Decreto exento número 12, de 2025.- Prorroga vigencia del decreto Nº 10, de 2024, que modifica Norma Técnica Nº 220, de 2022, del algoritmo de cálculo para determinar el Indicador de Costos de la Salud del artículo 198, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, aprobada por el decreto Nº 20 exent
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.097 Miércoles 12 de Marzo de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2618208 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública PRORROGA VIGENCIA DEL DECRETO Nº 10, DE 2024, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE MODIFICA NORMA TÉCNICA Nº 220, DE 2022, DEL ALGORITMO DE CÁLCULO PARA DETERMINAR EL INDICADOR DE COSTOS DE LA SALUD (ICSA) DEL ARTÍCULO 198, DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE 2005, DEL MINISTERIO DE SALUD, APROBADA POR EL DECRETO Nº 20 EXENTO DE 2022, DE ESE ORIGEN, EN EL SENTIDO QUE INDICA Núm. 12 exento. - Santiago, 12 de febrero de 2025.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República; lo establecido en el artículo 198 del decreto con fuerza de ley Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469 ; en la ley Nº 21.350 ; en la ley Nº 21.647 ; en la ley Nº 21.674 ; en el decreto supremo Nº 28 de 2009, del Ministerio de Salud, y lo indicado en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
Que, la ley Nº 21.350, introdujo modificaciones al decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, estableciendo, en un nuevo artículo 198, las reglas a las que se sujetarán las modificaciones a los precios base de los planes de salud. 2.
Que, el numeral 1 del citado artículo 198, dispone que el Superintendente de Salud fijará mediante resolución, anualmente, un indicador que será un máximo para las Instituciones de Salud Previsional que apliquen una variación porcentual al precio base de sus planes de salud. 3. Que, el numeral 2, del mismo artículo, establece un procedimiento para determinar el valor anual del indicador.
En su letra a) se precisan los factores que sirven para el cálculo del indicador, añadiendo en un párrafo segundo, que un decreto supremo dictado por el Ministerio de Salud y suscrito además por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, aprobará la norma técnica que determine el algoritmo de cálculo para determinar el indicador propuesto, estableciendo, al menos, la ponderación de en especial los factores señalados en la señalada letra a). 4.
Que, mediante decreto exento Nº 20 de 2022, del Ministerio de Salud, se aprobó la Norma Técnica Nº 220, del algoritmo de cálculo para determinar el indicador de costos de la salud (ICSA) del citado artículo 198, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005.5.
Que, con fecha 23 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 21.647, que otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales. 6.
Que, el artículo 95, de la citada ley, introdujo modificaciones al indicador de costos de la salud para el año 2024, en lo relativo a los factores que sirven para el cálculo anual del indicador, estableciendo en su numeral 1, que para esa anualidad no se deberá considerar el costo de las nuevas prestaciones y la variación de frecuencia de uso de las prestaciones que se realicen en la modalidad de libre elección MLE del Fondo Nacional de Salud. 7.
Que, de acuerdo con lo expuesto en los considerandos precedentes, y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el citado artículo 95, numeral 1, de la ley Nº 21.647, para el Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2618208 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral anterior, se dictó el decreto exento Nº 10 del Ministerio de Salud que "Modifica Norma Técnica Nº 220, de 2022, del algoritmo de cálculo para determinar el indicador de costos de la salud (ICSA) del artículo 198, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, aprobada por el decreto Nº 20 exento de 2022, de ese origen, en el sentido que indica". 9. Que, el mencionado decreto estableció en su artículo tercero: "Se deja constancia que la modificación que se aprueba por el presente decreto sólo regirá para el proceso de adecuación correspondiente al año 2024". 10.
Que, con fecha 24 de mayo de 2024, se publicó la ley Nº 21.674 que "modifica el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, en las materias que indica, crea un nuevo modelo de atención en el Fondo Nacional de Salud, otorga facultades a la Superintendencia de Salud, y modifica normas relativas a las Instituciones de Salud Previsional", introduciendo para el año 2025,2026 y 2027, modificaciones en el cálculo del Indicador de Costos de la Salud, al disponer en su artículo undécimo transitorio: "Excepcionalmente, el proceso de adecuación de precios base a que se refieren los artículos 197,198 y 198 bis del decreto con fuerza de ley N 1, promulgado en 2005 y publicado en 2006, del Ministerio de Salud, estará asimismo sujeto al numeral primero del artículo 95 de la ley Nº 21.647, que otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales, durante los años 2025,2026 y 2027 o hasta que se modifique o reemplace la normativa vigente, en caso que esto acontezca con anterioridad al proceso de adecuación del precio base correspondiente al año 2027". 11.
Que, en base a lo expuesto, se requiere prorrogar la vigencia del decreto exento Nº 10 de 2024 a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la ley: Decreto: Artículo 1. - Modifícase, el decreto exento Nº 10 de 2024, del Ministerio de Salud, que modifica norma técnica Nº 220, de 2022, del algoritmo de cálculo para determinar el indicador de costos de la salud (ICSA) del artículo 198, del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, aprobada por el decreto Nº 20 exento de 2022, de ese origen, en el sentido que indica, en los siguientes términos: 1. Reemplázase en su artículo 2, la frase final: "el proceso de adecuación 2024", por la frase: "los procesos de adecuación correspondientes a los años 2024,2025, 2026 y 2027". 2.
Reemplázase en su artículo 3, la frase final: "para el proceso de adecuación correspondiente al año 2024", por la frase: "para los procesos de adecuación correspondientes a los años 2024,2025, 2026 y 2027". Artículo 2. - Manténgase íntegramente vigente en todo lo no modificado por el presente decreto, la Norma Técnica N 220, de 2022, aprobada por el decreto exento N 20 de 2022, del Ministerio de Salud con sus modificaciones introducidas por el decreto exento N 10, cuya vigencia se prorroga.
Anótese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Andrea Albagli Iruretagoyena, Ministra de Salud (S). - Verónica Pardo Lagos, Ministra de Economía, Fomento y Turismo (S). Transcribo para su conocimiento decreto exento Nº 12 del 12 de febrero de 2025. - Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública. - Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa División Jurídica, Ministerio de Salud. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2618208 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl