CENTRAL FRUT SpA 76.721.967-9*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.113 Lunes 31 de Marzo de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2628292 EXTRACTO LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la 8 Notaria de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha diecisiete de marzo de 2025, otorgada ante mí, comparecen: doña Maria Carolina Del Sagrado Corazon Toro Correa, chilena, casada, empresaria, cédula de identidad número siete millones veinticuatro mil trescientos sesenta y nueve guion cinco, doña Carolina Maria Urzua Toro, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad número diecisiete millones quinientos noventa y siete mil doscientos cuatro guion ocho, don Gastón Jaime Urzua Leon, chileno, casado, empresario, cédula de identidad número diez millones doscientos diecinueve mil ciento ocho guion cero, don Gastón Enrique Urzua Toro, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número diecisiete millones novecientos cincuenta y nueve mil ciento noventa y cinco guion dos, don Sebastian Urzua Toro, chileno, soltero, empresario, cédula de identidad número dieciocho millones setecientos sesenta y nueve mil doscientos setenta y cuatro guion uno, y doña Maria Inés Urzua Toro, chilena, soltera, empresaria, cédula de identidad número diecinueve millones novecientos sesenta y un mil doscientos sesenta guion tres, todos domiciliados en Lote seis, parque Los Caros, comuna de Romeral, región del Maule, quienes celebran junta de accionistas de la sociedad "CENTRAL FRUT SpA”, rol único tributario número setenta y seis millones setecientos veintiun mil novecientos sesenta y siete guion nueve, constituida según escritura pública de fecha veintidós de febrero de dos mil diecisiete, otorgada ante notario público don René León Manieu, cuyo extracto quedó inscrito a fojas cuatrocientos veintinueve, número ciento noventa y tres del Registro de Comercio del año dos mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de Curicó y publicado en el Diario Oficial de fecha veintisiete de febrero de dos mil diecisiete en la edición número cuarenta y un mil seiscientos noventa y cinco.
El Capital social es de un millón de pesos, con el objeto de transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada denominada “CENTRAL FRUT LIMITADA” o nombre de fantasía “Central Frut Ltda” que se regirá por las disposiciones pertinentes de los Códigos Civil y de Comercio, por la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores y, por los estatutos. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Romeral, región del Maule, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se acuerde establecer en otros lugares del país o del extranjero.
La Sociedad tendrá por objeto: La comercialización, compra y venta de frutas en estado fresco, deshidratado y congelado, tanto en el mercado interno o local como en la importación y exportación de frutas y todos sus derivados, como jugos, productos congelados y deshidratados, secos, además de semillas, almácigos, plantas, clones, árboles frutales, como también comercialización de aceites esenciales, aceites comestibles, vinos y sus derivados tanto a granel como envasado, entre otros. Podrá también realizar asesorías, consultorías y estudios en lo relacionado con la actividad frutícola y comercial.
Explotación de instalaciones frutícolas, packings, frigoríficos y otros por cuenta propia o ajena, desarrollo de viveros y planteles frutales; La compraventa, importación y exportación de vehículos, herramientas, maquinarias, útiles, implementos, materias de embalaje, tales como cajas, bolsas, generadores y otros relacionados al embalaje de la fruta, en todas sus formas existentes. Administración y gestión de packing y frigoríficos como también labores de cosecha, embalaje de fruta propia o de terceros, como todo lo relacionado con la actividad productiva y comercialización, compraventa e industrialización de la fruta.
Administrar, ceder, comprar, gestionar, arrendar, vender, enajenar todo tipo de muebles, inmuebles, establecimientos e infraestructuras para la adecuada prestación de cualquiera de los servicios propios y de terceros que son objeto de esta sociedad, pudiendo incluso tomar participación en otras sociedades; o lo esté en el futuro y cualquier otro negocio o actividad que estipularen o acuerden los socios, pudiendo desarrollar todas las actividades antes descritas por cuenta propia o terceros y todo otro que acuerden los socios. La duración de la sociedad será indefinitiva.
El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios suscriben y pagan al contado de la siguiente Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2628292 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.113 Lunes 31 de Marzo de 2025 Página 2 de 2 manera: a) Don Sebastian Urzúa Toro suscribe y paga el cuarenta por ciento del capital, esto es la suma de cuatrocientos mil pesos, que paga mediante sus acciones en la sociedad que se transformó y que se encuentran debidamente pagadas y enteradas al haber social. b) Don Gastón Jaime Urzúa León suscribe y paga el treinta por ciento del capital, esto es la suma de trescientos mil pesos, que paga mediante sus acciones en la sociedad que se transformó y que se encuentran debidamente pagadas y enteradas al haber social; c) Doña Carolina Maria Urzúa Toro suscribe y paga un diez por ciento del capital, esto es la suma de cien mil pesos, que paga mediante sus acciones en la sociedad que se transformó y que se encuentran debidamente pagadas y enteradas al haber social; d) Don Gastón Enrique Urzúa Toro suscribe y paga un diez por ciento del capital, esto es la suma de cien mil pesos, que paga mediante sus acciones en la sociedad que se transformó y que se encuentran debidamente pagadas y enteradas al haber social; y e) Doña Maria Ines Urzúa Toro suscribe y paga un diez por ciento del capital, esto es la suma de cien mil pesos, que paga mediante sus acciones en la sociedad que se transformó y que se encuentran debidamente pagadas y enteradas al haber social. Como consecuencia de lo anterior el capital de la sociedad queda íntegramente suscrito y pagado.
La administración y representación de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, indistintamente, a don SEBASTIAN URZÚA TORO y a don GASTÓN ENRIQUE URZÚA TORO, quienes actuarán de manera indistinta, con las facultades que se señalan en la escritura. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de marzo de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2628292 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl