TC propina derrota al Gobierno en caso Dominga y el proyecto da paso clave para su aprobación
TC propina derrota al Gobierno en caso Dominga y el proyecto da paso clave para su aprobación Tribunal Ambiental, ya que resolvió que no existe una verdadera contienda de competencia en este caso.
Simplemente existe un desacuerdo con lo fallado por el Tribunal Ambiental, lo cual es un problema de legalidad o validez de lo resuelto, en relación con la ejecución de la sentencia del caso Dominga, lo cual ahora debe resolverla Corte de Apelaciones de Antofagasta”, explica Emanuel Ibarra, socio del estudio Moreno, Sáez y Avilés, y exfiscal de la SMA.
“Este fallo deja más asentado un escenario de aprobación definitiva del proyecto, sobre todo considerando que existe una probabilidad no menor de que los recursos de casación que quedan pendientes ante la Corte Suprema sean declarados inadmisibles”, comenta. “Sin duda es un triunfo para el proyecto Dominga.
El TC concluye que el 1TA'no invadió la discrecionalidad del Comité de Ministros, sino que, por el contrario, controló el cumplimiento de una sentencia firme, frente a un acto nuevo del comité que se excedía en lo ordenado por el tribunal”, afirma Juan Ignacio Marín, director de Regulatorio y Medioambiente de HID Group. Aún falta que la Corte Supreima resuelva un recurso de cas ción contra el fallo del ITA. CATALINA MUÑOZ-KAPPES El Tribunal Constitucional (TC) propinó una derrota al Gobierno al rechazar su solicitud para invalidar una decisión del Primer Tribunal Ambiental (ATA) en torno al caso Dominga. El Comité de Ministros resolvió en enero en contra del proyecto minero-portuario Dominga. En febrero, el ITA le instruyó al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) secretaría técnica del comité ministerial corregir aspectos clave de esa resolución, pues consideraba que no respetaba una decisión previa del mismo tribunal. Ante ello, el Gobierno fue ante el TC alegando que había una contienda de competencias, porque a su juicio el ITA no podía alterar una resolución del Comité de Ministros.
Y contienda de jurisdicción de carácter positivo o negativo, ni constitutiva de una invasión o interferencia de funciones, que Tribunal Constitucional deba el problema planteado dice relación con cuesti rimir, sino que nes de legalidad interna del proceso judicial, que cabe resolver en la sede ordinaria, por los mecanismos procesales habilitantes para ello y, adicionalmente, ya utilizados por el reclamante (el SEA)”. El TC va más allá: “Todo esto es así por un asunto muy simple: el Tribunal Ambiental sí es competente” para ordenar al SEA modificar la resolución del Comité de Ministros. Además, el TC indicó que el Ejecutivo actuó con contradicción por haber apelado, en paralelo, ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta. “Al apelar de esa sentencia, la parte está reconociendo la jurisdicción y la competencia del tribunal que la dictó. Y desde luego está otorgando competencia a la Corte de Apelaciones para revisarla. Es contradictorio sostener que el Tribunal ayer el TC le dio la razón al ITA. El caso La sentencia del Tribunal Constitucional concluye que “no se ha presentado una verdadera El TC indicó que el Ejecutivo actuó con contradicción por haber apelado, en paralelo, ante la Corte de Antofagasta.
Tribunal Superior ordinario que Ambiental carece de competencia para decidir todos esos extrerevise esos mismos aspectos y decida sobre ellos”, indica el fallo mos ya referidos, porque pertede mayoría (cuatro votos a favor, necen en exclusiva al Poder Ejey el votoen contra dela presidencutivo a través del Comité de Miladel TC, Nancy Yáñez, nombrala vez, pedir al nistros y, a da por este gobierno). “El Tribunal Constitucional respaldó la postura del Primer El futuro de Dominga. Concluyó que el Primer Tribunal Ambiental es competente para ordenar al SEA modificar una decisión del Comité de Ministros. Descartó la contienda de competencia presentada: