EXTRACTOS: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA
EXTRACTOS: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA ILUSTRE ÇMUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA Ciudad de la Eterna Juventud VILLA ALEMANA, 27 de diciembre de 2024 DECRETO ALCALDICIO N2396/ Con esta fecha el Sr.
Alcalde ha emitido el siguiente Decreto: VISTOS: La Providencia N11231, del 27 de diciembre de 2024, de la Administración Municipal; El Ordinario N3034 de fecha 04 de diciembre de 2024, de la Direccion de Obras Municipales y antecedentes que acompañan; El Informe de Inspección y Fiscalización N287 y 225, del año 2024, emitido por la Direccion de Obras Municipales; El Ordinario N2210 de fecha 16 de septiembre de 2024, de la Dirección de Obras; Lo dispuesto en el Decreto con Fuerza de Ley N458 del año 1976, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial de fecha 13 de abril del año 1976, que fijó el nuevo texto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, especialmente, lo dispuesto en su Articulo 148 y siguientes; Las facultades que me confiere la Ley 18.695, de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones; DECRETO: 1.
DISPÓNGASE la demolición total de las Construcciones Irregulares ubicadas en calle Gabriel Dazarola N1234, LT 25 A-2, ROL de Avaluó 437-27 del SIl, con cosas a nombre del propietario del inmueble, SUCESIÓN ENRIQUETA DEL CARMEN GONZALEZ BUSTAMANATE Y OTROS o sus herederos resultantes de la Posesión efectiva indicada por el Servicio de Registro Civil. 2.NOTIFÍQUESE por parte del Secretario Municipal el presente decreto alcaldicio a la SUCESIÓN ENRIQUETA DEL CARMEN GONZALEZ BUSTAMANATE Y OTROS, propietaria conocida del inmueble ubicado en calle Gabriel Dazarola N1234, IT 25 A-2, Comuna de Villa Alemana, dándosele un plazo de cinco días corridos, contados desde la fecha de la última publicación del aviso a que se refiere el N5 de este decreto alcaldicio, para que proceda a ejecutar las obras de demolición respectivas, debiendo seguirse las instrucciones técnicas que para tal efecto señale la Dirección de Obras Municipales. 3.APERCIBASE al propietario del inmueble ya individualizado, que, en el caso de no ejecutar las obras de demolición total ordenadas por medio de este decreto alcaldicio, en el plazo fijado en el mismo, dichas obras serán dispuestos por la propia Municipalidad de Villa Alemana, a costa de dicho propietario. 4.ESTABLÉCESE que desde la fecha de notificación de la presente resolución, el propietario podrá presentar el recurso de reposición establecido en el artículo 152 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y solicitar a su costa que se proceda a efectuar una nueva revisión de la obra por el Director de Obras Municipales, asesorado por el ingeniero o arquitecto que designe, sin perjuicio de poder ejercer, además, el derecho a reclamar ante la Justicia Ordinaria, conforme lo establece el artículo 154 de la Ley ya referida. 5.PUBLÍQUESE el presente decreto alcaldicio por medio de tres avisos, publicados en días distintos, en un periódico de la ciudad cabecera de la provincia. 6.DISPÓNGASE el auxilio de la fuerza pública si fuese necesario, para el cumplimiento del presente decreto alcaldicio. 7.DÉJESE sin efecto toda resolución anterior que se contraponga a lo dispuesto en el presente decreto alcaldicio. ANOTESE, COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE. PATRICIO TORRES PALOMINOS SECRETARLA MUNICIPAL GUILLERMO MOLINA GALVEZ ADMINISTRADOR MUNICIPAL (Por orden del Sr. Alcalde, Decreto ¿ Sicaldicio N2289 de 2024).