Autor: PERJUICIOS ALA EMPRESA
Corte de Copiapó confirma indemnización a constructora por incumplimiento del MOP
Corte de Copiapó confirma indemnización a constructora por incumplimiento del MOP Redacción cronicaidiarioatacama. i nun fallo unánimela PriE mera Sala dela Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la sentencia dictada por el Tercer Juzgado de Letras delacomuna donde acogió parcialmente la demanda de indemnización por incumpli-miento contractual. ta”. de360 días corridos.
Alextenderse por 438 días adicionales al plazooriginal, la proyección resulta una contingencia que no fue considerado en cada unadelasseismodificaciones, pues precisamente la cláusula segunda de cada modificación señala expresamente qué partida se modifica en cada caso según se analiza extensamente en el motivo 19* del fallo dela quo, y enestas no consideran, entre otros, el costo fijo o los gastos generales del contratis“Con lo razonado se deses-Dicha sentencia ordenó al Ministerio de Obras Públicas (MOP) pagar ala empresaconstructora Arauco SA la suma de $668.054.666.
Esto debido a quese constató el perjuicio económico causado a la demandante, al no poder iniciar las obras de reposición del puente Nicolasa debido a la extensión del plazo original por 438 días de demoras adicionales a causa atribuibles al MOP. DEMORAS Y MODIFICACIONES“Setrata de un contratode obrapública, que considera desdesu génesisla posibilidad quel plazo dela obra debaser ampliado por causas noimputablealcontratista, que se adjudicó la obra y realizó unaoferta en baseaantecedentes proporcionados por el Fisco.
En dicho evento, estátimará la apelación de la demandada, al considerar procedente las acciones indemnizatorias impetradas por la demandante, toda vez quelas re'nuncias incorporadas en cada una delas seis modificaciones únotienen el mérito de privaral administradoa reclamar en sede judicial, la indemnización de sus perjuicios, conforme a las normas de derecho común”, concluye.
Portanto, seresuelve que: “Se confirma en lo apelado, la sentencia de fecha nueve de diciembre de dos mil veintitrés, dictada por la jueza titular del Tercer Juzgado de Letras de Copiapó, doña Alejandra Orellana Negrez”. odedoelCOConsultado el MOP Ataca-Zamodificación del contrato yla ampliación del plazo, considerandoque para el contratista, lamano se refirió a este fallo daes do aconocer ayer. ) lo antes expuesto, significó la consiguiente demora enlos trabajos del contratista, el que estaba con todossus profesionales y recurso comprometidos enlalicitación y en la faena, sin poder avanzar en lostrabajos conforme su planificaciónofertada, sin presentar estados de pago ni menos facturar, con los consiguientes perjuicios y pérdida de la utilidad que el demandante proyectó ensu oferta en la licitación de un contrato acotado a un plazo EL PUENTE NICOLASA SE UBICA SOBRE EL RÍO HUASCO, EN LA RUTA C-530. EN LA COMUNA DE FREIRINA.. cionesapuntarona ampliar plaobrasigasiendorentable y para el Fisco, que la obra se termine enbuenostérminos para losadministrados y usuarios de la misma”, estableceel fallo.
“Así, las seis modificaciones realizadas al contrato original, según lo explicitó el Inspector Técnico de Obras del MOP (TO), Héctor Godoy como testigo del Fisco, dan cuenta de una serie de incom tes técnicos queretrasaron los trabajos para el contratista desde su inicio, de allí que dichas modificazo yajustar las obras, según la opinión experta del referido funcionario”, añade el fallo La resolución agrega que: “(... estas modificaciones esperables, evitanalavez, la aplicación de multas por incumplimientos en el avance de las obras y plazos al contratista, pero ciertamente dichas modificaciones, en caso alguno tuvieron envistao consideraron, los costos fijos o gastos generales que el contratista asumió en su oferta técnica, desde el día primero del contrato y que se proyectó por la vigencia original de 360 días corridos, como lo esla mano de obra, los profesionales especializados comprometidos en la licitación, oficinas, alojamiento y alimentación del recurso humano, maquinarias, suministros y mantenciones, boletas degarantía, seguros, etc”. ss. FREIRINA. El fallo ratificó los perjuicios causados a Arauco SA a partir de la demora en la iniciación de obras. La sentencia ordena al MOP a pagar $668.054.666. CEDIDA