Resolución exenta número 5.586, de 2024.- Aprueba Anteproyecto de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa y lo somete a consulta pública
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.984 Sábado 26 de Octubre de 2024 Página 1 de 5 Normas Generales CVE 2564185 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE APRUEBA ANTEPROYECTO DE LA “ESTRATEGIA NACIONAL DE TRANSICIÓN SOCIOECOLÓGICA JUSTA”, Y LO SOMETE A CONSULTA PÚBLICA (Resolución) Núm. 5.586 exenta. - Santiago, 24 de octubre de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en la ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo N 209, de 2009, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe y su Anexo 1; en la ley N 21.455, Ley Marco de Cambio Climático; en el decreto supremo N 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica; en la resolución exenta N 200, de 2024, que aprueba la Norma de Participación Ciudadana del Ministerio del Medio Ambiente, que establece modalidades formales y específicas en el marco de la ley N 20.500 ; en el decreto supremo N 57, de octubre de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que crea y formaliza el Comité Interministerial de Transición Socioecológica Justa; en el decreto supremo N 58, de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que crea y formaliza el Comité Interministerial de Transición Hídrica Justa; en la resolución exenta N 665, de 2022, de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que establece y aprueba estructura y organización interna para las Oficinas del Ministerio del Medio Ambiente, la cual fue reemplazada por la resolución exenta N 750, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece y aprueba estructura y organización interna para las oficinas del Ministerio del Medio Ambiente, y deja sin efecto resolución exenta N 665, de 17 de junio de 2022, de la Subsecretaría del Medio Ambiente; en el Acta Sesión Ordinaria N 4, de 2024, del Comité Interministerial de Transición Socioecológica Justa; en el Acuerdo N 1, de 2024, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y Cambio Climático; en el oficio ordinario N 240799, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente, que remite el Acuerdo del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, que propone el sometimiento a Evaluación Ambiental Estratégica de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa; en el oficio de Gabinete de la Presidencia N 393, de 2024, que aprueba sometimiento de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica; en la resolución exenta N 1.646/2024 que inicia proceso de Evaluación Ambiental Estratégica para la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa; en el memorándum N 8789/2024 que remite Anteproyecto e Informe Ambiental en el marco del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa; en el memorándum N 9114/2024 que informa que el Anteproyecto de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa ha aplicado adecuadamente la Evaluación Ambiental Estratégica, yen la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2564185 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.984 Sábado 26 de Octubre de 2024 Página 2 de 5 Considerando: 1. - Que, en conformidad con el artículo 69 de la ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (“ley N 19.300 ”), corresponde al Ministerio del Medio Ambiente colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planesy programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, integridad de la política ambiental y su regulación normativa. 2.- Que, el artículo 7 bis de la ley N 19.300 señala que se someterán a Evaluación Ambiental Estratégica las políticas y planes de carácter normativo general, así como sus modificaciones sustanciales, que tengan impacto sobre el medio ambiente o la sustentabilidad, que el Presidente de la República decida, a proposición del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático. 3.- Que, mediante resolución exenta N 665, de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece y aprueba estructura y organización interna para las Oficinas de dicha cartera de Estado, se creó la Oficina de Transición Socioecológica Justa. 4.- Que, asimismo, mediante los decretos N 57 y N 58, de 2022, ambos del Ministerio del Medio Ambiente, que creó y formalizó el Comité Interministerial de Transición Socioecológica Justa y el Comité Interministerial de Transición Hídrica Justa, respectivamente. 5.- Que, conforme con lo dispuesto en los decretos individualizados precedentemente, es el Ministerio del Medio Ambiente quien preside ambos comités interministeriales, los cuales constituyen la instancia formal para adoptar los acuerdos en relación con sus funciones señaladas en el artículo 2 de cada decreto. 6.- Que, según se da cuenta en el Acta N 6, de fecha 17 de marzo de 2023, el Comité Interministerial de Transición Socioecológica Justa acordó elaborar una Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa. 7.- Que, a través de Acuerdo N 1, de fecha 29 de enero de 2024, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climáticoadoptó el acuerdo de someter a Evaluación Ambiental Estratégica la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 literal d) de la ley N 19.300.8. - Que, mediante oficio ordinario N 240799, de 21 de febrero de 2024, la Ministra del Ministerio del Medio Ambiente, remitió el Acuerdo N 1, de 29 de enero de 2024, del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático, a S.E. el Presidente de la República, solicitando someter a proceso de Evaluación Ambiental Estratégicala Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71 literal d) de la ley N 19.300.9. - Que, mediante oficio de Gabinete de la Presidencia N 393, de 19 de marzo de 2024, se informó a esta cartera de Estado, que S.E. el Presidente de la República, aprobó someter al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica a la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa, a solicitud del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático. 10. - Que, mediante resolución exenta N 1.646, de 10 de junio de 2024, se dio inicio al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica para la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa. 11. - Que, la Oficina de Transición Socioecológica Justa, a través del memorándum N 8789, de 15 de octubre de 2024, remitió el Anteproyecto e Informe Ambiental en el marco del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa. 12. - Que, la Oficina de Evaluación Ambiental, mediante el Memorándum N 9114/2024, del 22 de octubre de 2024, informa que el Anteproyecto de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa ha aplicado adecuadamente la Evaluación Ambiental Estratégica. 13. - Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del decreto supremo N 32, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica, corresponde iniciar un proceso de Consulta Pública de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2564185 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.984 Sábado 26 de Octubre de 2024 Página 3 de 5 14. - Que, en mérito de lo señalado en los considerandos precedentes, por medio del presente acto administrativo se aprueba el Anteproyecto de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa, y lo somete a consulta pública.
Resuelvo: 1. - Apruébase el Anteproyecto y el Informe Ambiental de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa. 2.- Sométase a consulta pública el Anteproyecto de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa y su Informe Ambiental, por un período de 40 días hábiles, contados desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial. a. Dentro del plazo de 40 días hábiles, contados desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, cualquier persona, natural o jurídica, podrá formular observaciones al contenido del anteproyecto.
Las observaciones deberán ser fundadas y presentadas a través de la plataforma electrónica: http://consultasciudadanas.mma.gob.cl; o bien, por escrito en la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) del Ministerio del Medio Ambiente (San Martín 73, Santiago) o en la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente más cercana al domicilio del interesado; también pueden ser enviadas al correo electrónico transicion@mma.gob.cl, señalando nombre completo, Ruty dirección de correo electrónico. b.
Durante el proceso de consulta pública, se realizarán, además, las siguientes actividades: (i) webinar de inicio a través del portal institucional del Ministerio del Medio Ambiente en octubre de 2024; (ii) talleres presenciales en las 16 regiones entre octubre y noviembre de 2024.
Para la difusión de estas actividades, se considerará el uso de redes sociales institucionales, portal web institucional del Ministerio del Medio Ambiente, comunicaciones a través de correo electrónico y material físico de difusión en Secretarías Regionales Ministeriales del Ministerio del Medio Ambiente. c.
El texto del Anteproyecto y del Informe Ambiental estará publicado en forma íntegra en el mencionado sitio electrónico y en el expediente electrónico https://eae.mma.gob.cl/file/504.3. - Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, en el sitio web del Ministerio del Medio Ambiente y en un diario o periódico de circulación nacional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Reglamento para la Evaluación Ambiental Estratégica del Ministerio del Medio Ambiente y el artículo 25 de la Norma de Participación Ciudadana del Ministerio del Medio Ambiente. 4.- Publíquese el texto del Anteproyecto y su Informe Ambiental en forma íntegra en el sitio electrónico mencionado anteriormente, cuyo extracto se reproduce a continuación, formando parte integrante de la presente resolución: EXTRACTO ANTEPROYECTO DE LA ESTRATEGIA NACIONAL DE TRANSICIÓN SOCIOECOLÓGICA JUSTA Antecedentes La humanidad enfrenta una triple crisis planetaria por pérdida de biodiversidad, cambio climático y contaminación, procesos interrelacionados, que se amplifican, aceleran y sincronizan entre sí. El escenario global de la triple crisis tiene impactos concretos en Chile y ha intensificado problemas ambientales locales. Las sequías son un fenómeno recurrente y se han profundizado. Al 2024 (DGA) existen 50 comunas en el país con decretos de escasez hídrica, en las que viven 1.655.458 habitantes, el 9,4% del total nacional.
En materia de contaminación, las cifras del Ministerio del Medio Ambiente indican que, en 2021, un poco más de 11 millones de habitantes del país vivían en zonas que han sido declaradas como latentes o saturadas por material particulado fino (MP 2,5). El Catastro Nacional de Suelos con Potencial Presencia de Contaminantes (2022) muestra que en Chile existen 9.261 sitios de este tipo, de los cuales 5.210 están activos, 958 inactivos y 2.786 están abandonados. Del total, 4.796 fueron clasificados como de “alta prioridad” para su gestión, por encontrarse a menos de 2 kilómetros de población residente y de sistemas hídricos utilizados como fuente de agua potable.
En este contexto, si queremos tener un futuro viable, debemos abordar la triple crisis ecológica con la máxima urgencia, reconociendo que la raíz de ellas es la misma: la economía se Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2564185 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.984 Sábado 26 de Octubre de 2024 Página 4 de 5 ha construido sobre la base de los combustibles fósiles, y la extracción y alto uso de bienes naturales, cuyos efectos son la destrucción de la naturaleza, la contaminación de ecosistemas, el aumento de las temperaturas globales, además de efectos sociales tales como el aumento de las vulnerabilidades sociales y una mayor exposición a riesgos ambientales. Para lograrlo necesitamos más y mejor inversión pública y privada. En Chile, la Ley Marco de Cambio Climático, publicada el año 2022, es un punto de inflexión para concretar estos necesarios cambios. Su implementación tendrá un profundo impacto en el desarrollo del país.
Según un estudio del Banco Mundial (2020), si el país alcanza su meta de descarbonización en 2050, significará para Chile aumentar el nivel de PIB potencial en un 4,4%, equivalente a sumar 31.000 millones de dólares a la economía nacional. Para continuar teniendo un futuro habitable para esta y las futuras generaciones, necesitamos transformar nuestros sistemas productivos y sociales para enfrentar la triple crisis ecológica.
Esta transformación no sucederá de un día para otro, y para llegar a ella debemos delinear un camino que debe considerar las realidades locales y enfocarse en mejorar -y evitarlas externalidades negativas sobre el bienestar de las comunidades y los ecosistemas.
Chile ha priorizado abordar esta transformación a través de un proceso de Transición Socioecológica Justa (TSEJ), que nos permita cumplir con las metas globales y avanzar hacia una sociedad más equitativa, solidaria y resiliente, considerando la realidad social, ambiental, económica y laboral de cada territorio de nuestro país.
Para ello, es necesario articular acciones incrementales y transformadoras que se alineen con el principio de justicia climática y ambiental, considerando todas sus dimensiones: permitir asignar equitativamente los costos de mitigación y adaptación (justicia distributiva), proteger a las personas y territorios más vulnerables (justicia intrageneracional), conservar la biodiversidad y los ecosistemas (justicia ecológica), proteger los intereses de las generaciones futuras (justicia intergeneracional) y contar con procedimientos inclusivos y solidarios y de participación colectiva en la toma de decisiones, en su implementación y evaluación (justicia procedimental). En este contexto, se ha definido la TSEJ como el “Proceso de transformación y/o adaptación de los sistemas socioculturales hacia el equilibrio ecosistémico, bienestar de las personas y modelos productivos sostenibles, en el marco de la triple crisis por pérdida de la biodiversidad, cambio climático y contaminación, asegurando el enfoque de derechos humanos, igualdad de género y trabajo decente”. La implementación del concepto se inicia a través de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa, que tiene como propósito acompañar los principales procesos de cierre/reconversión de industrias para asegurar que se realicen sin generar nuevos impactos en territorios, que históricamente han debido soportar los efectos en la salud y medio ambiente; y lograr que nuevas industrias emergentes implementen criterios para prevenir impactos a la salud de la población y del medio ambiente en donde se instalen, de modo que éstas se transformen en fuentes de oportunidades y desarrollo para distintos territorios del país.
Alcance de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa La Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa es una política nacional de carácter intersectorial coordinada entre distintos ministerios, que busca fortalecer el Pilar Social de la Contribución Determinada a Nivel Nacional (NDC) de Chile 2025-2035, con la finalidad de articular y generar sinergia entre los compromisos climáticos internacionales del país y la agenda nacional en esta materia, evidenciando de forma clara el estrecho vínculo que existe entre las dimensiones climática y socioambiental.
Esta estrategia recoge una visión del futuro desarrollo para el país en la próxima década, en el marco de la triple crisis planetaria y del proceso de transición que se inicia a partir de ella, orientada a promover un modelo económico y social sostenible, inclusivo y resiliente al clima, alineada con la Ley Marco de Cambio Climático, y en la que se adoptan las medidas necesarias para garantizar un proceso justo, informado y participativo a trabajadores, comunidades y territorios en dicho proceso de transición.
Objetivo de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa El objetivo de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa es que las transiciones de los sistemas productivos hacia un desarrollo sostenible y resiliente al clima resguarden la justicia social y ambiental. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2564185 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.984 Sábado 26 de Octubre de 2024 Página 5 de 5 Principios de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa La Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa se basa en cinco principios fundamentales que deben orientar una adecuada implementación de los procesos de Transición Socioecológica Justa presentes y futuros, en los distintos sectores que son parte del Comité Intersectorial de Transición Socioecológica Justa. Estos principios son los siguientes: Transformación Productiva, Enfoque Ecosistémico, Trabajo Decente, Igualdad de Género, Derechos Humanos.
Ejes estratégicos de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa Los ejes estratégicos trazan los lineamientos principales para implementar una transición socioecológica con justicia ambiental y social a 2035, que se haga cargo de los desafíos climáticos, de biodiversidad y de contaminación del país, fomente activamente la descarbonización, corrija las inequidades ambientales, mejore la calidad de vida de comunidades y territorios, y promueva un desarrollo sostenible, resiliente y bajo en carbono del país. Eje 1 Reconversión laboral y empleos de calidad. Se promueve la reconversión laboral y la creación de empleos en sectores de la economía bajos en carbono. Los nuevos empleos verdes y el diálogo maximizan las oportunidades económicas y laborales de los sectores productivos y territorios en transición. Eje 2 Restauración y resguardo de los ecosistemas.
La resiliencia climática de los territorios se incrementa incluyendo medidas de restauración y protección de ecosistemas, apuntando a cumplir con los objetivos y las metas establecidos por el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica. Eje 3 Equidad y bienestar de las comunidades. Los territorios y comunidades mejoran su calidad de vida gracias a los beneficios sociales, ambientales y económicos de la transición. Eje 4 Innovación y tecnología para modelos productivos sostenibles. Nuevos modelos industriales para avanzar hacia una economía de bajo impacto socioambiental en el país.
Plan de Acción 2030 A pesar del alcance nacional de la Estrategia Nacional de Transición Socioecológica Justa, se considera un primer énfasis en el proceso de descarbonización de la matriz energética en aquellos territorios en donde existen actividades productivas que han provocado la concentración de cargas ambientales y sociales, y que requieren medidas urgentes. El Plan de Acción al 2030 recoge las medidas urgentes para los territorios en transición: Huasco, Tocopilla, Mejillones, Quintero-Puchuncaví-Concón, y Coronel. En concreto, se proponen 21 medidas de carácter transversal para el conjunto de los territorios en transición. A estas se suman 29 medidas específicas para cada uno de los cinco territorios en transición. Anótese, comuníquese, publíquese y archívese. - Maximiliano Proaño Ugalde, Subsecretario del Medio Ambiente. Lo que transcribo para Ud. para los fines que estime pertinentes. - Maximiliano Proaño U., Subsecretario del Medio Ambiente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2564185 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl