Resolución exenta número 2.068, de 2024.- Delega en el cargo que indica las facultades que señala
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.108 Martes 25 de Marzo de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2622991 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Redes Asistenciales / Servicio de Salud Magallanes Región de Magallanes y Antártica Chilena / Hospital de Porvenir DELEGA EN EL CARGO QUE INDICA LAS FACULTADES QUE SEÑALA (Resolución) Núm. 2.068 exenta. - Porvenir, 3 de octubre 2024.
Vistos: Resolución N 06/2019,07/2019,14/2023, de Contraloría General de la República, fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y los montos afectos; decreto con fuerza de ley N 1-19.653 /17.11.2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; DFL N 1/24.04.2006, del Ministerio de Salud, fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N 2.763/79 y de las leyes Ns. 18.933 y 18.469 ; decreto N 136/21.04.2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; DS N 140/21.04.2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; decreto N 38/29.12.2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; resolución exenta N 5.075/01.10.2012, de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, designa al Hospital Comunitario "Dr. Marco Chamorro Iglesias", como establecimiento de baja complejidad; resolución exenta N 2.999, de 10.05.2023, aprueba estructura del Hospital Comunitario "Dr. Marco Chamorro Iglesias", resolución exenta N 7.709, de 29.12.2023, del Servicio de Salud Magallanes, que designa D. Altayra Ferhmann Vargas como Directora del Hospital Comunitario Dr. Marco Chamorro Iglesias de Porvenir. Considerando: 1.
Que, el decreto 38/2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de menor complejidad y de los establecimientos de autogestión en red, establece las atribuciones del Director/a, en el Título II, artículo 7, consignando que le corresponde programar, dirigir, coordinar, supervisar, controlar y evaluar todas las actividades del Establecimiento para que ellas se desarrollen de modo regular y eficiente; 2.
Que, por su parte el articulo 41 del decreto con fuerza de ley N 1-19.653 /17.11.2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, dispone que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias de una autoridad puede ser delegado en funcionarios de su dependencia, bajo las condiciones que indica; 3.
Sobre esta Institución Contraloría ha expresado en su dictamen N 2.575, de 2005: "mediante la delegación de facultades, se puede obtener una agilización y eficiencia del trabajo, atenuando la centralización y la adopción de decisiones, evitando que una autoridad resuelva todas las cuestiones, problemas y necesidades que se presenten dentro de la órbita de su competencia, con lo cual no se dilatan las resoluciones ni se entorpece la adecuada marcha del servicio y, en definitiva, no sólo se beneficia a los usuarios, sino que, además, por intermedio de esa figura juridica se puede dar pleno cumplimiento a los señalados principios"; 4.
Que, al amparo de esta figura y con el objeto de agilizar procedimientos y propender a la desconcentración funcional del mismo, desarrollando una acción expedita y eficaz en el funcionamiento de la Dirección del Servicio, se ha estimado necesario y procedente, habilitar al Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2622991 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Marco Chamorro I. " de Porvenir o en quien le subrogue en sus funciones, las facultades establecidas en el artículo 7 letra f) del decreto 38/2005, del Ministerio de Salu, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de menor complejidad y de los establecimientos de autogestión en red; 2 Déjase establecido que todas las resoluciones que dicten los delegados, en virtud de las atribuciones que se le confieren por este documento, deberán llevar antes de la firma la frase "Por facultad delegada del Director del Hospital de Porvenir Marcos Chamorro Iglesias" y singularizarse esta resolución en los Vistos o parte considerativa con su número y fecha; 3 Instrúyase al Departamento de Gestión de las Personas del Hospital Comunitario Dr.
Marco Chamorro I. de Porvenir, realice las gestiones tendientes a publicar el presente acto administrativo en el Diario Oficial, una vez diligenciada su tramitación; 4 Notifíquese personalmente del presente acto, a los delegados y subrogantes respectivos. Anótese, comuníquese y archívese. - Altayra Victoria Ferhmann Vargas, Directora, Hospital Comunitario "Dr. Marco Chamorro I. " de Porvenir. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2622991 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl