Autor: Carlos llabaca Villanueva Carlos.labacaOdiariollanquihue.cl
Excluyen a querellante por concejales de Puerto Montt de la causa contra el exalcalde Paredes y Albán Mancilla
Excluyen a querellante por concejales de Puerto Montt de la causa contra el exalcalde Paredes y Albán Mancilla juez de Garantía de ¡ Puerto Montt, Juan Carlos Orellana, resolvió ayer excluir como querelante en la causa iniciada por fraudeal fisco, cohecho y lavado de activos al interior dela Municipalidad de Puerto Montt al abogado Braulio Sanhueza, quien representa a seis concejales queel 9 de septiembre pasado interpusieron la acción judicial por delitos cometidos al interior del DAEM (Departamento de Adminis tración de Educación Municipal) con los fondos SEP (Subvención Escolar Preferencial). La solicitud fue presentada por los abogados de tres delosimputados en lacausa que indaga el Ministerio Público por estos hechos el exalcalde Gervoy Paredes; Albán Mancilla, exjefe del DAEM y exgobernador provincial, y el ex alcalde(s) Carlos Soto. Sus representantes legales solicitaron también la marginación del querellante particular, Marcos Velásquez, lo que fue desestimado porel tribunal.
Enlaaudienciarealizada durante la mañana de ayer, 8 66Después de un largo debate, el tribunal entendió que efectivamente los concejales no tienen facultad legal ni legitimación activa para poder querellarse por estos delitos”. Andrés Firmani, abogado de Gervoy Paredes.
CAUTELA DE GARANTÍAS Elabogado de la Municipalidad de Puerto Montt, ExerQuilodrán, atribuyóla exclusión de Braulio Sanhueza aquela querella fue presentada por los concejales "en interés de resguardarel patrmonio del municipio de Puerto Montt” y recordó que hoyse sumarontantoel CDEcomoel propio munidipioa lacausa.
Finalmente, en la audiencia el juezestablecióuna cautela de garantías a favor del imputado Albán Mancilla y ordenóallaFiscalia entregara su defensa todoslos antecedentes de la investigación, incluyendooficios y solicitudes a otros organismos, afin deque esta pueda hacerseguimiento delas diligencias.
Sinembargo, el abogado delcastreño, Nofal Abud, declinóreferirse alo resuelto. de Defensa del Estado y de un municipio como querelante resguarda los intereses municipales suficientemente”. “Sin embargo, nosotros sostenemos que hay hechos que hemos planteado en la querella que son diferentes alos hechos por los cualesse ha formalizado. Hay diligenciasquesolicitóla partequerellante que aún están pendientes de ejecución y que controlar”, necesitamos mencionó el jurista, quien ratificó que están estudiando apelar a la resolución del tribunal de primera instancia.
Sanhueza ejemplificó que un hecho concreto fue haber denunciado la existencia de funcionarios fantasma, “investigación que fue redondeada finalmente por el Ministerio Público y que pudo atar todos los cabos sueltos, lo que permitió la formalización y, además, someter a prisión preventiva a dos de los principales imputados, que son el exalcalde Paredes y el ex jefe del DAEM, Albán Mancilla”, recalcó. El abogado de los concejales cerró diciendo que su salida obedecería a una estrategia jurídica. “Yo me atrevería a decir que es un éxito para la defensa, sin duda, sacar a uno de los querellantes activosen la persecu-después delas formalizaciones en las audiencias del tribunal. Entonces, la solicitud deexclusión aestaaltura resultaba extemporánea”, comentó.
Sostuvo además que en su caso “no ha habido otras motivaciones más que pensar y actuar para que se hagan las cosas bien y se vele porel bien común”. De igual modo, valoró el trabajo realizado por Braulio Sanhueza, el queconsiderócomounaportea lainvestigación. “Con él en las audiencias, yo creo que hicimos un buen equipo.
Con lo detallista y preocupado que es Braulio Sanhueza por el análisis de las materias, yo creo que ha sido un tremendo aporte, no solamente complementando lo que yo pude haber hecho, sino que también para el trabajo del Ministerio Público. Así es que yo espero que si apela puedaseguir actuando enel juicio”, apuntó. ESTRATEGIA JUDICIALAsuvez, Sanhueza también reveló estar satisfecho con suaporte ala causa, quea su juicio permitió develar muchos hechos que hoy son parte de la indagatoria del Ministerio Público.
“Creemosquela participación de los concejales en la investigación penal, la enriqueció, la reubicó, y también la comparecencia del ConsejoQUERELLANTES. los abogados defensores plantearon un debate más bien técnico acerca dela “legitimación activa” de los querellantes, requisito contemplado en el artículo 111 del Código de Procedimiento Penal.
Al respecto, el abogado Andrés Firmani, quien representa al exalcalde de Puerto Montt, explicó que “después de un largo debate, el tribunal entendió que efectivamente los concejales no tienen facultad legal ni legitimación activa para poder querellarse por estosdelitos. De hecho, la Ley Orgánica de Municipalidades no contempla esa facultad para los concejales, ni menos parael concejo municipal, que no puede ejercer querella.
Poresarazón entendióel tribunal que estaban los fundamentos y efectivamente porimposibilidad técnica legal había queexcluirloy eso fuelo queocurrió”. Por su parte, el abogado Rafael Gallardo, quien defiendea Carlos Soto, comentóque el caso del querellante particular es distinto, pues “actuósobre la base delartículo 111 inciso segundo del Código Procesal Penalque, como persona natural, como simple ciudadano, sí sele permitía”, esgrimió.
Firmani adjuntó que la norma establece la posibilidad que cualquier ciudadano con residencia en la provincia pueda querellarse por delitos de esta naturaleza, “pese a que nosotros seguimos discutiendo que él no tiene posibilidad de seguir actuando y lo más probable es que vayamos a renovar esa discusión más adelante porotrosargumentos”, afirmó.
LLEGADA DEL CDE Asuvez, ambos juristas calificaron como “absolutamentelegal” y “lógico” laincorporación como querellante en la causa al Consejo de Defensa del Estado (CDE), por ser el ente queestá facultado para velar por los recursos públicos.
“Me parece que es más de lo mismo, porque de hecho la querella ya la revisé y contempla y contiene idénticos fundamentos que los hechos por los cuales fueronformalizados en su momento cada uno de los imputados en esta causa. Esto es, coincide plenamente por los hechos expuestos por la FisPor lo tanto, no hay a calía. 'mijuicio ningún ingredientenuevoasociado aestaquerella”, apuntó Andrés Firmani. “Normalmente el Consejo de Defensa del Estado en este tipo de causas por ley debe participar en representación de los intereses del fisco. Noesni mejor ni peor, es lo que debe ocurrir normalmente”, sumó Rafael Gallardo.
EXTEMPORÁNEO Desde el punto de vista de los querellantes, el abogado Marcos Velásquez se manifestó satisfecho por lo resuelto por el juez de Garan-tía, en orden a rechazar las peticiones de las defensaspara excluirlo, “Esta querella se presentó en mayo del 2021, el tribunal de garantía enese minuto declaró admisible a la querella que presenté a título personal. Desde ahí he actuado activamente en la investigación y. A petición de las defensas de los imputados, el juez de garantía decidió que el abogado Braulio Sanhueza no siga como querellante tras debatirse la “legitimación activa” de los ediles. AGENCIAUNO