Resolución exenta número 378, de 2025.- Modifica resolución N° 7.219 exenta, de 2009, que fija norma técnica que establece las especificaciones técnicas mínimas que deberán cumplir los receptores de televisión digital terrestre
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.091 Miércoles 5 de Marzo de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2616443 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA RESOLUCIÓN N 7.219 EXENTA, DE 2009, DE LA SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES, QUE FIJA NORMA TÉCNICA QUE ESTABLECE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS RECEPTORES DE TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE (Resolución) Núm. 378 exenta. - Santiago, 27 de febrero de 2025.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones. b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones. c) La ley N 20.750, que permite la introducción de la televisión digital terrestre. d) El decreto supremo N 136, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que define la norma técnica oficial que se utilizará en la República de Chile para las transmisiones en tecnología digital del servicio de radiodifusión televisiva de libre recepción. e) El decreto supremo Nº 71, de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, que aprueba el Plan de radiodifusión televisiva. f) El decreto supremo N 95, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que amplía el plazo para cumplir con la obligación de cobertura digital de la totalidad de las concesiones de radiodifusión televisiva de libre recepción. g) La resolución exenta N 7.219, de 2009, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que establece las especificaciones técnicas mínimas que deberán cumplir los receptores de televisión digital terrestre, y sus modificaciones posteriores. h) La resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando: a) Que, por los motivos expresados en su parte considerativa, mediante la resolución exenta Nº 1.814, de 2024, de este origen, se incorporó un artículo transitorio en la norma técnica citada en el literal g) de los vistos, por el cual se posterga, hasta el 17 de marzo de 2025, la exigibilidad del deber establecido en su artículo 2º, de incluir junto a los receptores de televisión digital terrestre una antena que permita su correcto funcionamiento. b) Que, según lo manifestado en diversas instancias por representantes de comercializadores y fabricantes de receptores de televisión digital terrestre, las dificultades que plantea una correcta ejecución del deber antes señalado, relativas a los procesos de fabricación y/o logística, se requiere de un mayor plazo para su implementación. c) Que, luego de ponderarse las posiciones expresadas por los proveedores, se ha estimado procedente postergar el inicio de la exigencia del deber en cuestión, hasta el jueves 17 de abril de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2616443 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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