Resolución exenta número 298, de 2026.- Deja sin efecto resolución N° 121 exenta, de 2023
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.381 Viernes 20 de Febrero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2768844 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DGA N 121 EXENTA, DE 20 DE ENERO DE 2023 (Resolución) Núm. 298 exenta. - Santiago, 6 de febrero de 2026. Vistos: 1.
La resolución DGA (exenta) N 121, de 20 de enero de 2023, que establece criterios para resolver recurso de reconsideración en contra de la resolución que fija anualmente el listado de derechos de aprovechamiento afectos al pago de patente por no uso de aguas; 2.
La Circular N 1, de 6 de febrero de 2026, que imparte instrucciones para resolver los recursos de reconsideración presentados en contra de las resoluciones que fijan los listados de derechos afectos a pago de patente por no uso de las aguas y otros procesos administrativos que indica; 3. La ley N 21.435, de 2022, que reforma el Código de Aguas; 4. El artículo 61 de la ley N 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; 5. La resolución C.G.R. N 36, de 19 de diciembre de 2024, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; 6. Lo dispuesto en el artículo 300 del Código de Aguas, y Considerando: 1.
Que, mediante la ley N 21.435, de 2022, se introdujeron modificaciones sustantivas al régimen de patente por no uso de aguas contemplado en el Código de Aguas, entre las que destacan nuevas exenciones al pago de patentes por no uso, la homologación de los factores de cálculo conforme a la naturaleza y forma de ejercicio del derecho, el establecimiento de un incremento sostenido y sin tope en los factores aplicables a las patentes por no uso, así como la modificación del procedimiento judicial de cobro de dichas obligaciones tributarias, el que actualmente puede culminar con el remate del derecho de aprovechamiento y la eventual cancelación total o parcial de su inscripción en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces competente, extinguiendo la deuda fiscal correspondiente. 2.
Que, en dicho contexto normativo, el Servicio dictó la resolución DG. (exenta) N 121, de 20 de enero de 2023, la cual estableció criterios para resolver los recursos de reconsideración interpuestos en contra de las resoluciones que fijan anualmente los listados de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no uso, incorporando un conjunto de directrices destinadas a orientar la resolución de las impugnaciones presentadas por los interesados, promoviendo la transparencia, la publicidad y la uniformidad en la fundamentación de las decisiones adoptadas por la Autoridad. 3.
Que, con posterioridad a la dictación de la citada resolución N 121, de 2023, se han producido relevantes desarrollos normativos y administrativos que han incidido en aspectos generales del estatuto recursivo y procedimental aplicable a las actuaciones del Servicio, entre ellos, la dictación de la ley N 21.582, de 2023, que suprimió la intervención de notarios en determinados trámites y gestiones, y la ley N 21.740, de 2025, que introdujo nuevas formas de notificación de los actos administrativos emanados de la Dirección General de Aguas, en concordancia con lo dispuesto en la ley N 21.180, de 2019, sobre Transformación Digital del Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2768844 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, en atención a lo anterior, y con el objeto de reforzar la coherencia, sistematicidad y actualización de las instrucciones impartidas en materia de resolución de recursos de reconsideración y otras actuaciones administrativas vinculadas al régimen de patentes por no uso de aguas, el Director General de Aguas, en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 300 letra a) del Código de Aguas, dictó la Circular N 1, de 6 de febrero de 2026, mediante la cual se impartieron instrucciones integrales y actualizadas aplicables a dicha materia. 5.
Que, considerando que la Circular N 1, de 6 de febrero de 2026, contiene un cuerpo de instrucciones completo, sistematizado y acorde al marco normativo y jurisprudencial actualmente vigente, cuyo ámbito de aplicación comprende y desarrolla de manera más exhaustiva las materias reguladas por la resolución DGA (exenta) N 121, de 20 de enero de 2023, resulta necesario evitar la coexistencia de criterios administrativos que puedan generar superposición normativa o eventuales divergencias interpretativas en la actuación del Servicio. 6.
Que, por las razones expuestas, y por asuntos de mérito, oportunidad y conveniencia administrativa, esta Autoridad estima procedente ejercer la facultad revocatoria prevista en el artículo 61 de la ley N 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, dejando sin efecto la resolución DGA (exenta) N 121, de 20 de enero de 2023, a fin de que las instrucciones contenidas en la Circular N 1, de 6 de febrero de 2026, rijan de manera plena, uniforme y exclusiva en la resolución de los recursos de reconsideración y demás actuaciones administrativas vinculadas al régimen de patentes por no uso de aguas. Resuelvo: 1. Déjese sin efecto la resolución DGA (exenta) N 121, de 20 de enero de 2023.2. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial. Asimismo, el texto de esta resolución, y sus respectivas modificaciones o actualizaciones, deberá ser publicado y encontrarse permanentemente disponible en el sitio electrónico de la Dirección General de Aguas. 3.
Comuníquese la presente resolución a las Direcciones Regionales de la Dirección General de Aguas; a las Oficinas Provinciales de la Dirección General de Aguas y a las Divisiones, Departamentos, Unidades y demás oficinas de la Dirección General de Aguas que correspondan. Anótese, publíquese y comuníquese. - Gabriel Antonio Mancilla Escobar, Director General de Aguas (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2768844 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl