Extracto de resolución número 1.439, de 2025.- Autoriza a Blumar S.A. para capturar cuota de jurel transferida de acuerdo a la regulacion de la Organización Regional de Ordenación Pesquera Pacífico Sur
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.173 Viernes 13 de Junio de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2658942 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Pesca y Acuicultura AUTORIZA A BLUMAR S.A.
PARA CAPTURAR CUOTA DE JUREL TRANSFERIDA DE ACUERDO A LA REGULACIÓN DE LA OROP-PS (Extracto) Por resolución N 1.439, de esta Subsecretaría, autorízase a Blumar S.A., para capturar 11.694 ,55 toneladas del recurso jurel provenientes de la transferencia efectuada por la República de Vanuatu de conformidad con el párrafo 10 de la Medida de Conservación y Ordenamiento para Trachurus murphyi, MCO 01-2025, adoptada por la Comisión de la Organización Regional de Pesca del Pacífico Sur y aprobada mediante resolución exenta N 1.304 de 2025, de esta Subsecretaría. Para efectos de la captura autorizada en la presente resolución, la peticionaria podrá operar las naves Don Alfonso, Don Edmundo, Rapanui, Yelcho I y Erika.
Fíjase como zona de operación de las naves antes individualizadas el área de aplicación de la Convención sobre la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en el Alta Mar en el Océano Pacífico Sur, como asimismo la Zona Económica Exclusiva de Chile correspondiente a las unidades de pesquería donde la peticionaria posea licencia transable de pesca para el recurso Trachurus murphyi.
La solicitante deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, en la Ley de Navegación, en la Convención sobre la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros en el Alta Mar en el Océano Pacífico Sur, en las Medidas de Conservación y Ordenamiento adoptadas por la Comisión de la mencionada Convención actualmente vigentes.
La presente autorización tendrá vigencia a contar de la fecha de publicación del extracto de la presente resolución en el Diario Oficial y hasta el 31 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive, o hasta que se alcance el límite de captura de 11.694 ,55 toneladas señalado en el numeral 1, lo que ocurra primero. Valparaíso, jueves 5 de junio de 2025. - Julio Andrés Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2658942 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl