Fallan a favor de abogado que denunció por acoso a hospital y Servicio de Salud
ACUSACIÓN. El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno ordenó el pago solidario de 4 millones de pesos. El Servicio de Salud enfatizó que se trata sentencia de primera instancia, por lo que quedan pendientes recursos.
Sergio Silva Vásquez 1 Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno condenó al Hospital Base San José y al Servicio de Salud a pagar la suma de 4 millones de pesos por concepto de daño moral a favor del profesional Carlos Currieco Pavie. La víctima es el abogado y exjefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del principal recinto asistencial de la provincia de Osorno. En este fallo, el tribunal condenó al recinto asistencial y al Servicio de Salud por acoso laboral contra el jefe jurídico.
En la sentencia, se responsabiliza directamente a Julio Vargas González, director (s) del hospital, y a Rodrigo Alarcón Quesem, director del Servicio de Salud, por su rolen la creación de un ambiente hostil y la posterior acción de castigo contra el abogado Currieco. APELACIÓN Victor Gallardo Vega, abogado del denunciante, manifestó su satisfacción por el veredicto condenatorio, pero lamentó profundamente la inacción del Ministerio de Salud ante este tipo de casos.
“Es lamentable que el Ministerio de Salud siga invisibilizando el acoso y el maltrato laboral en el sector público y que se mantengan en sus cargos directivos condenados por acoVÍCTIMA HABÍA SIDO DESPEDIDA, PERO CONTRALORÍA DETERMINÓ QUE DEBÍA SER REINTEGRADA. 14 de enero Tribunal laboral dio a conocer la sentencia y, dentro de los plazos legales, se presentó un recurso de nulidad. $4 millones es la suma de indemnización que ordenó el tribunal laboral en esta causa contra el recinto asistencial y el SSO. so”, indicó el abogado defensor de la víctima. Sin embargo, la resolución judicial no dejó conforme a la víctima, por lo que, junto a su abogado, presentaron un recurso de nulidad. “Vamos a seguir adelante con este fallo ante la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema para buscar indemnizaciones y sanciones más ejemplares. Cabe destacar que nuestro representado cuenta con una medida cautelar de resguardo decretada por el tribunal, la cual está plenamente vigente hasta la última instancia. Ello garantiza la protección de su cargo y funciones, previniendo cualquier represalia en su contra”, detalló el abogado osornino Víctor Gallardo.
FALLO En la sentencia, se indica que ambos directores (Vargas y Alarcón) no protegieron al asesor jurídico de las repetidas agresiones y hostigamientos tras denunciar conductas irregulares por parte de un dirigente sindical del Hospital San José. La falta de acción directivos, sumada a las medidas posteriores tomadas en contra del representado, fue calificada por la corte como arbitraria e ilegal, conformando un claro caso de acoso laboral y daño moral. El fallo, además, subraya el incumplimiento del deber de protección y resguardo de los derechos del trabajador por parte delos directivos. La decisión judicial resalta la gravedad de las acciones de los señalados.
La falta de respuesta y apoyo por parte de la dirección ante las denuncias del abogado Currieco, y las posteriores acciones en su contra, que culminaron en su despido (posteriormente anulado por la Contraloría General de la República), le causaron un daño moral significativo, diagnosticado por expertos como una depresión severa. RESPUESTA 550 Este medio intentó obtener la versión del director del Servicio de Salud de Osorno; sin embargo, fue imposible obtener respecto de esta resolución judicial.
Desde la dirección del $80 emitieron un comunicado en el que indican que “se trata de la sentencia de primera instancia, quedando pendientes aún recursos ante la Corte de Apelaciones de Valdivia y, eventualmente, ante la Corte Suprema, por lo que se trata de un proceso judicial en pleno desarrollo”. En el texto establecen que “llama la atención que, no obstante lo señalado por el denunciante en las publicaciones mencionadas, en ordena que habría obtenido un fallo favorable, ahora aparezca presentando un recurso de nulidad aduciendo que el procedimiento está viciado y que, por lo mismo, debe retrotraerse a un estado anterior a esta sentencia. Ello representa, al menos, una evidente contradicción en su actuar.
También es importante aclarar que este proceso judicial está dirigido a instituciones públicas (Servicio de Salud Osorno y Hospital Base de Osorno) y no en contra de sus actuales directivos”. La institución considera relevante que este proceso continúe con su desarrollo correspondiente antes de emitir pronunciamientos de manera anticipada.
“Es importante mencionar que nuestro Servicio de Salud ha implementado y se encuentra vigente una política institucional orientada principalmente a prevenir y afrontar el acoso y maltrato laboral, a través de normativas, procedimientos e iniciativas de difusión interna, con el propósito de resguardara la comunidad funcionaria”, cita el