Armijo Vera Pedro Eduardo - Inversiones San Nicolás SpA
DIARIO OFICIAL III DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES.
VARIAS Núm. 44.025 Lunes 16 de Diciembre de 2024 Página 1 de 1 Publicaciones Judiciales CVE 2582250 NOTIFICACIÓN 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín Nº 950, comuna de Santiago, en causa RIT: M-4665-2024, RUC: 24-4-0612168-9, demandante PEDRO EDUARDO ARMIJO VERA, cédula de identidad Nº 8.924.403 -K, demandados 1) INVERSIONES SAN NICOLAS SPA, RUT 76.620.549-6, REPRESENTANTE: LUIS OSVALDO RIVERA, RUN 10.782.473-1 Y EDGARDO MAURICIO VILLALÓN ROJAS, RUN 10.491.366-0; 2) VTR COMUNICACIONES SPA, RUT Nº 76.114.143-0, REPRESENTANTE: JOSÉ FRANCISCO GANA DUVAL; por DEMANDA DE DESPIDO IMPROCEDENTE, RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN Y COBRO DE PRESTACIONES; se fijó AUDIENCIA ÚNICA PARA EL DÍA 25 DE MARZO DE 2025, A LAS 09:00 HORAS, PISO Y SALA POR CONFIRMAR, LA QUE SE DESARROLLARÁ EN DEPENDENCIAS DEL TRIBUNAL, ubicado en San Martín 950, comuna de Santiago, la que se celebrará con las partes que asistan, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación, ordenado por resolución fecha veintiuno de noviembre de dos mil veinticuatro. La totalidad de los antecedentes se encuentran disponibles en carpeta digital de la causa, en el portal web del Poder Judicial. Se agrega la siguiente resolución solo para efectos de dar cumplimiento al artículo 439 del Código del Trabajo. Santiago, diez de octubre de dos mil veinticuatro. Por cumplido lo ordenado. A la demanda: A lo principal: Estese a lo que se resolverá a continuación; Al primer otrosí: Téngase por acompañados los documentos. Al segundo otrosí: Como se pide, sólo en cuanto se ordena notificar por correo electrónico las resoluciones que conforme a la ley deban notificarse personalmente, por cédula o mediante carta certificada. Al tercer otrosí: Téngase presente el patrocinio y por conferido el poder.
VISTOS: Que de los antecedentes acompañados por el actor, se estiman insuficientemente fundadas sus pretensiones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, se resuelve: Que, SE RECHAZA la demanda en procedimiento monitorio por DESPIDO IMPROCEDENTE Y COBRO DE PRESTACIONES, interpuesta con fecha 04/10/2024 por don PEDRO EDUARDO ARMIJO VERA, trabajador, domiciliado para estos efectos en calle La Bolsa 81, piso 9, Santiago, en contra de su exempleadora, Inversiones San Nicolás SpA., sociedad dedicada a la promoción, distribución, instalación y comercialización de servicios de internet, telefonía y cable, representada por don Luis Osvaldo Morales Rivera y/o Edgardo Mauricio Villalón Rojas, todos domiciliados en Av.
Salvador 1525, comuna de Providencia y contra VTR Comunicaciones SpA., empresa del giro de su denominación, representada por don José Francisco Gana Duval, ambos con domicilio en Avenida El Salto Nº 5450, Lote Nº 2, Huechuraba, Las Condes. Se advierte a las partes que sólo podrán reclamar de esta resolución dentro del plazo de diez días hábiles contados desde su notificación. En caso de no presentarse reclamación en contra de esta resolución o la presentación extemporánea de la misma, hará que la presente adquiera el carácter de sentencia definitiva para todos los efectos legales.
Notifíquese a la demandada personalmente por funcionario habilitado del Centro de Notificaciones en el domicilio señalado en la demanda o en el que tome conocimiento en la práctica de la diligencia, cumpliendo los requisitos establecidos en los artículos 436 y 437 del Código del Trabajo, otorgándole la prioridad ya señalada en cuanto fuere posible. - RIT: M-4665-2024, RUC: 24-4-0612168-9. - En Santiago, a diez de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución precedente. - MINISTRO DE FE, PRIMER JUZGADO LETRAS TRABAJO SANTIAGO. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2582250 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl