Resolución exenta número 2.470, de 2024.- Aprueba suscripción del Memorándum de Entendimiento sobre Movilidad Inteligente y Sustentable y Seguridad Vial entre el Ministerio de Asuntos Rurales e Infraestructura del Reino de Suecia y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la República de
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.980 Martes 22 de Octubre de 2024 Página 1 de 5 Normas Generales CVE 2559601 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Transportes APRUEBA SUSCRIPCIÓN DEL MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE MOVILIDAD INTELIGENTE Y SUSTENTABLE Y SEGURIDAD VIAL ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS RURALES E INFRAESTRUCTURA DEL REINO DE SUECIA Y EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA DE CHILE (Resolución) Núm. 2.470 exenta. - Santiago, 5 de julio de 2024.
Vistos: El decreto ley N 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que “Crea el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones”; el decreto con fuerza de ley N 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que "Fija normas sobre Atribuciones del Ministerio de Economía en Materia de Transportes y Reestructuración de la Subsecretaría de Transportes"; la ley N 21.080, que “Modifica diversos cuerpos legales con el objeto de Modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores”; el Oficio Público Digital N 155, de fecha 7 de junio de 2024, de la Secretaría General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre "MdE sobre Movilidad Inteligente entre el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y contraparte de Suecia"; el Memorándum de Entendimiento sobre Movilidad Inteligente y Sustentable y Seguridad Vial entre el Ministerio de Asuntos Rurales e Infraestructura del Reino de Suecia y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la República de Chile, firmado en Estocolmo el 14 de junio de 2024; la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que “ ija normas sobre xención del rámite de de azón”; y demás normativa aplicable.
F E T Toma R Considerando: 1. - Que, de acuerdo al decreto ley N 557 y al decreto con fuerza de ley N 279, citados en vistos, es competencia del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el participar en la elaboración de los convenios internacionales que celebre el Gobierno de Chile en materia de transportes; y ejercer todas las demás atribuciones que le confieren las leyes sobre la misma materia. 2.- Que, el artículo 35 de la ley N 21.080, citada en vistos, prescribe que los órganos de la Administración del Estado, dentro del ámbito de sus competencias, podrán suscribir convenios interinstitucionales de carácter internacional con entidades extranjeras o internacionales. 3.- Que, mediante el oficio N 155, citado en vistos, la Secretaría General de Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, otorgó su conformidad para la suscripción de un Memorándum de Entendimiento sobre Movilidad Inteligente y Sustentable y Seguridad Vial entre el Ministerio de Asuntos Rurales e Infraestructura del Reino de Suecia y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la República de Chile. 4.- Que, con fecha 14 de junio de 2024, se firmó el Memorándum de Entendimiento citado en el Considerando Tercero, en Estocolmo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2559601 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.980 Martes 22 de Octubre de 2024 Página 2 de 5 Resuelvo: 1 Apruébase la suscripción del Memorándum de Entendimiento sobre Movilidad Inteligente y Sustentable y Seguridad Vial entre el Ministerio de Asuntos Rurales e Infraestructura del Reino de Suecia y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la República de Chile, hecho en Estocolmo el 14 de junio de 2024, cuyo texto oficial en inglés y traducción libre al español son los siguientes: MEMORANDUM OF UNDERSTANDING ON SMART AND SUSTAINABLE MOBILITY AND ROAD SAFETY BETWEEN THE MINISTRY OF RURAL AFFAIRS AND INFRASTRUCTURE OF THE KINGDOM OF SWEDEN AND THE MINISTRY OF TRANSPORT AND TELECOMMUNICATIONS OF THE REPUBLIC OF CHILE The Ministry of Rural Affairs and Infrastructure of the Kingdom of Sweden and the Ministry of Transport and Telecommunications of the Republic of Chile, hereinafter jointly referred to as “the Participants”: Considering the long-standing friendly relations between Sweden and Chile; Aiming at further strengthening the ties between the two countries in a forward-looking perspective; Promoting reciprocal economic, technical and technological cooperation; Wishing to share experiences and technologies in the field of smart and sustainable mobility, and road safety; Desiring to strengthen and promote social, environmental and economic sustainable growth; Hereby have come to the following understanding: Paragraph I Objective of Cooperation The objective of this Memorandum of Understanding (MoU) is to promote cooperation in the field of smart and sustainable mobility, and road safety, including the promotion of green technologies and innovation within industrial sectors. Paragraph II Scope of Cooperation Cooperation under this MoU may involve the following areas: 1. Exchange of experience, know-how and technology in the field of sustainable and innovative solutions in smart mobility, including green transition of the transport sector; 2. Exchange of experience, know-how and technology on concepts and innovative solutions in road safety; and 3. Other areas linked decided upon by both Participants, in conformity with their competences. Paragraph III Forms of Cooperation 1. Cooperation under this MoU may imply the following activities: 1. Exchange of information, experience, best practices, know-how and technology; 2. Implementation of jointly agreed cooperation projects including technical visits; and 3. Other forms of cooperation agreed between the Participants. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2559601 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.980 Martes 22 de Octubre de 2024 Página 3 de 5 2. The Participants may schedule periodic meetings to discuss issues of cooperation between them. 3.
The Participants may invite to participate other ministries and government agencies at national, regional and/or local level, academia and research institutions, and companies, when they consider it necessary and within the framework of their respective competences. Paragraph IV Administrative provisions 1. This MoU does not create any rights, financial commitments or obligations under international law. The Participants will be subject to their respective national laws and other specific rules, regulations and guidelines. 2. Any dispute arising from the interpretation or implementation of this MoU will be settled through friendly negotiations and consultations between the two Participants. Paragraph V Amendments 1. This MoU may be amended at any time by mutual consent of the Participants through an exchange of notes or mutual declaration. 2. Any such Amendment will constitute an integral part of this MoU and will come into effect upon signature of the Participants. Paragraph VI Commencement, Duration and Termination 1. This MoU will come into effect on the day of signature and it will have effect for five (5) years. 2. This MoU may be terminated by either Participant by six (6) months prior written notice to the other Participant of its intention to terminate. Termination of this MoU will not affect the finalization of any projects or activities carried out by the Participants in relation thereto. Signed in Stockholm on June 14,2024, in two originals in the English language. Sgd.
For the Ministry of Rural Affairs and Infrastructure of the Kingdom of Sweden, Andreas Carlson, Minister. - For the Ministry of Transport and Telecommunications of the Republic of Chile, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Minister. *** MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO SOBRE MOVILIDAD INTELIGENTE Y SUSTENTABLE Y SEGURIDAD VIAL ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS RURALES E INFRAESTRUCTURA DEL REINO DE SUECIA Y EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA DE CHILE El Ministerio de Asuntos Rurales e Infraestructura del Reino de Suecia y el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la República de Chile, en adelante referidos conjuntamente como “los Participantes”: Considerando las amistosas relaciones de larga data entre Suecia y Chile; Apuntando hacia un mayor fortalecimiento de los lazos entre los dos países en una perspectiva futura; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2559601 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.980 Martes 22 de Octubre de 2024 Página 4 de 5 Promoviendo la cooperación económica, técnica y tecnológica; Queriendo compartir experiencias y tecnologías en el campo de la movilidad inteligente y sustentable, y la seguridad vial; Deseando fortalecer y promover el crecimiento social, medioambiental y económico; Han llegado al presente entendimiento: Párrafo I Objetivo de la Cooperación El objetivo de este Memorándum de Entendimiento (MdE) es promover la cooperación en el campo de la movilidad inteligente y sustentable, y la seguridad vial, incluyendo la promoción de las tecnologías verdes e innovación dentro de los sectores industriales. Párrafo II Alcance de la Cooperación La cooperación bajo este MdE puede involucrar las siguientes áreas: 4. Intercambio de experiencia, saber cómo y tecnología en el campo de las soluciones sustentables e innovadoras en movilidad inteligente, incluyendo la transición verde del sector transporte; 5. Intercambio de experiencia, saber cómo y tecnología sobre conceptos y soluciones innovadoras en seguridad vial; y 6. Otras áreas vinculadas decididas por ambos Participantes, de conformidad con sus competencias. Párrafo III Formas de Cooperación 1. La Cooperación bajo este MdE puede implicar las siguientes actividades: 4. Intercambio de información, experiencia, mejores prácticas, saber hacer y tecnología; 5. Implementación de proyectos de cooperación conjuntamente acordados incluyendo visitas técnicas; y 6. Otras formas de cooperación acordadas entre los Participantes. 2. Los Participantes podrán agendar reuniones periódicas para discutir temas de cooperación entre ellos. 3.
Los Participantes podrán invitar a participar a otros ministerios y agencias gubernamentales a nivel nacional, regional y/o local, academia e instituciones de investigación, y compañías, cuando lo consideren necesario y dentro del marco de sus respectivas competencias. Párrafo IV Provisiones administrativas 1. Este MdE no crea ningunos derechos, compromisos financieros u obligaciones bajo el derecho internacional. Los Participantes estarán sujetos a sus respectivas legislaciones nacionales y otras reglas, regulaciones y guías específicas. 2. Cualquier disputa que surja de la interpretación o implementación de este MdE será resuelta a través de negociaciones amistosas y consultas entre los dos Participantes. Párrafo V Enmiendas 1. Este MdE puede ser enmendado en cualquier momento por el consentimiento mutuo de los Participantes a través de un intercambio de notas o declaración mutua. 2. Cualquier Enmienda constituirá una parte integral de este MdE y entrará en vigor al momento de la firma de los Participantes. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2559601 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.980 Martes 22 de Octubre de 2024 Página 5 de 5 Párrafo VI Comienzo, Duración y Terminación 1. Este MdE entrará en efecto en el día de la firma y tendrá vigencia por cinco (5) años. 2. Este MdE puede ser terminado por cualquier Participante por una notificación escrita previa de seis (6) meses al otro Participante sobre su intención de terminarlo. La Terminación de este MdE no afectará la finalización de cualquiera proyectos o actividades que llevadas a cabo por los Participantes en relación con él. Firmado en Estocolmo, el 14 de junio de 2024, en dos originales en el idioma Inglés. Fdo.
Por el Ministerio de Asuntos Rurales e Infraestructura del Reino de Suecia, Andreas Carlson, Ministro. - Por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones de la República de Chile, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro. 2 Déjase constancia que el presente instrumento no irroga gastos para el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Anótese, comuníquese y publíquese. - Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2559601 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl