Tribunal Ambiental rechaza reclamación de Cooke contra SMA por paralización de centro Huillines 3
Tribunal Ambiental rechaza reclamación de Cooke contra SMA por paralización de centro Huillines 3 sistema de producción intensivo, mayor a 35 toneladas”. los El Tribunal, antecedentes, resolvió que luego de revisar la medida provisional decretada por la SMA fue idónea.
“Se observa como necesaria, ya que, considerando su finalidad, no se vislumbra una medida menos lesiva para cumplir su finalidad de evitar el daño inminente al medio ambiente”. todos En la sentencia, el Tribunal también los resolvió “que concurren presupuestos exigidos por el art. 48 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) para la dictación de impugnada, la medida provisional incluyendo los requisitos de apariencia de buen derecho, peligro en la demora y proporcionalidad”. La empresa Cooke Aquaculture Chile S. A interpuso una reclamación de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que por medio de la Res. Ex. Nº 303, de 25 de febrero de 2025, ordenó la medida provisional procedimental que paralizó la siembra del Centro de Cultivo de Salmones Huillines 3, en la Región de Aysén. La empresa alegó que la SMA habría ocultado antecedentes que darían cuenta de que la empresa no genera riesgo al medio ambiente, con el propósito de que el Tribunal autorizara la medida. Agregó que la aplicación de la medida no cumplía con los requisitos establecidos por el legislador. Cabe recordar que la SMA formuló cargos a Cooke Aquaculture, entre ellos uno por elusión al SEIA, el que fue calificado como grave.
Mediante este cargo se imputó a la empresa la “Modificación del proyecto ejecutado en el CES Huillines 3, que no ha sido evaluada ambientalmente, y consistente en la producción de recursos hidrobiológicos de salmones, mediante un.