De comprobarse, podrían ser delitos de DD.HH.: Suprema deja en justicia civil caso Putre
De comprobarse, podrían ser delitos de DD.HH. : Suprema deja en justicia civil caso Putre ra la competencia.
La resolución de la Corte Suprema establece que "no es admisible sostener que los hechos materia de la investigación sean de competencia de la justicia militar, por cuanto la naturaleza jurídica de aquellos excluye que sean conocidos por dicha jurisdicción, correspondiendo su conocimiento y juzgamiento al juez natural, que lo es el de la justicia ordinaria". Agrega que "se declara que el Juzgado de Garantía de Arica es competente para conocer de este asunto, al que deberán ser remitidos todos los antecedentes del "Estoy agradecida de que los ministros hayan determinado esta decisión". Con estas palabras, Romy Vargas, madre del fallecido conscripto Franco Vargas (19), valoró la resolución de la Segunda Sala de la Corte Suprema conocida ayer, que determinó que el caso Putre, donde se indaga el fallecimiento del joven durante la marcha de la Brigada "Huamachuco" en abril pasado, en la Región de Arica y Parinacota, quede en la justicia civil y no la militar.
En un fallo unánime, los ministros Andrea Muñoz (presidenta), Manuel Valderrama, Leopoldo Llanos, y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Juan Carlos Ferrada dieron fin a una controversia suscitada desde fines de mayo pasado, luego que el mismo máximo tribunal acogiera la orden de no innovar de la Fiscalía Militar, que se tradujo en que el Ministerio Público debió detener la indagatoria iniciada hasta que se resolvieproceso para continuar con su tramitación". Esto, aunque la misma Corte Suprema había designado a Jenny Book como ministra en visita del tribunal de alzada castrense para este caso. De hecho, la semana pasada, Book realizó diligencias en el norte del país, incluida la "reconstitución" de la muerte de Vargas, y tomó varias declaraciones.
Entre los argumentos para rechazar la pretensión de la Fiscalía Militar, así como del capitán del Ejército Michael Fritz (quien habría estado a cargo de la marcha de Putre), para que la causa quedara en la jurisdicción castrense estuvieron los tratados internacionales ratificados por Chile. "Esta Corte --menciona la sentencia-no puede desatender que los hechos atribuidos por los querellantes, por consistir en apremios ilegítimos atribuidos a empleados públicos ejerciendo sus funciones, de ser comprobados, podrían también ser considerados como constitutivos de tratos crueles, inhumanos o degradantes, ilícitos que forman parte del catálogo de delitos contra los Derechos Humanos, conforme al Derecho Internacional sobre la materia, y que son vinculantes para el Estado de Chile con arreglo al inciso 2 del artículo 5 de nuestra Carta Fundamental". El lunes, luego de varias dilaciones, se habían realizado los alegatos para debatir sobre si la indagatoria debía quedar en manos de la justicia militar o civil.
Por esta última, estaban el Ministerio Público y los querellantes, como el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), el abogado Sebastián Andrade en representación de la madre de Vargas, y Fernando Leal, en representación de tres exconscriptos. Consultado por el fallo, el fiscal regional de Arica Mario Carrera afirmó ayer que retomaría las diligencias. Dijo que se solicitaría la exhumación del cuerpo del conscripto y se haría una nueva reconstitución de escena. En ese sentido, deslizó una crítica: "Mantuvimos paralizada la investigación por orden de la Corte Suprema por más de un mes.
Eso es un tiempo, la verdad, bastante vital en investigaciones como esta". Por su parte, la directora del INDH, Consuelo Contreras, valoró el fallo, afirmando que hoy "los conscriptos que participaron en la marcha, la madre de Franco Vargas, podrán acceder a una justicia imparcial", esto porque, para el INDH el sistema de justicia militar tendría deficiencias.
Madre de joven fallecido dijo estar agradecida de la decisión De comprobarse, podrían ser delitos de DD.HH. : Suprema deja en justicia civil caso Putre MAXIMILIANO VEGA En fallo unánime, la corte determinó que el Juzgado de Garantía de Arica es el competente para conocer los antecedentes de la investigación por la muerte del conscripto Franco Vargas (19) durante la marcha.
La controversia se inició a fines de mayo pasado, luego que la Corte Suprema acogiera una orden de no innovar de la Fiscalía Militar. "No es admisible sostener que los hechos materia de la investigación sean de competencia de la justicia militar, (... ) correspondiendo su conocimiento y juzgamiento al juez natural, que lo es el de la justicia ordinaria". EXTRACTO DEL FALLO DE LA SEGUNDA SALA. - -