Decreto número 8, de 2024.- Acepta renuncia y designa integrantes que se indican en la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.053 Lunes 20 de Enero de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2597037 MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Subsecretaría de Previsión Social ACEPTA RENUNCIA Y DESIGNA A INTEGRANTES QUE SE INDICAN EN LA COMISIÓN MÉDICA DE RECLAMOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Núm. 8.- Santiago, 8 de marzo de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.853, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto por el artículo 78 de la ley Nº 16.744, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; en la ley Nº 21.640, de 2024, que fija el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al año 2024; en los artículos 77,82, 83 y 84 del decreto supremo Nº 101, de 1968, en el decreto supremo Nº 15, de 2022, y en el decreto supremo Nº 68 de 2022, y en el decreto supremo Nº 35, de 2023, todos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en la resolución Nº 6, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón; en el decreto supremo Nº 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; y Considerando: 1.
Que, conforme lo dispuesto en el artículo 78, de la ley Nº 16.744, de 1968, la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en adelante "COMERE", estará compuesta por: a) Dos médicos en representación del Servicio Nacional de Salud, uno de los cuales la presidirá; b) Un médico en representación de las organizaciones más representativas de los trabajadores;c) Un médico en representación de las organizaciones más representativas de las entidades empleadoras; y d) Un abogado. 2.
Que, según lo dispuesto en el inciso primero del artículo 84, del decreto supremo Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los miembros de la COMERE durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser reelegidos.
La designación de reemplazantes, en caso de impedimento o inhabilidad sobreviniente de alguno de sus miembros, se hará por el Presidente de la República para el periodo necesario, sin que exceda al que le habría correspondido servir al reemplazado, considerando, en su caso, las listas de médicos propuestos en el último proceso de designación, si las hubiere. 3.
Que, mediante decreto supremo Nº 15, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se designó a los médicos y a la abogada integrante de la Comisión Médica de Reclamos deAccidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, por los siguientes periodos: - Señora Milka Zlatar Rodríguez, C.I. Nº 11.614.824-2, médico, duración de cuatro años, a contar del 01 de enero de 2022; - Señor Christian Hubner Hoffmann, C.I. Nº 8.538.438 -4, médico, duración de cuatro años, a contar del 01 de enero de 2022; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597037 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.053 Lunes 20 de Enero de 2025 Página 2 de 3 - Señora Nilsa Pizarro Vega, C.I. Nº 6.131.002 -9, médico, duración de cuatro años, a contar del 01 de enero de 2022; - Señora Loreto Merino Montoya. C.I. Nº 15.220.475-2, médico, duración de cuatro años, a contar del 01 de enero de 2022; - Señora María Carolina Vargas Viancos, C.I. Nº 7.413.410 -6, abogada, duración de cuatro años, a contar del 06 de abril de 2022.4.
Que, mediante decreto supremo Nº 68, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se rectificó el decreto supremo Nº 15, de 2022, ya descrito, en orden a consignar que la fecha de asunción en el cargo de la señora Milka Zlatar Rodríguez, es a contar del 02 de febrero de 2022.5.
Que, según consta en el decreto supremo Nº 15, de 2022, Nº 2, en representación del ex Servicio Nacional de Salud, hoy Ministerio de Salud, se designó a la señora Nilsa Pizarro Vega, cédula nacional de identidad Nº 6.131.002 -9, como médico integrante y presidenta de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, y a la señora Loreto Merino Montoya, cédula nacional de identidad Nº 15.220.475-2, como médico integrante de dicha Comisión Médica. Lo anterior, en los términos previstos en la letra a) del artículo 78 de la ley Nº 16.744, por el periodo de cuatro años a contar del 01 de enero de 2022.6.
Que, mediante oficio Nº 83234, de fecha 13 de febrero de 2023, la Contraloría General de la Repúblicainformó queel decreto supremo Nº 15, de 2022, fue cursado con alcances, debido a que las señoras Pizarro Vega, Merino Montoya y el señor Hubner Hoffmann, miembros de la Comisión Médica, asumieron sus funciones a partir del 02 de enero de 2022 y no desde la fecha que se indicaba en el referido decreto, atendido que ellos cesaron en sus anteriores designaciones el 01 de enero de esa anualidad. 7.
Que, mediante memorándum Nº B101/18, de fecha 5 de diciembre de 2023, la señora Milsa Pizarro Vega, Presidenta de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, comunicó a la Subsecretaria de Salud Públicala renuncia a su cargo como presidenta e integrante de dicha Comisión a contar del 01 de enero de 2024.8.
Que, a través de memorándum N B101/19, de fecha 11 de diciembre de 2023, la señora Milsa Pizarro Vega, Presidenta de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, propuso a la Subsecretaria de Salud Públicalas designaciones como integrante de dicha Comisión a la señora Loreto Merino Montoya, cédula de identidad Nº 15.220.475-2, y a la señora Rosa Feijoó Seoane, cédula de identidad Nº 9.667.399 -K. 9.
Que, según consta en Ord. : O-01-S-01624-2023, de fecha 26 de diciembre de 2023, la Superintendencia de Seguridad Socialtomó conocimiento de la renuncia presentada por la señora Nilsa Pizarro Vega, al cargo de Presidenta de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, la que se hizo efectiva a contar del 01 de enero de 2024.10.
Que, mediante Ord. : B1 Nº 257, de fecha 29 de enero de 2024, la Ministra de Saludinformó a la Superintendencia de Seguridad Social que, en virtud de la renuncia de la señora Pizarro, al cargo de presidenta de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, se ha designado a la señora Loreto Merino Montoya, cédula de identidad Nº 15.220.475-2, para que presida dicha Comisión, en representación del ex Servicio Nacional de Salud, hoy Ministerio de Salud. Asimismo, en el oficio ordinario ya descrito, se hizo presente que la Dra. Merinoha ejercido la subrogancia de la presidencia durante 15 años, contando con la experiencia necesaria que requieren las competencias del cargo.
A su vez, la Ministra de Saludinformó la designación de la señora Rosa Feijoó Seoane, cédula de identidad Nº 9.667.399 -K, en representación del ex Servicio Nacional de Salud, hoy Ministerio de Salud, como médico integrante en la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en los términos previstos en la letra a) del artículo 78 de la ley Nº 16.744.11.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84, del decreto supremo Nº 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, los miembros de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales durarán cuatro años en sus funciones y podrán ser reelegidos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597037 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Acéptese la renuncia de la señora Nilsa Pizarro Vega, cédula nacional de identidad Nº 6.131.002 -9, como presidenta e integrante de la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a contar del 01 de enero de 2024.2.
Desígnese en representación del ex Servicio Nacional de Salud, hoy Ministerio de Salud, a la señora Loreto Merino Montoya, cédula de identidad Nº 15.220.475-2, quien presidirá la Comisión Médica, y a la señora Rosa Feijoó Seoane, cédula de identidad Nº 9.667.399 -K, como médicos integrantes en la Comisión Médica de Reclamos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, en los términos previstos en la letra a) del artículo 78 de la ley Nº 16.744, por el periodo que resta para dar cumplimiento a los cuatro años, a contar del 02 de enero de 2024.3. Por razones de buen servicio las personas indicadas deberán asumir sus cargos en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto. Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Jeannette Jara Román, Ministra del Trabajo y Previsión Social. - Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Claudio Reyes Barrientos, Subsecretario de Previsión Social. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597037 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl