Las trabas para cerrar un Eleam ilegal
Las trabas para cerrar un Eleam ilegal La historia de Sofía Pedreros (95), adulta mayor que falleció en un Eleam (Establecimiento de Larga Estadía para Adultos Mayores), que no contaba con autoriTRAS CASO DE ADULTA MAYOR FALLECIDA: Las trabas para cerrar un Eleam ilegal Desde la cartera, señalan que debe existir un peligro inminente para la seguridad del usuario para efectuar una clausura, lo que es muy complejo de detectar, o indetectable, por lo mismo, los que no cuentan con resolución sanitaria, no tienen problemas en operar sin autorización, ya que saben que es muy complejo que los vayan a cerrar, pese a sus deficiencias y que acumulen multas y ni siquiera las paguen. ilegales, hay personas, usuarios adultos mayores, y si cerramos, nos queda el problema respecto a dónde vamos a mandar a estas personas», sostuvo Saldívar, quien reiteró una vez más, que «las personas que decidan recurrir a uno de estos hogares, constaten que está funcionando de manera legal y con todas las autorizaciones de salud», lo que no ocurría en este caso.
EL SEREMI Y LAS TRABAS El seremi de Salud (s) Tomás Balaguer Lira, fue categórico al señalar que el establecimiento Mi Hogar Feliz no mantiene ninguna autorización sanitaria para operar, sin embargo lo hace, porque saben que para efectuar una clausura efectiva de un recinto las trabas son demasiadas y en la mayoría de los casos todo queda en sanciones tipo multas, como las que les han cursado tanto en el 2022, como en 2023, pero que se han negado a pagar.
Eso, sí mantienen un sumario administrativo en curso, cuyos resultados todavía no se conocen. «Tras nuestra visita al lugar, hemos constatado la existencia de deficiencias, pero éstas no representan un riesgo inminente para la salud de los residentes.
Por lo tanto carecemos del respaldo jurídico necesario para decretar una prohibición de funcionamiento», sostiene Balaguer, dejando claro que, pese a que existan irregularidades, si no hay un peligro inmediato para el usuario, la indicación es a no cerrar el recinto, algo conveniente para quienes se instalan con negocios similares. «Mencionar que la prohibición de funcionamiento está establecida en el Código Sanitario, y la base y el fundamento es que existan condiciones de riesgo inminente para la salud de las personas», señaló. Balaguer, explica que un proceso de clausura no es automático. «Es importante destacar que la falta de autorización sanitaria en un establecimiento o local no implica automáticamente la prohibición de su funcionamiento.
Sin embargo, en estos casos, sí se procede a levantar un sumario, cursando la correspondiente multa». concluyó. zación, caló hondo en muchos que deben dejar a sus seres queridos en estos lugares, pues, llegado el momento, les es imposible darles el cuidado adecuado.
Pero el hecho puso sobre la mesa otro debate, que tiene que ver con el por qué estos recintos, en este caso el En Mi Hogar Feliz, que no cuenta con resolución sanitaria, que además ha sido multado dos veces y no ha pagado las multas, sigue funcionando aunque infrinja la normativa de manera evidente en un ámbito tan sensible como lo es el cuidado de los adultos mayores.
BUSCANDO RESPUESTAS Consultado, el director regional de Senama, Patricio Saldívar, remarca que uno de los establecimientos que administraban los mismos dueños de En Mi Hogar Feliz, ya fue cerrado, pero claro, no sería tan fácil llegar y clausurar un recinto, y que, de hecho, las facultades respecto a ello las tiene la Seremi de Salud, que debe velar por el buen funcionamiento de estos lugares, cursando multas cuando corresponda (en este caso hay dos sin cancelar), y si lo amerita, clausurar. «Pero no es tan fácil, porque en estas residencias, por más que estén.