Resolución exenta número 5.415, de 2024.- Complementa resolución Nº 5.220 exenta, de 2021, que aprobó Plan de Cierre de la Carrera de Pedagogía en Inglés de la Universidad Santo Tomás
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.898 Viernes 12 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2516166 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior COMPLEMENTA RESOLUCIÓNNº 5.220 EXENTA, DE 2021, DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN SUPERIOR, QUE APROBÓ PLAN DE CIERRE DE LA CARRERA DE PEDAGOGÍA EN INGLÉS DE LA UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS (Resolución) Núm. 5.415 exenta. - Santiago, 4 de julio de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 18.575, y sus modificaciones, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior, en el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129 ; en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas de instituciones de educación superior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129 ; en la resolución exenta Nº 5.220, de 2021, de la Subsecretaría de Educación Superior, que aprobó el plan de cierre de la carrera de pedagogía en inglés de la Universidad Santo Tomás; en la carta RN Nº 15-2024, de fecha 25 de enero de 2024, de la Universidad Santo Tomás; en el memorándum Nº 06/382, de fecha 4 de abril de 2024, de la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior; y, en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1º Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley Nº 21.091, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo 3º de la ley Nº 18.956.2º Que, el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129, dispone que "Para efectos del cierre de una sede, carrera o programa, las instituciones de educación superior deberán presentar un Plan de Cierre a la Subsecretaría de Educación Superior, el que previamente deberá ser notificado a los estudiantes matriculados", contemplando, al menos, el contenido señalado en dicha norma. El penúltimo inciso del referido artículo precisa que "[S]ólo una vez aprobado el Plan de Cierre por la Subsecretaría, la institución de educación superior podrá ejecutarlo.
Una vez finalizado el Plan de Cierre, la institución de educación superior deberá presentar los antecedentes al Ministerio de Educación para que éste dicte el acto administrativo correspondiente". 3º Que, los procesos relativos al mencionado artículo 25 ter, se encuentran regulados en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que "Aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas en instituciones de educación superior, y dispone los requisitos que deben ser contemplados en dicho del Plan de Cierre". 4º Que, mediante resolución exenta Nº 5.220, de 2021, la Subsecretaría de Educación Superior aprobó el plan de cierre de la carrera de Pedagogía en Inglés de la Universidad Santo Tomás. En el número 9) del artículo 1º de dicha resolución, se constató que el plantel proyectó el cierre de la carrera para el 31 de diciembre de 2022. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516166 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.898 Viernes 12 de Julio de 2024 Página 2 de 2 5º Que, mediante carta RN Nº 15, de fecha 25 de enero de 2024, la Universidad Santo Tomás solicitó extensión de la fecha de cierre de la mencionada carrera hasta agosto de 2024, considerando que se encuentran pendientes la rendición del examen de título de la alumna Ángela Seguel, y la correspondiente entrega de diploma y certificado. 6º Que, luego de la revisión efectuada a los antecedentes acompañados por la Universidad, la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior, mediante Memorándum Interno Nº 06/382, de fecha 4 de abril de 2024, solicitó elaborar el acto administrativo para aprobar la ampliación del plazo de cierre de la referida carrera. 7º Que, de conformidad con lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129 y en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación, y en virtud de los principios conclusivo, de economía procedimental y de no formalización establecidos respectivamente en los artículos 8,9 y 13 de la ley Nº 19.880, y en el artículo 26 del mismo cuerpo normativo, corresponde dictar el presente acto administrativo que complemente la resolución exenta Nº 5.220, de 2021, de la Subsecretaría de Educación Superior, ampliando el plazo previsto para el cierre de la carrera Pedagogía en Inglés de la Universidad Santo Tomás.
Resuelvo: Artículo 1º: Complementa la resolución exenta Nº 5.220, de 2021, de la Subsecretaría de Educación Superior, incorporando en el número 9) de su artículo 1º como plazo de cierre definitivo de la carrera Pedagogía en Inglés de la Universidad Santo Tomás, el 31 de agosto de 2024, en los términos argumentados por dicho plantel. Artículo 2º: Instrúyase a la División de Educación Universitaria a notificar el presente acto administrativo a la Universidad Santo Tomás.
Artículo 3º: Una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 1º, la Universidad Santo Tomás deberá informar a esta Subsecretaría sobre la finalización y cumplimiento del contenido y acciones del plan de cierre, dentro del plazo de 10 días hábiles desde la referida finalización, acompañando los antecedentes que correspondan para acreditar dicho cumplimiento. Artículo 4º: En todo lo no modificado se mantiene plenamente vigente lo establecido en la resolución exenta Nº 5.220, de 2021, de la Subsecretaría de Educación Superior. Artículo 5º: Archívese copia del presente acto administrativo conjuntamente con la resolución exenta Nº 5.220, de 2021, de la Subsecretaría de Educación Superior. Anótese, publíquese en el Diario Oficial, notifíquese y regístrese. - Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2516166 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl