NARI TECHNOLOGY CO., LTD., AGENCIA EN CHILE 59.303.840-8
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.351 Sábado 17 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2756854 EXTRACTO MARY CARMEN ENCINA LORCA, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, certifica que por escritura pública de fecha 08 de enero de 2026, Repertorio número 545-26, ante doña Susana Belmonte Aguirre, Notario Público Titular, compareció el señor QIU PENG, de nacionalidad china, cédula de identidad extranjero número veintiocho millones trescientos trece mil setecientos treinta y tres guion tres, con domicilio en la ciudad de Santiago, República de Chile, quien concurre en su carácter de Agente en Chile y en representación, según se acreditará, de NARI TECHNOLOGY CO., LTD., entidad con personalidad jurídica válidamente constituida y vigente según las leyes de la República Popular China, con domicilio en el Edificio Dos, número diecinueve de la Avenida Chengxin, Zona de Desarrollo Económico y Tecnológico de Jiangning, Municipio de Nanjing, República Popular China, inscrita en el Registro Mercantil y de Sociedades bajo el número nueve uno tres dos cero uno nueve uno siete dos seis cero siete nueve tres ocho siete X, domiciliado para estos efectos en calle Santa Beatriz número ciento once, oficina ochocientos seis, comuna de Providencia, Región Metropolitana, el compareciente mayor de endad, quien acredita su identidad con el documento antes citado, efectuó una declaración de agente a propósito de la renovación de sus poderes, los que se encontraban próximos a vencer y fueron renovados, modificando asimismo el objeto en ciertos aspectos, en el siguiente sentido: “TERCERO: DECLARACIÓN DE AGENTE.
Que debidamente facultado por la compañía NARI TECHNOLOGY CO., LTD., el señor QIU PENG, ya individualizado, viene en asumir la representación y calidad de Agente en Chile de dicha Sociedad y, en consecuencia, de la Agencia ya constituida en Chile denominada “NARI TECHNOLOGY CO., LTD., AGENCIA EN CHILE”, Rol Único Tributario número cincuenta y nueve millones trescientos tres mil ochocientos cuarenta guion ocho, con arreglo a lo dispuesto en los artículos cuatrocientos cuarenta y siete y siguientes del Código de Comercio, y ciento veintiuno y siguientes de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, efectuando al efecto las siguientes declaraciones: (a) Nombre: Desde su constitución la Agencia ha funcionado bajo el nombre "NARI TECHNOLOGY CO., LTD., AGENCIA EN CHILE". (b) Objeto: El objeto de la Agencia es la investigación científica y desarrollo tecnológico, venta, consulta técnica, servicio técnico de equipos y sistemas de energía eléctrica, equipos de transmisión y distribución y control de energía eléctrica, sistemas y equipos de carga y sustitución eléctrica de vehículos eléctricos, sistemas y equipos de gestión y control de energías integradas, sistemas y equipos de robot y vehículo aéreo no tripulado, sistemas y equipos de iluminación inteligente, sistemas y equipos informáticos, equipos de recursos hídricos y asuntos hídricos, así como conservación de la energía y protección ambiental, sistemas y dispositivos de control automáticos industriales, sistemas de control de tránsito ferroviario, sistemas y equipos de señal, equipos de inteligencia artificial y fabricación inteligente, software y hardware de computadora y equipos periféricos, equipos de comunicación, instrumentaciones, productos electrónicos e informáticos, motores, fuentes de alimentación industriales, productos de navegación satelital; desarrollo tecnológico, transferencia tecnológica, consulta técnica, servicio técnico de ingeniería eléctrica, automatización, gestión y control de energía, comunicación informática, seguridad informática, recursos hídricos, protección ambiental, tránsito ferroviario, control industrial; diseño, contrucción, consulta técnica, servicio técnico de obras electromecánicas, obras de energía eléctrica, obras de seguridad, obras inteligentes de edificación, obras de ahorro de energía y protección ambiental, obras de recursos hídricos y energía hidroeléctrica; servicios de integración de sistemas computacionales, integración de sistemas informáticos; instalación y servicio de equipos de electrificación ferroviaria; construcción y servicio de instalaciones de carga y sustitución eléctrica de vehículos eléctricos; construcción, operación de proyectos de energías nuevas, energías distribuidas, almacenamiento Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2756854 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.351 Sábado 17 de Enero de 2026 Página 2 de 2 de energía; producción, venta y operación de energías tales como electricidad, calor y frío, etc. ; funcionamiento y mantenimiento de equipos, instalaciones y sistemas de energía eléctrica, energía, protección ambiental; gestión de energía contractual; capacitación de habilidades profesionales; servicios de programación de software de computadora; arrendamiento de equipos propios; arrendamiento de viviendas propias; auto-gestión y agencia de negocios de importación y exportación de todo tipo de mercancías y tecnologías; contratación de proyectos de obras fuera del territorio. (c) Conocimiento de la legislación: La sociedad conoce la legislación chilena y los reglamentos por los cuales habrá de regirse en el país su Agencia, actos, contratos y obligaciones. (d) Bienes afectos a las leyes chilenas: Los bienes de la sociedad quedan afectos a las Leyes Chilenas especialmente para responder de las obligaciones que ella haya de cumplir en Chile. (e) Bienes realizables: La sociedad se obliga a mantener en Chile bienes de fácil realización para atender las obligaciones que hayan de cumplirse en el país. (f) Capital: El capital efectivo que la sociedad radicará en el país para el giro de sus operaciones será el equivalente a cincuenta y cuatro millones ochocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos pesos, el que se enterará en el plazo máximo de tres años en las arcas sociales de la Agencia.
Dicha cantidad se ingresará al país al amparo de la ley número veinte mil ochocientos cuarenta y ocho o de las normas contenidas en el Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambios Internacionales del Banco Central de Chile, o por medio de cualquier otro mecanismo idóneo que regule la inversión extranjera en Chile el día de su ingreso efectivo al país. (g) Domicilio: El domicilio principal de la Agencia en Chile será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que puedan abrirse oficinas o sucursales en cualquier otro punto del país.
La personería del señor QIU PENG para desempeñarse como Agente de la sociedad NARI TECHNOLOGY CO., LTD., consta del poder general otorgado por la misma sociedad en la ciudad de Nanjing, República Popular China, con fecha doce de diciembre del año dos mil veinticinco, que cuenta con la firma autorizada del señor Zheng Zongqiang ante el Notario del Municipio de Nanjing el señor Liu Qing, el día diecinueve de diciembre de dos mil veinticinco, el que debidamente apostillado fue protocolizado en la Undécima Notaría de Santiago de doña Susana Belmonte Aguirre con fecha 08 de enero del año 2026, bajo el repertorio número 192.056 del mismo año. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de enero de 2026. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2756854 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl