Decreto exento número 351, de 2026.- Modifica concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Nogales
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.461 Viernes 29 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Particulares CVE 2815570 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE NOGALES Santiago, 29 de abril de 2026. - Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 351 exento.
Vistos: a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante, la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelantela Ley; c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República"; e) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; f) El decreto supremo Nº 243, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión; g) La resolución exenta Nº 568, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que autoriza provisoriamente la modificación de la concesión, y h) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando: a) La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 6.395, de 19 de enero de 2026, complementada por ingreso Subtel Nº 47.283, de 9 de abril de 2026; b) La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión, ingreso Subtel Nº 7.114, de 20 de enero de 2026, por cuyo intermedio la interesada expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia de las circunstancias que justificaron acceder a ella, y c) Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente. Decreto: 1.
Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Nogales, Región de Valparaíso, señal distintiva XQB-415, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra f) de los Vistos, cuyo titular es Comunicaciones Sebastián Alexis Araya Rojas E.I.R.L., RUT Nº 76.567.351-8, con domicilio en Constitución Nº 593, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican. 2. Apruébese el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.
Autorícese a la concesionaria para cambiar de ubicación el Estudio, la Planta Transmisora, eliminar Estudio Alternativo, modificar características técnicas del Sistema Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815570 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.461 Viernes 29 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 Radiante e incorporar Radioenlace Estudio-Planta Transmisora, en los términos que a continuación se señalan: Estudio - Dirección : Avenida Alemania Nº 1351, comuna de Quillota, Región de Valparaíso. - Coordenadas Geográficas : 32º 53' 37" Latitud Sur; 71º 14' 42" Longitud Oeste. Datum WGS 84.
Planta Transmisora - Dirección : Cerro La Calera S/N, acceso vía Ruta F-300, sector Las Cabritas, comuna de La Calera, Región de Valparaíso. - Coordenadas Geográficas : 32º 48' 29" Latitud Sur; 71º 11' 30" Longitud Oeste. Datum WGS 84.
Sistema Radiante: - Tipo de radiación : Direccional. - Polarización : Vertical. - Tipo de antena : 1 Yagi de 4 elementos y 1 Yagi de 5 elementos. - Ganancia antena : 9,81 dBd de ganancia máxima. - Nº antenas : 2. - Altura centro de radiación : 36 metros. - Pérdidas (cables, conectores) : 2,80 dB. - Otras pérdidas (div. pot-aten) : 10,1 dB (Atenuador 10 dB) - Arreglo de antenas, de acuerdo al siguiente cuadro: Nº Tipo Antena Altura Acimut Acimut Largo Largo Fase Factor de Antena Antena Antena Vástago Vástago Cable velocidad [º] cable [m] [º] [º] [cm] [m] [0/1] 1 Yagi de 4 elementos 37,50 340 340 15 4,05 0 0,86 2 Yagi de 5 elementos 34,50 344 344 15 4,05 0 0,86 - Largo cable alimentador : 62,8 metros. - Diagrama de radiación horizontal, de acuerdo a la siguiente tabla: Radial 0 20 40 60 80 100 120 140 160 Pérdida por lóbulo (dB) 1,66 8,16 16,25 18,94 18,13 14,61 14,66 19,17 23,48 Radial 180 200 220 240 260 280 300 320 340 Pérdida por lóbulo (dB) 21,62 15,29 13,89 16,59 20,54 19,33 11,70 3,41 0,14 Radioenlace Estudio-Planta Transmisora: - Frecuencia : 312,7 MHz. - Potencia : 10 Watts. - Tipo de emisión : 180KF8EHF. - Polarización : Horizontal. - Tipo de antena : Yagi de 5 elementos, abertura lóbulo principal de 55º, con 10 dBd de ganancia máxima. - Coordenadas Transmisor : 32º 53' 37" Latitud Sur; 71º 14' 42" Longitud Oeste. Datum WGS 84. - Coordenadas Receptor : 32º 48' 29" Latitud Sur; 71º 11' 30" Longitud Oeste. Datum WGS 84.4.
El presente decreto de modificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl. La no Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815570 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.461 Viernes 29 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley. 5. Los plazos serán los que se indican a continuación: - Inicio de obras : 5 días. - Término de obras : 15 días. - Inicio de servicio : 60 días. Todos estos plazos se contarán a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 6.
La resolución exenta Nº 568, de 3 de marzo de 2025, que autorizó provisoriamente la modificación de la concesión, dictada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones en virtud de lo expuesto por la interesada en su solicitud indicada en la letra b) de los considerandos, se extinguirá al momento de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.
En todo caso, la concesionaria podrá prestar inmediatamente los servicios propios de su modificación de concesión, sólo si a la fecha de publicaciónla Subsecretaría hubiere recibido conforme las instalaciones y obras correspondientes, en la forma que detalla el número 7 siguiente. 7. La concesionaria no podrá iniciar los servicios que comprende la presente modificación, sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría.
Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que correspondan al respectivo proyecto técnico aprobado. 8.
La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que se encuentra totalmente tramitado por parte del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el presente decreto. 9. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean aplicables. Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial. - Por orden del Presidente de la República, Louis de Grange Concha, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento. - Saluda atentamente a Ud., Romina Garrido Iglesias, Subsecretaria de Telecomunicaciones. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815570 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl