Entrada en vigor del Decreto Supremo 44: ¿Qué implica esta nueva normativa laboral?
Entrada en vigor del Decreto Supremo 44: ¿ Qué implica esta nueva normativa laboral? www.achs.cl Entrada en vigor del Decreto Supremo 44: ¿ Qué implica esta nueva normativa laboral? Hoy comienza a regir esta norma, que consolida, integra y agrega nuevas obligaciones a los empleadores en gestión de riesgos y salud en el trabajo.
F. ". El 1? de febrero de 2025 es el plazo oficial para la entrada en vigor del Decreto Supremo N* 44/2023 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, orientado a minimizar los riesgos laborales en los lugares de trabajo.
La normativa establece como principal obligación para el empleador, tomar medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de las y los trabajadores. "Este decreto viene a regular y centralizar en un mismo cuerpo legal varios de los requisitos en términos de gestión del riesgo", señala E d == PunBas ap eua]1y) U9IDeposy :s0J04 == Me Jaime Droguett, subgerente de Diseño de Servicios Preventivos de la Achs. En este nuevo escenario las organizaciones tendrán que abordar obligatoriamente: A.
Organización preventiva de la entidad empleadora y sus lugares detrabajo, implementando un Departamento de Prevención de Riesgos, Encargado de Prevención de Riesgos Laborales, Comités Paritarios de Higiene y Seguridad y/o Delegado de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), según corresponda. E B. Sistemas de gestión de SST, sistematizando una estructura base, dependiendo de sila organización supera o no los 25 trabajadores. C. Información, formación y capacitación de las personas trabajadoras, estableciendo acciones de información y capacitación respecto a riesgos de SST. D. Gestión de la prevención de riesgos en los lugares de trabajo, estableciendo elementos mínimos de gestión preventiva. E. Plan de gestión de riesgos de emergencias, catástrofes o desastres en los lugares de trabajo, contando con una o más hojas de ruta para la reducción y respuesta de los riesgos en estas contingencias. F. Reglamentos internos de higiene y seguridad, indicando la estructura que deben contener estos reglamentos. G. Mapas de riesgos, estableciendo su exigibilidad, contenido y visibilidad. "Como Achs reafirmamos nuestro compromiso con las organizaciones, ofreciendo apoyo técnico, capacitaciones y herramientas prácticas para facilitar la comprensión e implementación de las exigencias. Nuestro objetivo es acompañar a las empresas de todos los tamaños en este proceso, promoviendo una transición informada y ordenada hacia los estándares establecidos en esta nueva normativa", añade Droguett. Jaime Droguett, subgerente de Diseño de Servicios Preventivos de la Achs. Conoce más en https: //www.achs.cl/decreto-44/ *Las mutualidades de empleadores son fiscalizadas por la Superintendencia de Seguridad Social (www.suseso.cl). Social (www.suseso.cl)..