SIMPSON SUR / Sociedad de Rentas Inmobiliarias Limitada
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.038 Jueves 2 de Enero de 2025 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2590645 FOJAS 302 N142 PEDIMENTO MINERO SIMPSON SUR DE SOCIEDAD DE RENTAS INMOBILIARIAS LIMITADA REP.
N138-2023 En COYHAIQUE, REPÚBLICA DE CHILE, a veinticuatro de Diciembre del año dos mil veinticuatro. - Se me requirió la inscripción del siguiente título, en mi Registro de Descubrimientos Mineros, para lo cual se me presntó la copia autorizada que transcribo: “EN LO PRINCIPAL: SOLICITA PEDIMENTO. PRIMER OTROSI: FORMA DE NOTIFICACIÓN. SEGUNDO OTROSI: PERSONERÍA. TERCER OTROSI: PATROCINIO Y PODER. S.J.L.
EN LO CIVIL DE COYHAIQUE SERGIO CORONADO ROCHA, abogado, cédula nacional de identidad N12.732.041-1, actuando en representación de SOCIEDAD DE RENTAS INMOBILIARIAS LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, Rol Único Tributario N78.648.070-1, todos domiciliados en Puerto Montt, en calle Benavente 550, piso 12, a US., respetuosamente expongo: Solicito se sirva a constituir concesión de exploración sobre terrenos abiertos e incultos. La concesión se denominará “SIMPSON SUR”. Su Punto Medio se ubica en la Comuna de Coyhaique, Provincia Coyhaique, Región de Aysén, y sus coordenadas U.T.M. son las siguientes NORTE: 4.921.878 ; ESTE: 274.116 ,00. Estas coordenadas están referidas al Datum La Canoa de 1956, Huso 18.
La superficie total de la cara superior, es de cien hectáreas y conforma un cuadrado de mil metros de norte a sur U.T.M., por mil metros de Este a Oeste U.T.M. - POR TANTO, de conformidad con lo expuesto en forma precedente y según lo disponen los artículos treinta y cuatro y siguientes de Código de Minería y demás normativa aplicable a la materia. RUEGO a US. : Tener por presentado el pedimento minero indicado y ordenar su inscripción y publicación de acuerdo a la Ley. PRIMER OTROSÍ: En virtud de lo establecido en el artículo 3 de la Ley N21.394, señalo el siguiente correo electrónico scoronadoabogado@gmail.com como forma de notificación expedita y eficaz.
SEGUNDO OTROSI: Solicito a US. tener presente que mi personería para representar a SOCIEDAD DE RENTAS INMOBILIARIAS LIMITADA, consta en copia autorizada de escritura pública de mandato judicial, instrumento que acompaño en el primer otrosí de esta presentación. - TERCER OTROSI: Ruego a US., tener presente que, en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, asumo el patrocinio y el poder en esta causa.
NOMENCLATURA: 1. [380] Certificado JUZGADO: 1 Juzgado de Letras de Coyhaique CAUSA ROL: V-247-2024 CARATULADO: SOCIEDAD DE RENTAS INMOBILIARIAS LIMITADA/ CERTIFICO: Que el presente pedimento minero fue ingresado mediante la Oficina Judicial Virtual, el día 25 de noviembre de 2024, a las 9:30:27 horas, por don Sergio Alejandro Coronado Rocha, en representación de Sociedad de Rentas Inmobiliarias Limitadas, bajo el Rol N V-247-2024. Coyhaique, 23 de diciembre de 2024.
Miriam Carmen Muñoz Contreras Secretaria (S). “Miriam Carmen Muñoz Contreras Secretario PJUD Veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro 16:12 UTC-3” NOMENCLATURA: 1. [4690] Ordena Inscribir y Publicar JUZGADO: 1 Juzgado de Letras de Coyhaique CAUSA ROL: V-247-2024 CARATULADO: SOCIEDAD DE RENTAS INMOBILIARIAS LIMITADA/ Coyhaique, tres de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo folio 3: Por cumplido con lo ordenado. Proveyendo la solicitud de folio 1: A lo principal: Por presentado el pedimento minero. Inscríbase y publíquese en el Boletín Oficial de Minería de Santiago. Al primer otrosí: Como se pide, téngase presente el correo electrónico señalado, como medio de notificación. Al segundo otrosí: Por acompañada, agréguese al proceso. Al tercer otrosí: Téngase presente. Cuantía indeterminada. En Coyhaique, a tres de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario, la resolución precedente.
Y “José Alfredo Briones Escobar Juez PJUD Tres de Diciembre de dos mil veinticuatro 09:33 UTC-3”. El Conservador que inscribe certifica que el documento transcrito tiene en sus carillas dos y tres, un código de barras que posee las siguientes letras: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2590645 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.038 Jueves 2 de Enero de 2025 Página 2 de 2 “SZKXXRQGGXV” y “DDZJXRBXGPK”, respectivamente y en ambas una leyenda que señala: “Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa.
”- Conforme con el título con el cual practiqué esta inscripción, el que en tres fojas agrego al final de este Registro con el número ciento cincuenta y tres. - Requirió don RODOLFO ZIMMERMANN MUSSIETT. - CESAR JOSE GONZALEZ FIGARI, ABOGADO, CONSERVADOR DE MINAS SUPLENTE DEL TITULAR DE LAS COMUNAS DE COYHAIQUE Y DE RIO IBAÑEZ. - DOY FE. - Certifico que es conforme con su original esta copia, Doy Fé, 24-12-2024 Coyhaique. Firmado Digitalmente por: CESAR JOSE GONZALEZ FIGARI Fecha: 2024.12.24 12:31:06 CLST Razon: Solicitada por el cliente vía Internet. Ubicacion: Freire 420 Coyhaique - Región de Aysén. COP-241224-1231-06964. Este documento incorpora una firma electrónica avanzada, según lo indicado en la Ley N19.799 y en el Autoacordado de la Excma. Corte Suprema. Su validez puede ser consultada en el sitio Web www.cbrchile.cl con el código de verificación indicado sobre estas líneas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2590645 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl