Extracto de resolución exenta número 202405001175, de 2024.- Inicia proceso de participación ciudadana en la Declaración de Impacto Ambiental: Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Viña del Mar
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.968 Martes 8 de Octubre de 2024 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2553888 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región de Valparaíso NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL:“AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO AEROPUERTO VIÑA DEL MAR” (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 bis de la ley N 19.300 y en el artículo 94 del DSN 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante resolución exenta N 202405001175, de fecha 24 de septiembre de 2024, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Valparaíso, ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeropuerto Viña del Mar", el que estaría emplazado en la comuna de Concón, cuyo titular es el Ministerio de Obras Públicas.
Que, conforme a la descripción del proyecto, la tipología en virtud de la cual ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), corresponde a aquellas contempladas en la letra e) del artículo 10 de la ley N 19.300 y del artículo 3 del Reglamento del SEIA DSN 40/2012, que dispone: "Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas. ", especificamente, lo indicado en el literal e. 1) "Se entenderá por aeropuerto el aeródromo público que se encuentra habilitado para la salida y llegada de aeronaves en vuelos internacionales.
Se entenderá por aeródromo toda área delimitada, terrestre o acuática, habilitada por la autoridad aeronáutica y destinada a la llegada, salida y maniobra de aeronaves en la superficie". El Proyecto produciría carga ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94 del DSN 40/2012, ya que generaría beneficios sociales y ocasionaría externalidades ambientales negativas en localidades próximas a su emplazamiento, durante su construcción y operación.
Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al Proyecto, según lo dispuesto en el artículo 95 del DSN 40/2012, y tendrá un plazo legal para efectuarlas ante la Dirección Regional del SEA, de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente publicación. Las observaciones deberán formularse por escrito, contener sus fundamentos y referirse a la evaluación ambiental del Proyecto. El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: Dirección Regional del SEA, ubicada en calle Prat 827, oficina 301, Valparaíso. Sitio web: https://www.sea.gob.cl https://seia.sea.gob.cl/documentos/documento.php?idDocumento=2163320660 Paola La Rocca Mattar, Directora Regional Servicio de Evaluación AmbientalRegión de Valparaíso. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2553888 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl