EXTRACTOS: MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
EXTRACTOS: MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: "PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DOMICILIARIAS DE ENTRE LAGOS, COMUNA DE PUYEHUE" (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS N* 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que mediante resolución exenta N*20249900126, de fecha 19 de junio de 2024, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley N* 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto "Planta De Tratamiento de Aguas Servidas Domiciliarias de Entre Lagos, Comuna de Puyehue", cuyo titular es Ilustre Municipalidad de Puyehue, el cual se emplaza en la comuna de Puyehue, Región de los Lagos. Su localización también considera la comuna de Río Bueno, Región de los Ríos, hasta donde se extiende el área de influencia de algunos componentes ambientales del Proyecto.
Al respecto, cabe señalar que, de acuerdo a la descripción del Proyecto "Planta De Tratamiento de Aguas Servidas Domiciliarias de Entre Lagos, Comuna de Puyehue", la tipología en virtud de la cual ingresa el proyecto al SEIA corresponde a aquella contemplada en el artículo 3* del DS N* 40/2012, correspondiente al literal 0), el cual señala: "Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos", siendo de los proyectos que presentan cargas ambientales, cumpliendo con los requisitos contemplados normativamente, los cuales son: ¡ ) la generación de beneficios sociales, y ii) externalidades ambientales negativas, según se indica en el Art. 94 inciso 7 del DS N* 40/2012.
En virtud de lo anterior y conforme al artículo 30? bis de la ley 19.300 y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cualquier persona natural o jurídica podrá presentar observaciones al Proyecto y tendrá un plazo legal de 20 días hábiles para efectuarlas por escrito ante el SEA, contados a partir de la fecha de la presente publicaGobierno de Chile El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: Dirección Ejecutiva del SEA, Miraflores 222, piso 20, Santiago. Sitio web www.sea.gob.cl. Firmado por: Valentina sy Alejandra Durán 2 Medina Fecha: 19/06/2024 3) 19:16:45 CLT Valentina Durán Medina Directora Ejecutiva Servicio de Evaluación Ambiental Servicio de Evaluación Ambiental Servicio de Evaluación Ambiental.