Extracto de resolución exenta número 5.283/2020, de 2021.- Rebaja multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.914 Jueves 1 de Agosto de 2024 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2519169 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región del Maule NOTIFICACIÓN Res. Ex.
Nº 5.283/2020, de fecha 19/08/2021, Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 19.473 que sustituye texto de la ley 4.601, sobre Caza, y artículos 609 del Código Civil; el decreto supremo Nº 5 de 1998, del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza; la resolución Nº 7/2019, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución Nº 5.655, de 17 de septiembre de 2013, del Director Nacional, que delega facultades en esta Jefatura; la resolución exenta Nº 839, de 7 de julio de 2021, del Director Regional del Maule, del Servicio Agrícola y Ganadero; el recurso interpuesto por don Jonathan Félix Acuña Caro, Cédula Nacional de Identidad Nº 18.268.195-4, domiciliado en Parcela 19 S/Nº, San Nicolás, Región de Ñuble y demás antecedentes. - Considerando: 1. - Que por resolución citada en los vistos, se impuso al recurrente una multa de 3 Unidades Tributarias Mensuales, por cuanto en fiscalización efectuada por Carabineros de Chile, se constata que efectúa caza deportiva de conejos y liebres con perros, sin permiso del SAG. - 2. - Que, el hecho denunciado constituye infracción a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley 19.473, en concordancia con lo establecido en el artículo 11 del decreto Nº 5/1998, del Ministerio de Agricultura. - 3. - Que esta clase de infracción se encuentra sancionada con multa de 1 a 25 Unidades Tributarias Mensuales, conforme lo dispone el artículo 29 de la ley Nº 19.473. - 4. - Que en el recurso de revisión de fecha 1 de agosto de 2021, el recurrente solicita se reconsidere la resolución sancionatoria por las razones que expresa. 5.- Que esta Jefatura hace suyas las consideraciones en que se funda la resolución recurrida. No obstante, por única vez, procederá a rebajar la multa impuesta, tomando en consideración lo señalado en el Ord. Nº 946 de 16/08/2021, del Director Regional del Maule del SAG.
Resuelvo: 1. - Ha lugar parcialmente al recurso interpuesto por don Jonathan Félix Acuña Caro, ya individualizado, y rebájese la multa impuesta a 1 Unidad Tributaria mensual, sin perjuicio de la facultad del Director Regional correspondiente de autorizar un convenio de pago de la multa.
Si no pagare la multa en el plazo establecido, o si se celebrare un convenio de pago, en caso de adeudar dos cuotas consecutivas, el total del remanente impago pasará a la Tesorería General de la República para su cobro. 2.- El recurrente podrá reclamar de la sanción ante el Juez de Letras en lo Civil de la ciudad en que tiene su sede el Director Regional correspondiente de este Servicio. La acción de reclamación prescribirá en el término de 30 días hábiles contados desde la notificación de esta resolución. Firma: Andrea Collao Véliz, Jefa División Jurídica SAG Dirección Nacional. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2519169 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl