamora se fi abraza con sus familiares al recibir el fallo que lo absolvió. Tras el vidrio, observa la persecutora, único candidato político que ha ido a una elección, respecto del cual se le ha perseguido directamente la responsabilidad por el gasto electoral.
A todos los demás, Sebastián Piñera, Michelle Bachelet, o quien tú quieras pensar, a todos los demás se le ha atribuido la responsabilidad al administrador electoral y eso es claramente un sesgo, porque fueron investigaciones paralelas, coetáneas. ¿Por qué a Marco sí y a Bachelet no? ¿ Por qué a Marco sí y a Piñera no? Esa pregunta solo la puede responder la fiscalía". La exministra Soledad Alvear -quien impulsó el nuevo sistema procesal penal en Chile a fines de los 90 añade en términos generales que es "importante que todos los órganos públicos sean fiscalizahechos del núcleo de su acusación: que Zamora impulsó al adolescente Anthony (hoy de 20 años) por sobre la baranda del Puente Pío Nono, lo que hizo que cayera a 7.4 metros de altura al río Mapocho. Lo anterior, pese a que en los alegatos de clausura del juicio, el fiscal Marcelo Carrasco indicara al tribunal que la fiscalía nunca fundó su acusación en que Zamora empujó a la víctima. Minutos antes de la lectura del veredicto, los familiares de Zamora se veían nerviosos, se tomaron de la mano y esperaron el fallo. Allas 10:27 ingresaron los tres jueces: Patricia Brundl, Claudia Morgado y Erick Aravena.
Los reparos de los jueces a la investigación La jueza Patricia Brundl, luego de más de una hora de lectura, dijo que por unanimidad del tribunal, descartaban todos los delitos: homicidio frusban todos los delitos: homicidio frusdos. Soy partidaria que puedan ser acusados constitucionalmente.
El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los Ministros de la Corte Suprema pueden serlo acusados, ¿por qué el Fiscal Nacional y Regionales están excluidos?" El exfiscal Carlos Gajardo ante la queja de quién fiscaliza el trabajo de los fiscales, plantea que "lo relevante es mejorarla gestión de la fiscalía y debieran existir mejores mecanismos de reclamo de las decisiones al interior del Ministerio Público, lo que hoy es un déficit". Tiempos complejos: mejor preparación Pero no todo es fácilmente achacable al desempeño delos fiscales. La pandemia trado simple y apremios ilegítimos.
Para los magistrados, ningún funcionario de la Brigada de DD.HH. de la PDI pudo sostener lo que se afirmó en la acusación fiscal. ¿Hubo agarre o empuje? El tribunal fue claro al decir que hubo una interacción, pero que no se puede entender que en ella hubo un impulso o dolo homicida del acusado.
Los jueces dejaron establecido también que no quedó claro en qué acción se puede sostener un "dolo eventual", como lo dijeron los querellantes. "Agarrar es opuesto a empujar o impulsar", dijo la jueza y agregó que no se podía acusar a alguien de una acción homicida por el simple hecho de colisionar con otra persona.
Un punto de encuentro, que es lo que ocurrió, dijo la jueza Brundl, carece de argumentos para imputar un dolo homicida. "Las versiones son tan contradictorias que ni la propia fiscalía pudo sostener la acusación inicial, ni siquiera en los alegatos de clausura", agregó.
En el veredicto se dijo además que no fue posible determinar un ánimo del acusado en los hechos. "Los indicios en los que la fiscalía funda el dolo, no son tales". También se descartó la acusación del INDH del delito de apremios ilegítimos.
Al término de la lectura los familiares de Zamora lloraron abrazados y su padre, quien estuvo detrás de él las cinco semanas del juicio, se encorvó en su asiento y lloró junto a su pareja. dejó una carga de trabajo que se arrastra y que aún impacta en el quehacer judicial. Y qué hablar de las nuevas formas delictuales que han explotado en Chile, asociadas con el crimen organizado.
Por ello, para Alvear -para quien es fundamental "que tengamos buenas investigaciones, pruebas judiciales, celeridad y juicios eficientes" "sin duda se requieren más recursos y mayor especialización en la preparación de los fiscales por los nuevos delitos que han llegado a Chile". "Es imprescindible la celeridad de los procesos. Era uno de los objetivos que persiguió el nuevo sistema. Es necesario revisar que está ocurriendo", refuerza. Gajardo coincide en que la sobrecarga actual de las fiscalías "ha provocado un retardo importante en la resolución de los casos, que genera resultados tardíos e insatisfactorios.
Debe ser una preocupación permanente de la fiscalía mejorar la gestión, pero es imperioso fortalecer a la fiscalía especialmente por la mayor complejidad de los delitos vinculados al crimen organizado". Por lo demás, enfatiza que causas complejas, como las políticas, "se demoraron excesivamente porque la propia política torpedeó la tramitación de los casos"". casos"". casos""..