Resolución exenta número 2.703, de 2024.- Declara libre de Mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata W. el área regulada que indica, Brote San Esteban 7.2 km
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.030 Sábado 21 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2586209 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Valparaíso DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ) EL ÁREA REGULADA QUE INDICA. BROTE SAN ESTEBAN 7.2 KM (Resolución) Núm. 2.703 exenta. - Quillota, 15 de diciembre de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de la República; el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N 19.880, de 2003, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.755, de 1989, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución exenta N 3.513, de 1995, del Servicio Agrícola y Ganadero y sus posteriores modificaciones; la resolución exenta N 4.743, de 2020, del Director Nacional del Servicio, que crea sistema nacional de emergencia del Servicio Agrícola y Ganadero, comité nacional de emergencia y funcionarios habilitados en el sistema de emergencia; la resolución N 7, de la Contraloría General de la República, que establece la exención del trámite de toma de razón;la resolución exenta N 647, de 2024, de la Dirección Regional de Valparaíso, que establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterraneo (Ceratitis capitata W), y las facultades que invisto como Directora Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en virtud de la resolución exenta RA N 240/777/2024, del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero. Considerando: 1.
Que, mediante la resolución exenta N 3.513, de fecha 7 de diciembre del año 1995, se declaró a Chile como país libre de la plaga de los vegetales, conocida como “Mosca del Mediterráneo” (Ceratitis capitata Wied). 2.
Que, con fecha 29 de febrero de 2024, se detectó la presencia de un ejemplar, hembra no inseminada (adulto) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, lo que dio origen a la vigilancia respectiva. 3. Que, asímismo, con fecha 27 de marzo de 2024, se detectó un ejemplar, hembra no inseminada (adulto) del insecto correspondiente a la plaga señalada precedentemente, que da origen a un brote. 4.
Que, en atención a lo anterior, la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, mediante la resolución exenta N 647, de 2024, establece regulaciones cuarentenarias para el control y erradicación de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ), en el radio de 7.2 km., que abarcó parcialmente a las comunas de Los Andes, San Esteban, Calle Larga, Santa María y San Felipe en la Región de Valparaíso. 5.
Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, en estricta observancia del acto administrativo señalado anteriormente, ha dado cumplimiento a las medidas fitosanitarias respectivas, por un periodo equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de nuevas capturas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2586209 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, conforme al modelo de días grados imperante, el día 14 de diciembre de 2024, se han cumplido los tres ciclos biológicos teóricos del insecto, desde su última detección, período requerido para declarar la erradicación de la plaga y suspender las regulaciones cuarentenarias en el área reglamentada de las comunas individualizadas en el considerando tercero del presente acto administrativo. Resuelvo: 1.
Declárase libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata W. ) el área reglamentada que comprende el radio de 7.2 km., que abarcó parcialmente a las comunas de Los Andes, San Esteban, Calle Larga, Santa María y San Felipe en la Región de Valparaíso, suspendiéndose las medidas fitosanitarias de control y erradicación establecidas para tales efectos. 2.
Déjase sin efecto la resolución exenta N 647, del 2024, de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, conforme lo dispuesto en el artículo 61 de la ley N 19.880, de 2003, LBPA, en mérito de los fundamentos de hecho y de derecho indicados en la parte considerativa de la presente resolución. 3. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en los periódicos de mayor circulación de la región, conforme lo dispone el artículo 48 de la ley N 19.880, de 2003, LBPA. Anótese y comuníquese. - Astrid Tatiana Tala Díaz, Directora Regional, Servicio Agrícola y Ganadero Región de Valparaíso. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2586209 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl