Resolución exenta número 252, de 2025.- Determinación de la huella genética y/o análisis comparativo de ADN: Fija aranceles a cobrar durante el año 2025
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.132 Jueves 24 de Abril de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2635942 MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Subsecretaría de Seguridad Pública Carabineros de Chile Dirección General DETERMINACIÓN DE LA HUELLA GENÉTICA Y/O ANÁLISIS COMPARATIVO DE ADN: FIJA ARANCELES A COBRAR DURANTE EL AÑO 2025 (Resolución) Núm. 252 exenta. - Santiago, 14 de abril de 2025.
Visto: a) Los artículos 1º, inciso tercero, y 15 de la ley N 19.970, que "Crea el Sistema Nacional de Registros de ADN"; b) Los artículos 3º y 48, de la ley N 19.880, que "Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado"; c) El artículo 45, del Reglamento de la ley N 19.970, antes referida, aprobado por decreto N 634, de fecha 10.09.2008, del Ministerio de Justicia; d) La resolución exenta N 4.674, de fecha 28.05.2010, del Servicio Médico Legal, que acredita al Laboratorio de Biología Molecular del Departamento Criminalística de Carabineros de Chile, actualmente denominado Laboratorio de Genética Forense; e) La resolución exenta N 6.630, de fecha 03.12.2015, del Servicio Médico Legal, que acredita al Laboratorio de Genética Forense de la Sección de Criminalística Antofagasta, del Departamento Criminalística de Carabineros de Chile, y f) La resolución N 36, de fecha 19.12.2024, publicada en el Diario Oficial el día 23.12.2024, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
La necesidad de fijar los valores que deberá reembolsar el Ministerio Público, el querellante, la Defensoría Penal Pública o el defensor privado, según corresponda, por los servicios prestados por la Institución para la determinación de la huella genética y/o análisis comparativo de ADN, en los Laboratorios de Genética Forense de Santiago y Antofagasta. 2. El cobro para la determinación de la huella genética considera diversos ítems que varían dependiendo del tipo y calidad de las muestras, tipo de técnica y equipamiento utilizado.
Con la finalidad de facilitar la generación de los cobros, se informa la totalidad del detalle de los análisis, incorporando, además de manera genérica, los tipos de kit de cuantificación y amplificación utilizados en los laboratorios, efectuando diferenciación según el laboratorio en el cual se realiza la determinación de la huella genética. 3. El análisis para la obtención de una huella genética incluye las siguientes etapas susceptibles de cobro: incubación de la muestra, extracción del ADN, cuantificación del ADN, amplificación del ADN y análisis del ADN amplificado. 4.
Los extractos de ADN de todas las muestras son amplificados inicialmente mediante un kit comercial para muestras forenses que amplifica un grupo de genes autosómicos (que incluye Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2635942 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.132 Jueves 24 de Abril de 2025 Página 2 de 3 los marcadores Codis). Posteriormente, las muestras que presentan alta complejidad (escasa cantidad o presentan ADN parcialmente degradado) deben ser amplificadas por segunda vez, mediante un kit autosómico o complementarios, en ambos laboratorios. 5.
Las muestras relacionadas con delitos sexuales o las que presentan mezclas de huellas genéticas con contribución masculina pueden ser analizadas por segunda vez mediante el uso de un kit comercial que amplifica el cromosoma sexual "Y". 6. Los valores son determinados a partir de los insumos y reactivos utilizados para cada análisis, sin incluir mano de obra, cuyo detalle se indica en la presente resolución. 7. Toda muestra de la cual se requiere análisis comparativo de ADN debe ser examinada previamente para obtener su huella genética, según lo señalado en los numerales precedentes.
No obstante, las muestras relacionadas con delitos sexuales, por presentar eventualmente mezclas de tipos celulares que incluyen espermatozoides, generalmente se analizan mediante técnica que implica una lisis diferenciada, generándose tres muestras desde una inicial, por lo tanto, finalizando con tres resultados, correspondiente a las fracciones epitelial, espermática y total. 8. El análisis comparativo de ADN, como tal, no tiene costo, debido a que no involucra uso de reactivos y/o insumos cuantificables. 9.
La generación de archivos digitales para ingreso a la base de datos Codis y la remisión de estos y los remanentes de los extractos de ADN (si corresponde) al Registro Nacional de ADN no tiene costo. 10.
En cuanto a los valores para la determinación de la Huella Genética, cabe señalar que todas las muestras (independiente de su calidad y/o soporte) son analizadas primeramente mediante un kit de amplificación comercial que amplifica genes autosómicos (complementario o no). Adicionalmente, en virtud de los resultados, algunas muestras se amplifican una segunda vez, mediante un kit comercial de amplificación complementario para genes autosómico.
En el caso de las muestras relacionadas con delitos sexuales y las que presenten mezclas de huellas genéticas, donde uno o más de los contribuyentes sea de sexo masculino, podría efectuarse una segunda determinación mediante un kit comercial de amplificación del cromosoma "Y". Lo anterior supone que también debe ser analizada la muestra testigo. 11.
Solo se indican los valores individuales de las etapas de análisis, no consignándose un valor total por muestra peritada, debido a que el análisis de una muestra puede implicar la combinatoria de distintas etapas y/o metodologías de análisis, lo cual es determinado al momento de finalizarlos en el laboratorio. 12.
El valor indicado en la columna nominada "Otros", fue calculado considerando los costos de reemplazo de partes y piezas que deben cambiarse en los analizadores genéticos cada cierta cantidad de análisis (mantención anual de los equipos), además de los elementos de bioseguridad desechables (guantes, mascarillas y cofia), tampones usados en la reacción e insumos menores utilizados, siendo calculados en promedio por análisis. 13.
Dentro de los valores indicados, se aplica un "Factor de corrección", correspondiente a una proporción del valor estimado a partir de los costos cuantificables de manera individual por muestra (insumos, material plástico desechable, reactivos químicos específicos "Kit comercial de amplificación", etc. ), siendo de 0.30.
Este factor se aplica para corregir los costos que no son consignados en el Informe Pericial y que se generan principalmente por repetición de una o más etapas del análisis hasta la obtención de un resultado por muestra y controles positivos y negativos de cada etapa.
Estas repeticiones se generan principalmente por presencia de inhibidores de la amplificación (que se evidencia después de la cuantificación e implica comenzar el análisis desde el principio), baja concentración de ADN amplificado (que se evidencia después de la cuantificación e implica reconcentrar la muestra o comenzar el análisis desde el principio), obtención de resultados parciales (que implica comenzar desde el principio), entre otros. 14. Es dable indicar que estas causales no son excluyentes las unas de las otras, pudiendo ocurrir una o más veces durante el análisis. 15. Los costos para el Laboratorio de Genética Forense de Santiago se basan en una estimación de 5.000 análisis para el año 2025.16. Los costos para el Laboratorio de Genética Forense de Antofagasta se basan en una estimación de 1.200 análisis para el año 2025.17. Adicionalmente, se considera lo siguiente: la tarjeta de colección "gene card" está fabricada con un papel especial, que permite realizar la determinación de una huella genética sin necesidad de extracción y cuantificación.
Se consideran los costos adicionales de la toma de muestra testigo en tarjeta "gene card", en el rubro "extracción". La totalidad de las muestras son amplificadas inicialmente mediante un kit comercial de amplificación para genes autosómicos o complementario. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2635942 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.132 Jueves 24 de Abril de 2025 Página 3 de 3 Se resuelve: I.
Fíjanse para el año 2025, a contar de la fecha de publicación del presente instrumento en el Diario Oficial, los aranceles a cobrar por la determinación de la huella genética que se detallan a continuación, diferenciados por laboratorio en que se efectúan los análisis: - LABORATORIO DE GENÉTICA FORENSE DE SANTIAGO: Amplificación Extracción y/o Cuantificación Análisis ETAPA ANÁLISIS / TIPO toma de muestra (Real Time ADN Otros DE MUESTRA Kit genes Kit Cromosoma Kit PCR) amplificado autosómicos "Y" Complementario Sangre - FTA $ 11.852 $ - $ 52.687 $ 69.156 $ 98.542 $ 13.810 $ 18.238 Extracción directa (sangre, cel. epiteliales, saliva, tejidos $ 20.969 $ 19.590 $ 52.687 $ 69.156 $ 98.542 $ 13.810 $ 18.238 blandos, etc. ) Extracción diferencial (semen $ 21.675 $ 19.590 $ 52.687 $ 69.156 $ 98.542 $ 13.810 $ 18.238 y sangre) Extracción muestras complejas (huesos, colillas, $ 21.133 $ 19.590 $ 52.687 $ 69.156 $ 98.542 $ 13.810 $ 18.238 chicles, etc. ) Nota: Todos los valores corresponden al análisis de una muestra y se encuentran expresados en pesos chilenos sin IVA.
N/A: No aplica. - LABORATORIO DE GENÉTICA FORENSE DE ANTOFAGASTA: Amplificación Análisis ETAPA ANÁLISIS / TIPO Extracción y/o Cuantificación ADN Otros DE MUESTRA toma de muestra (Real Time PCR) Kit Kit Cromosoma Kit amplificado Autosómicos "Y" Complementario Tarjeta FTA $ 11.931 $ - $ 66.571 $ 50.641 $ 94.995 $ 12.596 $ 11.527 Extracción Directa (sangre, celulasepiteliales, saliva, $ 21.012 $ 19.951 $ 66.571 $ 50.641 $ 94.995 $ 12.596 $ 11.527 tejidos blandos, pelos, etc. ) Extracción Diferencial $ 21.407 $ 19.951 $ 66.571 $ 50.641 $ 94.995 $ 12.596 $ 11.527 (semen) Extracción Muestras Complejas (hueso, diente, $ 22.436 $ 19.951 $ 66.571 $ 50.641 $ 94.995 $ 12.596 $ 11.527 colillas, chicle, etc. ) Nota: Todos los valores corresponden al análisis de una muestra y se encuentran expresados en pesos chilenos sin IVA. N/A: No aplica. II. Dispónese que los importes recibidos por este concepto constituirán ingresos propios, debiendo, en consecuencia, ser remitidos a la Dirección de Logística para su ingreso en la Cuenta del Fondo Rotativo de Abastecimiento. Publíquese en el Diario Oficial y en el Boletín Oficial de Carabineros de Chile. - Marcelo L. Araya Zapata, General Director, Carabinerosde Chile. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2635942 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl