Autor: POR MARTÍN BAEZA
Tribunal ordena a la FNE justificar la multa que se pidió para Indura y exgerente por colusión
Tribunal ordena a la FNE justificar la multa que se pidió para Indura y exgerente por colusión Tribunal ordena a la! Tribunal ordena a la! Tribunal ordena a la! Tribunal ordena a la! Tribunal ordena a la! La ENE justificar la multa que se pidió para Indura y exgerente por colusión E El TDLC acogió solo una parte de los requerimientos formulados por la compañía y el exejecutivo.
POR MARTÍN BAEZA El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) tomó sus primeras deter minaciones en el caso de la colusión entre las empresas de gases industriales y medicinales, Indura y Linde, que denunció la Fiscalía Nacional Económica (FNE) hace más de dos meses.
La FNE señaló que estas empresas realizaron un acuerdo para no disputarse los clientes, pero como Linde se acogió al programa de delación compensada, solo pidió multas para Indura, por UTA 37.680 (unos US$ 31 millones), y para su exgerente general, Marcelo Torres, por UTA 139 (unos US$ 114 mil). Indura y Torres negaron la colusión y han optado por negar las acusaciones de la ENE y, en esa estrategia, solicitaron una serie de excepciones dilatorias, como por ejemplo accederal expediente de investigación -para poder defenderse con todos los antecedentes y revisar la multa solicitada, reclamando que los mon= tos que pidió la Fiscalía no tenían justificación. tenían justificación.
La decisión Este jueves, el Tribunal resolvió acoger la solicitud de Indura sólo respecto a este último punto y dio 10 días hábiles a la FNE para indicar "de forma precisa las circunstancias específicas que fueron consideradas para la determinación del monto de la multa solicitada y explicitar cómo éstas fueron ponderadas". El TDLC estimó que la Fiscalía no precisó las cir= cunstancias específicas que se consideraron para determinar el monto de la multa. "La falta de explicitación referida contrasta con la precisión del monto de la sanción solicitada en contra de Indura de UTA 37.860.
De esta manera, la falta de claridad del requerimiento deja a Indura en una posición desmejorada respecto a la FNE, atendido que no tiene pleno conocimiento de la forma en que se determinó la sanción solicitada en su contra, obligándola a espe= cular respecto de la entidad de la multa lo que le impide ejercer adecuadamente su derecho a defensa y afecta el principio de bilateralidad ocontradicción", concluyó el tribunal. el tribunal..