AVISO LICITACIONES: Resolución exenta número 2.483, de 2024.- Declara libre de Mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata W., el área regulada que indica. Brote El Sauce 7,2 Km
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.014 Martes 3 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2576742 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ) EL ÁREA REGULADA QUE INDICA. BROTE EL SAUCE 7,2 KM (Resolución) Núm. 2.483 exenta. - Quillota, 25 de noviembre de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; la ley N 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero y sus modificaciones posteriores; el decreto ley N 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución exenta N 3.513, de 1995, del Servicio Agrícola y Ganadero y sus posteriores modificaciones; la resolución exenta N 4.743, de 2020, del Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de emergencia; la resolución N 7 de la Contraloría General de la República que establece la exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N 648, de 2024 de la Dirección Regional de Valparaíso, que establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ), y las facultades que invisto como Directora Regional Subrogante del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en virtud de la resolución exenta RA N 240/834/2024, de fecha 15 de abril de 2024, de la Dirección Nacional del Servicio. Considerando: 1.
Que, mediante la resolución exenta N 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como “Mosca del Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied). 2. Que, con fecha 26 de marzo de 2024, se detectó la presencia de dos ejemplares hembras no inseminadas (adultos) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, lo que originó un brote. 3.
Que, en atención a lo anterior, la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, mediante la resolución exenta N 648 de 2024, establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ), en el radio de 7.2 km., que abarcó parcialmente a las comunas de Los Andes, San Esteban, Calle Larga y Santa María en la Región de Valparaíso. 4.
Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en estricta observancia del acto administrativo señalado anteriormente, ha dado cumplimiento a las medidas fitosanitarias respectivas, por un periodo equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de nuevas capturas. 5.
Que, conforme al modelo de días grados imperante, el día 24 de noviembre de 2024, se han cumplido los tres ciclos biológicos teóricos del insecto, desde su última detección, período requerido para declarar la erradicación de la plaga y suspender las regulaciones cuarentenarias en el área reglamentada de las comunas individualizadas en el considerando tercero del presente acto administrativo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2576742 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Declárase libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ) el área reglamentada que comprende el radio de 7.2 km., que abarcó parcialmente a las comunas de Los Andes, San Esteban, Santa María y Calle Larga en la Región de Valparaíso, suspendiéndose las medidas fitosanitarias de control y erradicación establecidas para tales efectos. 2.
Déjase sin efecto la resolución exenta N 648, del 2024, de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N 19.880, en mérito de los fundamentos de hecho y de derecho indicados en la parte considerativa de la presente resolución. Anótese y comuníquese. - Miriam Liliana Orellana Segovia, Directora Regional Subrogante, Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2576742 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl