Autor: LORENA CRUZAT y CINTHYA CARVAJAL
Suprema confirma ilegalidad de “pinchazo” en caso Procultura con votos clave de abogados integrantes
Suprema confirma ilegalidad de “pinchazo” en caso Procultura con votos clave de abogados integrantes José Miguel Valdivia, abogado integrante. Leopoldo Ll Andrea Ruiz, abogada integrante. La primera derrota judicial desde que se encuentra a cargo del caso Procultura enfrentó ayer el fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios. Esto, ya que la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema confirmó ayer la ilegalidad de las escuchas telefónicas dirigidas a la psiquiatra Josefina Huneeus, exesposa del principal indagado en esta investigación, Alberto Larraín.
Y fue justamente defendiendo las diligencias intrusivas que en mayo desencadenaron la salida de su antecesor en el caso, su par de Coquimbo, Patricio Cooper, que Castro enfrentó ayer el revés judicial en el máximo tribunal, aunque en un fallo dividido.
Castro asumió semanas atrás la indagatoria más polémica del caso Convenios: la que puso el foco sobre personeros de gobierno y hasta el Presidente Gabriel Boric, respecto de quien, no obstante, no se autorizó una interceptación telefónica en tribunales.
En una apelación, el Ministerio Público pedía a los supremos dejar sin efecto la decisión de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró ilegal el “pinchazo” a Huneeus, con duros cuestionamientos al trabajo de la fiscalía y la Policía de Investigaciones.
El lunes, durante los alegatos respecto de la alegación, la Sala Penal del máximo tribunal estuvo integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama que la preside, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y los abogados integrantes José Miguel Valdivia y Andrea Ruiz. Ayer, la división se plasmó en el fallo. En la mayoría estuvo Llanos, Valdivia y Ruiz y en la disidencia, Valderrama y Letelier, transformando en claves las preferencias de los abogados que integran las salas ante la ausencia de ministros titulares. Diligencias “no cumplieron” con estándares Los abogados de Huneeus, Alejandro Awad y Miguel Schürmann, en su alegato defendieron la resolución de la Corte de Antofagasta, ante los cuestionamientos de la fiscalía que acusó parcialidad.
Al respecto, Awad dijo que “el fallo (de alzada) es radicalmente imparcial, si el Ministerio Público echa de menos que sus argumentos hubieran sido mayormente homenajeados o visibilizados, es un problema de estilo pero, claramente, la Corte de Apelaciones de Antofagasta no tiene por qué ser hipócrita en esto, no la conmovieron los argumentos del Ministerio Público”. Estos argumentos fueron recogidos por la mayoría de la sala en la Corte Suprema, que estimó que “tal como se expresa en los razonamientos del fallo en alzada, la investigación penal, por regla general, no puede afectar derechos fundamentales como el derecho a la intimidad, a la vida privada y a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, salvo que se cuente con autorización del juez de garantía competente”. Así, agregaron que, “por lo tanto, siendo tales medidas de carácter excepcional, para concederlas el legislador Ministra titular de la Corte Suprema.
Su designación fue propuesta por el expresidente Sebastián Piñera, recibiendo la aprobación unánime del Senado en mayo de 2021. exige un alto estándar de exigencias que deben cumplirse tanto por la fiscalía para solicitarlas como de motivación por el juez al dictar la resolución que las dispone”, sentenciaron los magistrados.
Para luego concluir que “las medidas intrusivas decretadas que afectaban precisamente los derechos fundamentales ya expresados, no cumplieron dichos estándares”. La resolución de los sentenciadores recoge, además, los alegatos del Ministerio Público, que acusó agravio respecto de la resolución que declara ilegal las medidas intrusivas en un escrito de 46 páginas que, casi en su totalidad, subrayaron, se refiere solo a los argumentos de la defensa. Dedicando solo un párrafo a los planteamientos del Ministerio Público, según expuso ante la Segunda Sala el fiscal Eduardo Ríos. El persecutor, también, lamentó el vocabulario utilizado y las comparaciones con las actuaciones de agentes del Estado bajo el régimen militar presentes en el fallo de alzada.
“Entrega o incorpora palabras que estimamos como Ministerio Público que denuestan no solo al Ministerio Público sino al propio tribunal que resolvió, la señora magistrada, del tribunal de garantía de Antofagasta, pero además a las policías”, alegó el fiscal el lunes en audiencia.
Sobre esto, la mayoría estimó que “la circunstancia de que en el párrafo primero del considerando duodécimo de la sentencia recurrida se haya introducido una frase como un argumento retórico destinado a reforzar los razonamientos que le anteceden que evoca la actuación de los órganos a cargo de la investigación y persecución penal en períodos dictatoriales, como quiera que dicha oración resultaba innecesaria y no desvirtúa, ni tampoco potencia, las reflexiones jurídicas de la aludida sentencia”. Respaldo a actuaciones En la disidencia, los ministros Valderrama y Letelier argumentaron que las diligencias intrusivas de la fiscalía eran legales. Razonamientos que fueron valorados en la interna del Ministerio Público, en defensa de la legalidad de las pesquisas en este y otros casos. Se cuestionó, además, que dos abogados integrantes de la Suprema, nombrados bajo el mandato del Presidente Boric, Valdivia y Ruiz, votaran a favor de la defensa de Huneeus.
“La interceptación telefónica resulta procedente en la investigación de ilícitos que configuran un crimen y está dirigida, conforme en su inciso primero, a partícipes de diverso tipo de tales ilícitos, ya sea de un crimen ejecutado o uno que se encuentre en etapa de preparación”, aseguraron.
Así, recordaron que “el legislador permite la intromisión a la vida privada y de las comunicaciones de las personas, en aras de la investigación y persecución de ilícitos que como sociedad han sido relevados en su gravedad al afectar bienes jurídicos trascendentes”, indicaron.
E incluso subrayaron que “el procedimiento de interceptaciones tiene un origen lícito y que, por lo tanto, la información proveniente de la interceptación del teléfono concedida el 2 de octubre de 2024, puede ser utilizada como base de solicitudes o sustento de decisiones judiciales”. “Que conforme a los razonamientos expuestos, no se advierte el actuar fuera de marco legal por parte de la recurrida juez de garantía, sino que, por el contrario, esta ha realizado un ejercicio de valoración de los antecedentes aportados por el solicitante, los que fueron obtenidos válidamente, los encuadra dentro de la norma regulatoria de la diligencia planteada y resuelve acceder a ella, lo que descarta la ilegalidad que se plantea y que en definitiva mueve a estos disidentes al rechazo de la acción constitucional intentada”. Valencia: Fallo “no afecta la investigación” Tras la resolución, el fiscal nacional, Ángel Valencia, señaló que esperaban “que la corte revocara esta sentencia”, aunque aseguró que el fallo de la Suprema “no afecta de manera alguna el curso de la investigación (... ), el caso Convenios es mucho más grande que eso, el caso Procultura también es bastante más amplio que eso y la investigación que está a cargo de la Fiscalía Regional de Antofagasta sigue adelante”. En tanto, desde la defensa de Huneeus valoraron la decisión del máximo tribunal. “La más alta instancia judicial de Chile ha confirmado lo dicho unánimemente por la Corte de Apelaciones de Antofagasta en todos sus términos.
Las interceptaciones respecto de Josefina Huneeus, completamente alejadas de la práctica habitual del Ministerio Público y de los tribunales penales, fueron gravemente ilegales, atentatorias contra sus derechos más básicos y una amenaza para su libertad (... ). Es irreparable el daño”, indicaron. Críticas “no desvirtúan” las “reflexiones jurídicas” ANDREA RUIZ Abogada integrante de la Corte Suprema. Al igual que Valdivia, fue nombrada en 2024, bajo el mandato del Presidente Boric, y culmina sus labores en marzo de 2027. JOSÉ MIGUEL VALDIVIA Abogado integrante de la Corte Suprema. Fue nombrado por el gobierno del Presidente Gabriel Boric para el período de marzo 2024 hasta el mismo mes de 2027. LEOPOLDO LLANOS Ministro titular cuyo nombre fue propuesto por el expresidente Sebastián Piñera al Senado. Recibió el respaldo unánime de la Sala en noviembre de 2019.
MANUEL ANTONIO VALDERRAMA Ministro titular del máximo tribunal, cuyo nombramiento fue aprobado por el Senado en agosto de 2015, a propuesta de la expresidenta Michelle Bachelet.. En resolución de minoría, dos ministros recordaron que “el legislador permite la intromisión a la vida privada y de las comunicaciones de las personas, en aras de la investigación y persecución de ilícitos”. Fiscalía deberá eliminar “escucha” sobre Josefina Huneeus: María Teresa Letelier, ministra titular.