Resolución exenta número 219, de 2025.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en tramo y vía que indica de la comuna de Caldera, Región de Atacama
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.176 Martes 17 de Junio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2659413 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, EN TRAMO Y VÍA QUE INDICA DE LA COMUNA DE CALDERA, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 219 exenta. - Copiapó, 4 de junio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.059 ; en los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; en las resoluciones N 39, de 1992 y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en la solicitud de prohibición de circulación de vehículos, de fecha 23 de abril de 2025, y antecedentes presentados por la empresa “Sociedad Constructora e Inmobiliaria Scola y Scola Ltda.
”, RUT: 77.992.050-K; en correo electrónico de fecha 27 de mayo de 2025; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud de “Prohibición de Circulación”, de fecha 23 de abril de 2025, recepcionado en la Secretaría Regional Ministerial de la Región de Atacama vía correo electrónico de fecha 27 de mayo de 2025, la “Sociedad Constructora e Inmobiliaria Scola y Scola Limitada”, RUT: 77.992.050-K, representada legalmente por don Marcelo Giovanni Scola Garín y don Gastón André Scola Garín, solicitó, en el contexto de la ejecución de las obras de conexión de alcantarillado de la obra “Construcción 151 Viviendas Sociales, Caldera”, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, a calzada completa, en todo horario, desde el 27 de mayo de 2025, hasta el 11 de agosto de 2025, en la siguiente vía de la comuna de Caldera: - Calle Blanco Encalada a calzada completa, desde avenida Canal Beagle, hasta calle Estación San Pedro. 2.
Que, el solicitante funda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: a) Plan de Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para los trabajos en la vía (mayo de 2025). b) Certificado favorable N 23, de 27 de mayo de 2025, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Caldera. 3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2659413 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, el DFL N 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: “Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente.”. “El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda.”. 5.
Que en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados a calzada completa, en todo horario, hasta el 17 de julio de 2025, en la siguiente vía de la comuna de Caldera: - Calle Blanco Encalada a calzada completa, desde avenida Canal Beagle, hasta calle Estación San Pedro. 2. En el tramo señalado, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el Resuelvo Nº 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de transporte público no serán afectados por la medida. 4.
El responsable a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el período de cierre de las calles en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía”, Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ( www.conaset.cl ), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Carla Orrego Esquivel, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2659413 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl