Municipalidad de Colina Municipalidad de Colina Inicio Proceso
MUNICIPALIDAD DE COLINA Municipalidad de Colina INICIO PROCESO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA ACTUALIZACIÓN PLAN REGULADOR COMUNAL DE COLINA En consideración a la siguiente normativa: 1. El DFL Nº 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones. 2. El DS (V. y U. ) Nº 47, de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 3. Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. 4. Ley 19.300, de 1994, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y sus modificaciones posteriores, particularmente las relativas al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica introducidas mediante la ley 20.417, de 2010. Y mediante decreto alcaldicio Nº E-467/2024, de fecha 8 de marzo de 2024, la Municipalidad de Colina ha dado inicio al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica de la Actualización de su Plan Regulador Comunal. ÓRGANO RESPONSABLE DEL PROCESO: Municipalidad de Colina.
RESUMEN ANTECEDENTES: La comuna de Colina requiere modificar el instrumento de planificación comunal vigente debido a que la dinámica sociodemográfica y de desarrollo urbano de la comuna de Colina ha cambiado relevantemente en los últimos 15 años. Por una parte, la población de las ZDUCs, AUDPs y condominios rurales ha aumentado considerablemente, mientras que, por otro lado, hay un porcentaje de incremento de población en la ciudad de Colina. En ambos casos son patrones de desarrollo urbano distintos, con dinámicas y problemáticas diferentes, que deben ser abordados en la actualización del instrumento de planificación territorial. Adicionalmente, la normativa urbana, ambiental y territorial ha tenido cambios considerables en los últimos 15 años, por cuanto es necesario actualizar el instrumento a estas nuevas directrices, patrones y estándares, tanto normativos como conceptuales. En esta misma línea, cabe señalar que los mecanismos de participación ciudadana y difusión también han cambiado en este rango de tiempo, siendo necesario construir un instrumento validado por la comunidad y sus autoridades locales.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.822 Miércoles 10 de Abril de 2024Página 2 de 3 CVE 2475325 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl El desarrollo urbano de viviendas de la AUDP (Colina oriente) y de las ZDUC Santa Elena, Chicureo y Chamisero - La Reserva se ha materializado, parcial y secuencialmente, acorde a lo planificado por sus desarrolladores y en sintonía con la normativa urbana vigente para esos sectores.
Sin perjuicio de ello, a partir de los pronunciamientos de Contraloría General de la República, la figura de las ZDUC y AUDP, ya no podrán estar completamente sujetas a las condicionantes que tenían antes, teniendo que el instrumento de planificación local, el Plan Regulador Comunal de Colina, hacerse cargo de zonificar y normar las condiciones urbanísticas de estos sectores. Finalmente, debe considerarse que los patrones culturales, de habitabilidad y de consumo en la comuna de Colina, han cambiado en los últimos 15 años. Por ejemplo, el desarrollo informal de poblaciones (tomas de terreno) es un problema considerable en la ciudad de Colina, que no existía al momento de confeccionar el instrumento vigente. Por otra parte, la demanda de viviendas con accesos controlados (condominios) ha tenido un aumento considerable producto de los problemas de seguridad a nivel país que estamos experimentando.
OBJETIVOS AMBIENTALES DEL PLAN REGULADOR COMUNAL: a) Resguardar el recurso hídrico superficial y contribuir con áreas de infiltración, diseñando un sistema de áreas verdes (infraestructuras verdes) en torno al estero Colina, quebradas u otros espacios públicos o privados, que permitan su cuidado y colaboren con la recarga de acuíferos. b) Aportar a disminuir las emisiones de GEI asociadas a la Zona Industrial Exclusiva definida por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, estableciendo medidas de mitigación, vinculadas al diseño del plan, como lo son la incorporación de infraestructuras verdes, y/o la definición de normas técnicas que colaboren con la sustentabilidad urbana (ej.
Incentivos normativos). c) Incentivar el uso de medios de transportes sustentables y una movilidad activa, estableciendo un sistema vial cuyo ancho entre líneas oficiales permita acoger medios de transportes distintos al automóvil, como lo son el transporte público, la caminata, patineta y bicicleta; y, un sistema de centralidades que acerque los bienes y servicios a los distintos núcleos urbanos. d) Fomentar la biodiversidad en las áreas y entornos urbanos, definiendo un sistema de áreas verdes que dé continuidad espacial a los corredores biológicos, considerando los elementos naturales de la ciudad y el territorio que van desde jardines, parques, esteros y quebradas, hasta sitios prioritarios y el área de protección ecológica definida por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago. e) Contribuir a disminuir la presión sobre el suelo rural que ejerce el desarrollo de proyectos de equipamiento y parcelas residenciales, ajustando las normas que rigen al interior de las áreas urbanas e incentivando el desarrollo de estas.
CRITERIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE: a) Define normas y condiciones para el desarrollo de infraestructura verde. b) Establece medidas de adaptación y mitigación al cambio climático. c) Fomenta un desarrollo urbano equilibrado. d) Mejora el acceso de la población urbana a bienes y servicios.
PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL DISEÑO DE LA ACTUALIZACIÓN DEL PLAN: A partir de la publicación del presente extracto en el Diario Oficial, y durante los siguientes 30 días hábiles, los ciudadanos y ciudadanas de la comuna de Colina podrán aportar antecedentes para la actualización del Plan Regulador Comunal y, formular observaciones al proceso de Evaluación Ambiental Estratégica desarrollado hasta la fecha.
Para tales efectos, la documentación estará disponible en el sitio web www.colina.cl, y en las dependencias de la Ilustre Municipalidad de Colina en el DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.822 Miércoles 10 de Abril de 2024Página 3 de 3 CVE 2475325 | Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Sitio Web: www.diarioficial.cl | Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl Departamento de Asesoría Urbana, ubicado en Av. Colina Nº 700, Colina, de 9:00 a 13:30. Los aportes y/o antecedentes deberán comunicarse por escrito, a través de la Oficina de Partes del Municipio, ubicada en Av. Colina Nº 700, Colina, o a través del correo electrónico oficina.partes@colina.cl. ISABEL MARGARITA VALENZUELA AHUMADA Alcaldesa I. Municipalidad de Colina