Decreto número 56, de 2024.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Edificio del Servicio Médico Legal, comuna de Independencia, Región Metropolitana
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.030 Sábado 21 de Diciembre de 2024 Página 1 de 5 Normas Generales CVE 2585142 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL EDIFICIO DEL SERVICIO MÉDICO LEGAL, COMUNA DE INDEPENDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA Núm. 56. - Santiago, 19 de noviembre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3º Nº 25 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el acta de sesión ordinaria de fecha 25 de septiembre de 2024, del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1.
Que, se han recibido dos solicitudes respecto de la declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Edificio del Servicio Médico Legal, comuna de Independencia, Región Metropolitana: De fecha 20 de octubre de 2021, mediante carta de las Sras. Alicia Campos y Natalia Valencia. De fecha 25 de febrero de 2022, mediante carta del Dr. Gabriel Zamora, Director Nacional del Servicio Médico Legal. Antecedentes generales 2.
Que, el edificio del Servicio Médico Legal (SML) se ubica en Avenida La Paz Nº 1012, en el límite oriente de la comuna de Independencia, al norte del Río Mapocho, al poniente del Cerro Blanco y colindante con el límite sur del Monumento Histórico Casco Histórico del Cementerio General. Fue construido entre los años 1915 y 1930 y su uso como equipamiento relacionado al área de la salud, se ha mantenido desde su concepción hasta la actualidad. El sistema constructivo predominante de este bien es de muros y losas de hormigón armado. El bien se encuentra protegido como Inmueble de Conservación Histórica. Antecedentes históricos 3. Que, dentro de los antecedentes históricos en torno al edificio del Servicio Médico Legal destaca la crisis de salubridad durante el siglo XIX.
Estas condiciones generaron la consolidación del discurso higienista y la preocupación de diversos actores de la sociedad, lo que se materializó Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585142 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.030 Sábado 21 de Diciembre de 2024 Página 2 de 5 en una voluntad estatal por asegurar las condiciones de salubridad e higiene para la población.
Es así como se dicta el primer Código Sanitario de Chile en 1918 y con medidas como el decreto Nº 1.851 de 1915, se reglamentan los servicios de la Morgue en Santiago y se designa al Profesor Dr. Carlos Ybar como director del naciente Instituto Médico Legal. En 1926 se inauguraron las primeras dos secciones del edificio del Servicio Médico Legal, correspondiente a los pabellones de autopsias y refrigeración de cadáver. En 1960 la institución fue rebautizada como Servicio Médico Legal y pasa a depender del Ministerio de Justicia. 4. Que, en el contexto de las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, se generaron vulneraciones y omisiones en los procesos posteriores a los decesos de los detenidos. Este período se vio marcado por la negación sistemática al hecho de la detención, tortura e inhumación a las familias de los desaparecidos.
Posteriormente, con el retorno a la democracia se creó el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, con la finalidad de resolver los casos pendientes de identificación, con lo que el Servicio Médico Legal colaboró de manera activa. Hoy en día el Servicio Médico Legal forma parte del Plan Nacional de Búsqueda. Antecedentes urbanos 5.
Que, el sector reconocido como La Chimba, localizado en la ribera norte del Río Mapocho, se caracterizó por ser un sector aislado del centro fundacional, un tanto descuidado y marcado por la presencia de establecimientos religiosos y su actividad agrícola hasta muy avanzado el siglo XIX. La creación del Cementerio General en 1821 vino a cumplir con un nuevo ideal sanitario por parte de las políticas estatales higienistas, construyéndose a las afueras de la ciudad. Su implementación hizo que prontamente este sector se transformara en un área de servicios orientados a la salud. Antecedentes arquitectónicos 6. Que, el pabellón de autopsias, el de tanatología y el pabellón administrativo se encuentran distribuidos de forma lineal, conectados entre sí a través de un recorrido central. De esta manera se genera una configuración espacial en la que convergen los criterios científicos, higiénicos y funcionales. Cabe destacar que, durante el transcurso de los años, el edificio ha sido ampliado en distintas secciones, especialmente entre el periodo de 1950 y 1990.7. Que, el pabellón de autopsias fue el primer volumen que se construyó. En él destaca su exterior con ornamentación con elementos neoclásicos y su interior que alberga el auditorio de autopsias Tomás Tobar. De este recinto se mantienen los suelos originales de las gradas y sus respectivas barandas con un plano inclinado que permite al espectador la toma de apuntes. Este pabellón presenta un buen estado de conservación general, sin embargo, se han realizado intervenciones en cielos, muros y ampliaciones en la fachada sur y cubierta. 8. Que, el pabellón de tanatología está ubicado al poniente del conjunto y fue el segundo volumen en ser construido. Su diseño presenta muros de hormigón armado con grandes ventanas, revestimientos de baldosas y cerámicos en los muros, en concordancia con los principios higienistas de finales del siglo XIX.
Esta área considera oficinas administrativas para la gestión de cuerpos, oficinas técnicas, salas para el tratamiento de los fallecidos, recintos para la llegada y peritaje inicial de los cuerpos, así como espacios para servicios y funcionarios. Este pabellón presenta un buen estado de conservación, al cual se le han realizado ampliaciones en el segundo nivel, adosadas hacia el límite predial poniente. 9. Que, el pabellón de administración consta de un volumen longitudinal de dos pisos sobre un zócalo, con orientación norte-sur, paralelo a Avenida La Paz.
Con una expresión de líneas simples, en él se evidencia un sentido racionalista y elementos formales del estilo art-deco, cuyo influjo se desarrolla a partir de 1925, diferenciándose así de la expresión arquitectónica de los otros pabellones. Esta área posee un hall central con terminaciones interiores en mármol para el hall, escalera de acceso, principal y secundarias, muros y cielos enlucidos en yeso con aristas redondeados. Así también contiene el auditorio central, el archivo judicial y un museo en el primer nivel. 10.
Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: La creación del Servicio Médico Legal (originalmente Instituto Médico Legal) en las primeras décadas del siglo XX se inscribe en un periodo de modernización institucional que, a través de una serie de reformas en el Estado, permitió enfrentar los desafíos político-sociales del nuevo siglo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585142 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.030 Sábado 21 de Diciembre de 2024 Página 3 de 5 Desde sus inicios, el Servicio Médico Legal se ha constituido como una entidad intrínsecamente vinculada a la docencia, la investigación y la difusión de los conocimientos y las prácticas médico-forenses. Fue emplazado en el sector conocido como "La Chimba", al norte del río Mapocho, zona que, desde la instalación del Cementerio General, fue consolidando una clara impronta sanitaria. Se inscribe en la manzana comprendida entre la Avenida La Paz, calles Santos Dumont, Profesor Zañartu y Avenida Independencia. Su arquitectura refleja un proceso histórico de transición y cambio de los paradigmas del diseño estatal, expresándose en criterios formales y materiales. Los dos primeros pabellones, de autopsias y tanatología, construidos entre 1915 y 1926, tienen características neoclásicas más tradicionales. El pabellón de administración, finalizado en 1930, que constituye la fachada principal del edificio, tiene una expresión formal art-déco más cercana al racionalismo. La labor del Servicio Médico Legal refleja algunos de los procesos y acontecimientos más importantes de la historia reciente del país.
Las fotografías que muestran en su fachada a familiares de víctimas de la persecución, represión, asesinato y desaparición por parte del Estado, en el período 1973-1990, han quedado inscritas en la memoria de la sociedad como un testimonio de la violación de derechos humanos. Desde la década de 1990, su actividad pericial materializa una voluntad por perfeccionar la práctica médico-forense para contribuir en los procesos judiciales vinculados a la búsqueda de verdad, justicia y reparación. Actualmente cuenta con espacios y personal destinados especialmente al esclarecimiento de situaciones de vulneración de derechos humanos perpetradas durante la dictadura. 11. Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: Generales Distribución espacial en base a 3 pabellones continuos, ordenados de forma axial. Ornamentación art-déco presente en detalles y líneas geométricas en distintos espacios del edificio. Zócalo habitable en todos los pabellones.
Pabellón de Autopsias: Ubicado en el tramo central del conjunto, cuya fachada posee ornamentación neoclásica sencilla, materializada en la coronación de sus pilastras y cornisas en primer nivel y piso zócalo con ventanas de arco rebajado. Auditorio Profesor Dr. Tomás Tobar Pinochet, con gradas perimetrales, distribuidas en cinco niveles y sus respectivas barandas metálicas coronadas con un plano inclinado para la toma de apuntes. Sala de autopsias, ubicada en el sector norponiente del pabellón, con un nivel de graderías e iluminación natural, la cual se encuentra revestida en la mitad del muro inferior con azulejos de tonalidad verde nilo.
Pabellón de Tanatología: Ubicado en el tramo poniente del conjunto, cuya fachada posee ornamentación neoclásica sencilla, materializada en la coronación de sus pilastras y cornisas en primer nivel, sumado al piso zócalo con ventanas de arco rebajado que conservan sus protecciones metálicas originales. Acceso diferenciado en fachada sur a piso zócalo para el recinto de identificación de cuerpos. Este posee una cubierta de fierro forjado. Pabellón de Administración: Compone la fachada principal. Se caracteriza por su juego volumétrico en el exterior con elementos formales de estilo art-déco, piso zócalo con vanos de sección semi hexagonal. En Hall central, escalera principal de mármol y tragaluz superior. El revestimiento de sus muros y cielos posee aristas redondeadas en terminaciones. Auditorio Central, dispuesto en gradas con butacas y circulación perimetral. Los muros presentan ornamentación simple en forma de almohadillado. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585142 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.030 Sábado 21 de Diciembre de 2024 Página 4 de 5 Pórtico de acceso al edificio, ubicado en Av. La Paz, donde los familiares de detenidos, desaparecidos y ejecutados políticos se aglomeraban pidiendo información. 12. Que, se consultó la opinión de la Subsecretaría de Justicia, en su calidad de propietaria del bien inmueble no existiendo respuesta hasta la fecha. Junto con ello, se remitieron consultas de opinión a las siguientes personas y con las siguientes respuestas: i. Sra. Daniela Quintanilla, Subsecretaria de Derechos Humanos, que, mediante oficio Ord. Nº 764 del 13 de septiembre de 2024, manifestó su opinión favorable a la declaratoria. ii. Sra. Marisol Prado Villegas, Directora Nacional del Servicio Médico Legal, que, mediante oficio Ord. Nº 3.621 del 20 de agosto de 2024, manifestó su opinión favorable a la declaratoria. iii. Sra. Carola Rivero Canales, Alcaldesa de Independencia, que, mediante oficio Ord. Nº 835 del 24 de septiembre de 2024, manifestó su opinión favorable a la declaratoria. 13.
Que, en sesión ordinaria de fecha 25 de septiembre de 2024, el Consejo de Monumentos Nacionales, por 15 votos favorables y de manera unánime, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Edificio del Servicio Médico Legal, comuna de Independencia, Región Metropolitana, incorporando a dicho decreto el plano de límites oficial Nº 24-2024.
Decreto: Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, el Edificio del Servicio Médico Legal, comuna de Independencia, Región Metropolitana, individualizado y graficado según plano de límites oficial Nº 24-2024, el cual se 2 adjunta, estableciendo un área protegida de 5.406 m, en los siguientes términos: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585142 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3º Nº 30 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Edificio del Servicio Médico Legal, comuna de Independencia, Región Metropolitana, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el Nº 4 del artículo 30 de la ley Nº 21.045. Anótese, tómese razón y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585142 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl